Acta Nº 1526

ACTA Nº 1526. DÉCIMA NOVENA SESIÓN ORDINARIA. REUNIÓN Nº 1526

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil veintitrés, siendo la hora diez con trece minutos, da comienzo la Décima Novena Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2023, bajo la Presidencia de su titular, concejala Paula Valeria GROTTO, Secretaría a cargo del señor Alfredo Eduardo GARCIA; y con la presencia de los concejales y concejalas, Nancy Fabiana CASTAÑIERA, José Carlos DEPETRIS, Gustavo Abel ESTAVILLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Claudia Bibiana GIORGIS, Yésica Lorena GUAIQUIÁN, Marcelo Raúl GUERRERO, Juan Bautista LIMA, Pablo Pera IBARGUREN, Mariano Sebastián RODRIGUEZ VEGA y Ana Natalia SUELDO.

Conforme una invitación de la Presidencia, la concejala Nancy Fabiana Castañiera procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto y el público presente a ponerse de pie.

PRESIDENCIA: En virtud de la Ordenanza 4849, invito al vecino Sergio Romero, a hacer uso de La Voz del Vecino/a.

SR. SERGIO ROMERO (Vecinos Autoconvocados de la Autovía Ruta 5): Señora Paula Valeria Grotto, presidenta de este Honorable Concejo Deliberante; concejal José Carlos Depetris, jefe del Bloque del FREJUPA, concejal Marcelo Raúl Guerrero, jefe del Bloque Propuesta Federal, concejal Gustavo Gabriel Estavilla, jefe del Bloque del FREPam; concejala Nancy Fabiana Castañiera, jefe de Bloque Comunidad Organizada, y demás concejales, público en general. Buenos días. Este grupo de Vecinos Autoconvocados por la Autovía de la Ruta 5 comenzó a trabajar cuando, un luctuoso accidente de un profesional y un chiquito, que nos tocó el alma realmente. No es que los otros nos hayan importado poco. Sino que, realmente nos tocó profundamente éste por, la cuestión de ese chiquito. Entonces, como veníamos con un envión inicial de otra movida que se había hecho en el barrio donde vivo, dijimos; “bueno, vamos a seguir un poquito para arriba y vamos a peticionar que se haga algo más con el tema de la autovía”. Y, así arrancamos diez personas hace, escasos, dos meses. Y, a la semana ya teníamos quinientas personas de un grupo de whatsapp trabajando. Y, se hizo un grupo chico. Y, se siguió trabajando con la gente de Estrellas Amarillas, a las cuales les agradecemos muchísimo, en la persona de Silvia Gonzales que está presente acá. Realmente, hemos trabajado codo a codo. Y, se nos ocurrió un slogan que se hizo carne en la gente y avanzó hasta Buenos Aires. El mismo es que, los días cinco, a las cinco de la tarde, sobre la ruta 5; y acá en Santa Rosa, nos juntamos en el kilómetros 605. Una regla mnemotécnica para que nadie se olvide, de qué día, en dónde y a qué hora es el encuentro y el lugar específico. Justo coincidió todo eso. Así que, nadie se lo olvidó. A eso, lo recogieron en los demás pueblos, todos linderos a la ruta 5. Y, es así que empezó a moverse también la gente de Anguil, Uriburu, de Lonquimay, de Catriló, de todos los pueblos de la Pampa. Y, seguimos en la provincia de Buenos Aires. Pellegrini, Trenque Lauquen, hasta Luján. El Día del Camino, el cinco de octubre, nosotros obtuvimos buena respuesta en todos estos pueblos, participando, aunque sea, con un cartelito. Empezamos a trabajar en la confección de remeras representativas, hicimos stickers, y empezamos a juntar firmas. Al día de la fecha, les puedo asegurar que tenemos dieciséis mil firmas de vecinos que, nos están apoyando. Las hemos juntado a través de un arduo trabajo a través de un par de gente muy aguerrida, realmente, trabajando en la Agrícola Ganadera, que nos cedieron un espacio en la exposición rural; también estuvimos en la entrada de la Expovivero; y también estuvimos trabajando todo un fin de semana, miércoles, jueves, sábado y domingo en el autódromo en una fecha de una categoría nacional, tratando de obtener firmas de gente foránea, porque acá no tenemos tanta cantidad de habitantes. Pero, aun así, en tan poco tiempo hemos juntado unas dieciséis mil firmas, nada despreciable, para que esto llegue al Congreso. ¿Qué venimos a hacer hoy acá? Bueno, en principio, agradecerles que nos hayan recibido, que nos escuchen. En segundo lugar, que a esto lo declaren de interés municipal, para tener un apoyo político para que esto llegue después a los diputados provinciales, y después a los diputados nacionales. Y peleen por nosotros y por nuestra causa en el Congreso. Demás está decir que, la autovía de la ruta 5 es algo muy necesario. Realmente, muy necesario. Estrellas Amarillas nos acercó una cifra que son, cien muertos en diez kilómetros en la provincia de La Pampa. Esto es una cifra. Cien muertos en diez kilómetros. Lo cual, habla de la peligrosidad de esta ruta que, esta hecha desde el año sesenta y uno. Hubo varios proyectos. Algunos se empezaron. Otros, nunca van a empezar. Como por ejemplo, el Plan Laura. El ingeniero estuvo exponiendo aquí, en este Recinto. Pero, nunca se llevó a cabo en nada de lo que había dicho el ingeniero Laura. Nosotros estamos esperando que se siga construyendo lo que sea. Nosotros estamos aspirando a una autovía. Un grupo de vecinos, en forma empática, junto con un montón de gente que me está acompañando, y otra que no ha podido venir por trabajo, porque, justamente, el horario matutino es donde desarrollamos las actividades, estamos tratando de que nos escuchen los políticos, y que empiecen a trabajar con nosotros, y por nosotros, y por ustedes, para que esta autovía, realmente, sea una realidad. Se vienen tiempos difíciles, siempre. Desde que yo era chico, siempre hubo tiempos difíciles. Es medio cíclico lo nuestro. Cada cuatro años, ¡pum! nos caemos. Entonces, no importa lo que sea. No importa si hay plata, si no hay plata. De algún lado debería salir. Pero, lo que tenemos que tener en claro que, esta autovía tiene ser una realidad, porque, la ruta se hizo en el año sesenta y uno, para un tipo de vehículos, para una cantidad de vehículos. El parque automotor aumentó sensiblemente. Es público y notorio. Los camiones de antes circulaban transportando granos a los puertos a sesenta kilómetros por hora. Los viejos Bedford, los viejos Ford, los Chevrolet. Pero, ahora vienen los Scania, Volvo y demás marcas internacionales que, transitan con muchísima mayor cantidad de carga, muchísimo mayor ancho y largo. Y, cuando se juntan dos o tres camiones es imposibles pasarlos. Y, cuando uno pierde la paciencia, los quiere pasar y se encuentra con vehículo de frente. Y, así pasan los luctuosos accidentes que tenemos continuamente. Por eso, les vengo a pedir encarecidamente que, nos acompañen en esta patriada que estamos haciendo, y llegue a los oídos de los diputados, del gobernador, del intendente. Empecemos de abajo. De a poco. Que, ustedes empiecen a traccionar con nosotros. Que, nos acompañen. Sería gustoso para nosotros tenerlos el día cinco de diciembre que va a ser nuestro cierre, ahí en la ruta 5, como les decía, en el kilómetro 605. me encantaría verlos a todos acompañándonos y mostrándonos a la sociedad que ustedes son parte de la solución, y no, el problema. Que, ustedes nos van a acompañar y van a hacer lo imposible para que esta autovía realmente se real, no en plano, no en proyectos. Avanzar realmente como lo hacen las provincias hermanas de Córdoba y San Luis, que vemos que han avanzado impresionantemente. Realmente, lo que han hecho en poco tiempo, de Río Cuarto hacia Córdoba, es realmente un lujo transitarlas. Y, ¿cómo? Y, sí, hay mil formas. Qué se yo. Tendrán que romperse la cabeza pensando en eso y tratando de llegar a una realidad. Señores concejales, necesito el apoyo de ustedes. Necesitamos el apoyo de ustedes. La población necesita de ustedes. La Argentina necesita de ustedes. Que ustedes nos den el apoyo concreto para lo cual los han votado. Es una de las necesidades que tiene este pueblo. Que, no se mate más gente. Y, que no tengamos que nosotros abandonando nuestro trabajo, para lo cual nos están pagando de otro lado, para reclamar algo que se le tendría que ocurrir a otra gente. Y, llevarla a cabo en serio. No puede haber más muertes inútiles así. La gente de Estrellas Amarillas está cansada, está mal de la cabeza. Y, fíjense la presidenta que anda dando vueltas por ahí con un barbijo. Destruida en su salud. Porque, tiene que asistir a un montón de gente que se mata el padre, la madre. Y, los chiquitos quedan ahí, al resguardo de ella para conseguir un alojamiento o una comida, y conseguir cómo hacer para contactarse con los familiares que están en otra provincia. Hace poco nos contaba de gente que tuvo de Entre Ríos. Porque, no tienen a nadie. Son chiquitos que quedan solos, huérfanos, ahí tirados, porque no tenemos buenas autovías. Y, ni hablar de la producción que se tiene que sacar, señores. La carne, la leche, los granos, todo se tiene que sacar por la ruta 5 donde van a los puertos, a las fábricas, donde tienen que ir a los centros de consumo. Y para eso, necesitamos buenas vías de comunicación. Y, teniendo en cuenta que no tenemos los trenes, lo único que se hace es, transitar por la ruta 5. Así que, como cierre, les pido por favor que se pongan la mano en el corazón y realmente nos acompañen en esta patriada que estamos haciendo para que se lleve a cabo la autovía de la ruta 5. Muchísimas gracias por su atención. Y, bueno, espero nos acompañen el día cinco en el kilómetro seiscientos cinco, señores.

PRESIDENCIA: Gracias. Bien, vamos a continuar entonces con el desarrollo de la Sesión. Vamos a poner a consideración todas las Actas que están pendiente de aprobación.

A continuación se ponen a consideración las Actas Nº 1521, 1522, 1523 y 1524 que corresponden a la Décima Sexta Sesión Ordinaria, Primera Sesión Especial, Décima Octava Sesión Ordinaria y Segunda Sesión Especial. Las mismas son aprobadas de la siguiente manera: el Acta Nº 1521 es aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los/as concejales/as Castañiera, Depetris, Estavilla, Fernández, Giorgis, Grotto, Guaiquián, Guerrero, Lima, Rodríguez Vega y Sueldo, y la abstención del concejal Pera Ibarguren, previa autorización del Cuerpo para hacerlo, por no encontrarse presente durante el desarrollo de la misma. El Acta Nº 1522 también es aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los/las concejales/as Castañiera, Depetris, Estavilla, Fernández, Giorgis, Grotto, Guaiquián, Lima. Pera ibarguren, Rodríguez Vega y Sueldo; absteniéndose el concejal Guerrero, previa autorización del Cuerpo para hacerlo, por no encontrarse presente durante el desarrollo de la misma. El Acta Nº 1523, en tanto, fue aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los/as concejales/as Castañiera, Depetris, Estavilla, Fernández, Giorgis, Grotto, Guaiquián, Lima, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega y Sueldo; y la abstención del concejal Guerrero y la concejala Sueldo, previa autorización del Cuerpo para hacerlo, por no haberse encontrado presentes durante el desarrollo de la misma: Por último, el Acta Nº 1524 también fue aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los concejales/as Castañiera, Depetris, Estavilla, Fernández, Grotto, Guiaquián, Lima, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega y Suedo; y la abstención de la concejala Giorgis y el concejal Guerrero, previa autorización del Cuerpo para hacerlo, por no encontrarse presente durante el desarrollo de la misma. Las mismas son aprobadas sin observaciones.

PRESIDENCIA: Vamos a comenzar con los homenajes. Tiene la palabra la concejala Alba Fernández.

CONCEJALA FERNÁNDEZ: Gracias, señora presidenta. El resultado electoral del domingo pasado, sacudió a los feminismos, como otros movimientos sociales, en el país. La consecuencia de una agenda antiderechos sobre la vida de las mujeres y diversidades, despierta preocupación, de un posible retroceso de derechos ganados. La eliminación del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad, tal como lo anunció el presidente electo en su campaña, es una de las medidas que más nos preocupan. Pero, por los derechos conquistados de las mujeres y las colectivas de la diversidad, no les va a ser tan fácil ir para atrás. Una de las políticas sobre las que se abre un signo de preguntas es, la educación integral, donde el presidente electo propone eliminar su obligatoriedad. Algunos sectores buscan instalar que la ESI, es ideológica. Pero, hay evidencia que, luego de acceder a los contenidos ESI, niños, niñas y adolescentes, pudieron identificar y denunciar casos de abuso sexual infantil en varios puntos del país, como en Santa Fe, Río Negro y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También, se ha manifestado en contra del aborto legal. Desde la sanción de la Ley de Aborto, el sistema público de salud, ha garantizado ciento setenta mil ciento cincuenta y un interrupciones voluntarias legales en todo el país. Y, las muertes maternas descendieron de veintitrés en dos mil veinte, a trece en dos mil veintiuno. La meta es que la mortalidad materna por aborto sea, cero. Pero como decía este sábado veinticinco de noviembre, “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres”; “las mujeres siguen muriendo en manos de parejas y ex parejas. En dos mil veintidós, se registró un femicidio cada treinta y cinco horas. Y, el setenta y seis por ciento de las trescientas cincuenta y dos mujeres, se produjo en contexto de violencia doméstica. Y, al menos el diecisiete por ciento de las víctimas, habían efectuado denuncia formales”. La mayor parte del Presupuesto del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad, tuvo como destino el Programa Acompañar, destinado al fortalecimiento de la independencia socioeconómico de las mujeres y LGBTI+, en situación de violencia de género. Hasta noviembre de este año, según datos oficiales, trescientos cincuenta y dos mil trescientos ochenta y cinco personas fueron beneficiarias del Programa Acompañar. Señora presidenta, como cada veinticinco de noviembre, las mujeres saldremos a las calles para seguir diciendo; “Basta de Violencia”. Hoy, más que nunca, debemos sostenernos unas a otras para que podamos vivir una vida libre de violencias, y decir que, “no retrocederemos”, “que las mujeres sabemos de resistencias, de tiempos, de esperanzas, de defensa de derechos conquistados”. Y, tenemos toda la fuerza para afrontar el tiempo que viene. Por nuestra parte, siguiendo a Silo, sostenemos que, “La No Violencia, es la fuerza que transformará al mundo”. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejala Alba Fernández. Vamos a comenzar con los Asuntos Entrados.

ASUNTOS ENTRADOS.

I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.

I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 65/2023, mediante la cual se declaran de Interés Municipal las actividades programadas por la Asociación Hispano Argentina, en el marco de su 129º Aniversario celebradas el día 28 de Octubre del corriente. Expte Nº 255/2004-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 66/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal la presentación del libro “Fuí Roca, un bronce herido de muerte” del escritor Marcelo Valko, realizada el día 28 de Octubre en la sede del Movimiento Popular Pampeano por los Derechos Humanos Expte Nº 221/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 67/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal la muestra “Tramas de Tierra Adentro” gestionada por el Grupo Interdisciplinario Tierra Ranquel, expuesta en la Sala Eduardo Di Nardo del Centro Cultural Medasur. Expte Nº 220/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.4- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 68/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal la presentación de la nueva edición del libro “Una excursión a los indios ranqueles”, a cargo de Alejandro Seselovsky a desarrollarse en la Sala Eduardo Di Nardo del Centro Cultural Medasur Expte Nº 222/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 69/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal la “Jornada Federal de Asesoramiento Notarial Comunitario”, desarrollada en nuestra ciudad el día 28 de Octubre. Expte Nº 219/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 70/2023, mediante la cual se declaran de Interés Municipal los Programas de Intercambio Cultural, Eventos, Congresos y Talleres organizados, coordinados y desarrollados por la Asociación Civil A.F.S Programas Interculturales Expte Nº 223/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 71/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal la séptima edición de la Feria de Vinos “Pampawine”, realizada el día 3 de Noviembre del corriente año. Expte Nº 117/2017-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 72/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal la tradicional barriada “Tradición: Construcción colectiva que une escuela y familia” desarrollada el día viernes 10 de Noviembre organizada por la Escuela Nº 74. Expte Nº 210/2023-1 (CD).Pasa a Archivo.

I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 73/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal el programa televisivo “Hablemos de Inclusión” un espacio que fomenta el respeto y la integración de las personas con discapacidad, transmitido por canal 19 de la CPE. Expte Nº 212/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.-

I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 74/2023, mediante la cual se declara de Interés Municipal el accionar y trayectoria que realiza la Asociación de Lucha Contra el Cáncer Santa Rosa (LALCEC) en su 60º Aniversario. Expte Nº 211/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6957/2023, mediante la cual se sustituye el inciso a) del Artículo 8º de la Ordenanza Nº 5560 relacionada con la Regulación del Servicio de Transporte para personas con discapacidad. Expte Nº 132/2013-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.12.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6958/2023, mediante la cual se acepta la donación con cargo a la Asociación Mutual SanCor Salud de 200 árboles autóctonos para ser plantados en el Parque Don Tomás. Expte Nº 125/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.13.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6959/2023, mediante la cual se acepta la transferencia a título gratuito efectuada por el Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda a favor de la Municipalidad de Santa Rosa, de siete inmuebles cuyas Partidas son las siguientes: Nº 806.659, Nº 806.660, Nº 806.661, Nº 806.874, Nº 806.949, Nº 820.780 y Nº 820.782, con destino a espacio verde y/o uso comunitario o Banco de Tierras. Expte Nº 200/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.14.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6962/2023, mediante la cual se dona el inmueble identificado catastralmente como Ejido 047 – Circunscripción I – Radio J – Manzana 76A – Parcela 5 -Referencia Municipal Nº 42.818 – Partida Nº 752.119 a Eliana Carina FORMIGO. Expte Nº177/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.15.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6963/2023, mediante la cual se excepciona a Alicia Albina GONZÁLEZ de transferir a su nombre de la Nomenclatura MA – TA – ESD- 008 B, Referencia C 1574 ubicada en el Cementerio Local. Expte Nº 217/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.16.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6967/2023, mediante la cual se excepciona a Ana María NARCUE de lo establecido en los artículos 41 y 42 de la Ordenanza Nº 4422, a fin de efectuar la transferencia a su nombre de la Referencia C5173 ubicada en el Cementerio Local. Expte Nº 216/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.-

I.17.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6970/2023, mediante la cual se confiere el derecho de uso y goce del inmueble Referencia Nº 54.990, Partida Nº 806.659 ubicado entre calles APÓSTOL JUAN, Alberto GRASSI SUR, José B. CALO y Nicolás TOSCANO SUR a la Asociación Civil Club Social y Deportivo “El Caldenar”. Expte Nº 201/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.18.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6971/2023, mediante la cual se exceptúa de lo previsto en el Artículo 28 de la Ordenanza Nº 4226 a Lucas Emanuel Depetris, a fin de transferir a su nombre la Licencia de Taxi Nº 66. Expte Nº 150/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.19.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6972/2023, mediante la cual se autoriza al DE a la suscripción del Modelo de Convenio de Complementación de Servicios entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Municipalidad de Santa Rosa. Expte Nº 230/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.20.- Nota presentada Nº 106/2023 del Intendente Municipal adjuntando informe de Rendición de Ingreso de Recursos – Ley de Coparticipación, correspondiente al período transcurrido entre el 01 de julio 2022 y el 30 de junio 2023. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

II.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.

II.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Santiago Manuel ÁLVAREZ. Expte Nº 4100/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

II.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles Jorge Luis BORGES, Luis PASTEUR y LOPE DE VEGA. Expte Nº 3423/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

II.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se excepciona a Ana MANARIN de lo establecido en los artículos 41 y 42 de la Ordenanza Nº 4422 de transferir a su nombre la Referencia C 2540 ubicada en el Cementerio Local. Expte Nº 3324/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-

III.- DE LOS PROYECTOS DE COMUNICACIÓN – RESOLUCIÓN Y DISPOSICIÓN.

III.1.- Proyecto de Comunicación presentado por la Concejala del Bloque Comunidad Organizada, solicitando al Departamento Ejecutivo tome medidas para permitir el libre acceso vehicular en la calle Raúl Alfonsín. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

III.2.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y las Concejalas del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de Interés Municipal el Encuentro Provincial de Fútbol Femenino, a desarrollarse los días 16 y 17 de Diciembre organizado por el Club General Belgrano.

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal el Encuentro Provincial de Fútbol Femenino que se llevará a cabo los días 16 y 17 de diciembre del corriente año que será organizado por el Club General Belgrano de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º: Remítase copia de la presente Resolución al Club General Belgrano. Artículo 3º: Regístrese. Comúniquese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Rodríguez Vega.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias, presidenta. Simplemente, para brindar o manifestar un breve detalle sobre la iniciativa, sobre la propuesta del Club Belgrano, que me parece interesante para destacar. Sobre todo, entendiendo la importancia del crecimiento de una actividad que siempre estuvo muy ligada – que lo sigue estando, pero cada vez menos, ha ampliado su espectro -, como es el fútbol masculino, que siempre fue la actividad central. En ese sentido, lo que estamos poniendo en interés, o estamos declarando de interés municipal es un encuentro provincial de fútbol femenino que se va a realizar en el Club Belgrano de nuestra ciudad de Santa Rosa, en el barrio de Villa Alonso, a principios del mes de diciembre. Van a participar clubes de distintas localidades de la provincia como, General Pico, Eduardo Castex, Rancul, entre otras. Lo cual, me parece importante que, en esta ocasión es el Club Belgrano, pero, puede ser que en otra ocasión sea otro. Pero, que sea Santa Rosa el centro neurálgico de este tipo de encuentros. Simplemente, destacar ésto. He tenido la posibilidad de juntarme con los directivos de la institución. Y, ellos cuentan el crecimiento que ha tenido el fútbol femenino que ha ido, sin dudas, en aumento en cuanto a la cantidad de mujeres que participan, en la cantidad de competencias deportivas que realizan en el ámbito local, en el ámbito provincial y también nacional. Con lo cual, por estos argumentos, presidenta, solicito el acompañamiento del resto de los Bloques a la iniciativa propuesta. Gracias.

PRESIDENCIA: Gracias concejal.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

PRESIDENCIA: Previo al Orden del Día, me había pedido la palabra la concejala Castañiera.

CONCEJALA CASTAÑIERA: Sí. Gracias, señora presidenta. Simplemente, para solicitar una moción sobre tablas. Y, pedir la incorporación y el respectivo tratamiento del expediente 54/2023, donde se trata la Cuenta de Inversión del año dos mil veintidós. Son varios los motivos de la presente moción. Entre ellos, y el más urgente es porque, nos encontramos en la última Sesión Ordinaria. Y, en el caso de que este Proyecto no sea tratado en el año calendario, queda aprobado automáticamente, siendo los concejales integrantes de este Cuerpo, responsables solidarios del mismo. No me molestaría ser solidariamente responsable, siempre y cuando, las rendiciones de cuentas de dicha Cuenta de Inversión, se encontraran al día. Pero, al día de la fecha, según los informes que envía Cuerpo de Relatores, no se han entregado en tiempo y forma las rendiciones de cuentas del año dos mil veintidós. También, quiero hacer una moción para poder constituir este Concejo en Comisión, y así poder debatir el tema, ya que, cuando este martes solicité que se tratara la Cuenta de Inversión en su respectiva Comisión, quien la preside me expresó en primer lugar que, “no habían temas”, algo que, como podemos ver, es totalmente falaz. Y, en segundo lugar, también expresó que “no había quórum necesario”. Lo cual, también es falso, ya que nos encontramos presentes en ese momento el concejal Mariano Rodríguez Vega, el concejal Lima, el concejal Guerrero, y quien les habla. Por estos motivos, señora presidenta, pido y solicito al resto de mis pares que tengan en consideración lo que estoy diciendo, porque es sumamente necesario por una parte. Y por otra, a mi entender, es grave, en el caso de que no se de este tratamiento que estoy solicitando. Gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejala.

Puestas a consideración, las mociones de la concejala Castañiera de, Tratar sobre Tablas la Cuenta de Inversión y la Constitución del Concejo en Comisión son rechazadas por mayoría con el voto afirmativo de la concejala Castañiera y el concejal Guerrero; votando en forma negativa los/as concejales/as Depetris, Estavilla, Fernández, Giorgis, Grotto, Guaiquián, Lima, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega y Sueldo.

PRESIDENCIA: Concejala Castañiera…

CONCEJALA CASTAÑIERA: Sí, gracias señora presidenta. Bueno, veo que no hubo lugar. En este caso, sería la primera vez en la historia de este Concejo que el oficialismo…

PRESIDENCIA: Discúlpeme concejala, ¿va a hacer una nueva moción? Porque si no, no tiene el uso de la palabra.

CONCEJALA CASTAÑIERA: Sí, sí. Discúlpeme.

PRESIDENCIA: Bien. Tiene la palabra entonces.

CONCEJALA CASTAÑIERA: Gracias, señora presidenta. Vuelvo a repetir que, es la primera vez en la historia de este Concejo en que, el oficialismo no quiere aprobar su propia Cuenta de Inversión. Y, obliga a la oposición a no tener posibilidad de expresarse al respecto. Además, deja en claro una vez más que, todos los años, este oficialismo se ha jactado de la transparencia de gestión. Y, negar el tratamiento, habla muy poco de esa transparencia. Y, más, de su imposición a las cosas. Por eso, señora presidenta, fue el motivo de mi intervención. Gracias.

PRESIDENCIA: No había una nueva moción entonces…

CONCEJALA CASTAÑIERA: No, no.

PRESIDENCIA: Vamos a continuar ahora sí, con el tratamiento del Orden del Día.

ORDEN DEL DIA.

1. Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se sustituye el texto del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4824 de adhesión al Capítulo II de la Ley Nacional Nº 26.363 de Tránsito y Seguridad Vial. Expte Nº 255/2009-1 (CD) Expte Nº 3403/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Sustitúyase el texto del Artículo 1º de la Ordenanza N.º 4824/2013 por el siguiente: Artículo 1º: Adhiérase la Municipalidad de Santa Rosa al Capitulo II de la Ley Nacional N.º 26363 de Tránsito y Seguridad Vial, modificatoria de la Ley Nacional N.º 24449, con excepción del Inc. f) del Artículo 25 y de los Artículos 28, 29, 35, 37 y 38”. Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio de Cooperación, Asistencia Técnica y Coordinación entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte y la Municipalidad de Santa Rosa, para garantizar el cumplimiento de la vigencia del sistema de Verificación Técnica Obligatoria en el Municipio de Santa Rosa y el Acta Complementario al Convenio Específico de Cooperación a suscribir entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte y la Municipalidad de Santa Rosa de la provincia de La Pampa, para la implementación de la Constancia Nacional de Inscripción – CNI -, que como Anexos I y II forman parte de la presente; y a suscribir toda la documentación necesaria ante los organismos que correspondan para la implementación del Convenio de Cooperación, Asistencia Técnica y Coordinación y del Acta Complementaria. Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza dentro de los ciento ochenta (180) días de su publicación. Artículo 4º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de promulgación. Artículo 5º: Otórgase, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, un plazo de diez (10) meses para que los vehículos categorías L, M, N y O realicen la Revisión Técnica Obligatoria. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese. ANEXO I. CONVENIO DE COOPERACION, ASISTENCIA TECNICA Y COORDINACION ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL MUNICIPIO DE SANTA ROSA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LA VIGENCIA DEL SISTEMA DE REVISION TECNICA OBLIGATORIA EN EL MUNICIPIO DE SANTA ROSA. Entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE, representada por el Director Ejecutivo, Dr. Pablo MARTINEZ CARIGNANO, con domicilio en Adolfo Alsina N° 756, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominada la “ANSV” y EL MUNICIPIO DE SANTA ROSA, La Pampa, representada/o por el , Señor Intendente Municipal, Luciano di NÁPOLI, con domicilio en Avenida San Martín N.º 50, de la ciudad de Santa Rosa, en adelante denominada “EL MUNICIPIO”, en conjunto denominadas “LAS PARTES”, deciden celebrar el presente Convenio de Cooperación, Asistencia Técnica y Coordinación, sujeto a las siguientes cláusulas: ANTECEDENTES: Que por el artículo 1º de Ley N.º 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, actualmente bajo la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, estableciéndose entre sus funciones, conforme lo establece el inciso N) del artículo 4º de dicha ley, la de coordinar con las autoridades competentes de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la puesta en funcionamiento del sistema de REVISION TECNICA OBLIGATORIA para todos los vehículos, tendiente a reducir la tasa de siniestralidad vial en todo el territorio argentino. Que en ese sentido y conforme lo establece el artículo 34º de la Ley N.º 24.449 y su correspondiente reglamentación —artículo 34º, inciso 1º del Anexo I del Decreto N.º 779/95, modificado por el artículo 39º del Anexo I del Decreto 1716/08—, cuya autoridad de aplicación es la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, todos los vehículos que integran las categorías L, M, N, y O para poder circular por la vía pública deberán tener aprobada la REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA (RTO), debiendo acreditarse las revisiones, obligatoriamente mediante el respectivo Certificado de Revisión Técnica (CRT), el cual deberá ser inmediatamente comunicado a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para su incorporación a su base de datos y control de su vigencia, independientemente del informe que exija la Autoridad Jurisdiccional correspondiente. Que en ese lineamiento, por el inciso 29 del artículo 34º del Anexo I del Decreto N.º 779/95, modificado por el artículo 39º del Anexo I del Decreto 1716/08, se establece que los Talleres de Revisión Técnica (TRT) deben remitir de inmediato a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL la información de los resultados de las revisiones, mediante el instrumento que se ponga en vigencia a los fines de llevar la estadística de los datos del parque vehicular. Que asimismo, por el inciso 5º del artículo 34º del Anexo I del Decreto Nº 779/95, modificado por el artículo 39º del Anexo I del Decreto 1716/08, se establece que tanto la caducidad como la revalidación de los Certificados de Revisión Técnica (CRT) deberá ser comunicado en forma inmediata a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para su registro y control.. Que EL MUNICIPIO, en el marco de las acciones que desarrollan en materia de Seguridad Vial, tendiente a reducir la siniestralidad vial dentro de su territorio, entienden necesario avanzar fuertemente en la implementación coordinada del Sistema de REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA en su ámbito jurisdiccional, tendiente a fortalecer los controles sobre las condiciones de seguridad de los vehículos radicados en su jurisdicción que circulan por las rutas y caminos del país. Que en ese sentido, y a los efectos de garantizar una aplicación homogénea, bajo criterios uniformes en todo el país, LAS PARTES entienden que resulta conveniente avanzar en la implementación de un Sistema de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local para Vehículos de Uso Particular, en conformidad con el Sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria, regulado por las Leyes Nº 24.449 y 26.363 y los Decretos Nº 779/95 y 1716/08, cuya autoridad nacional competente resulta ser la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE. . Que EL MUNICIPIO se encuentra adherida/o a las Leyes Nº 24.449 y Nº 26.363, conforme las ORDENANZAS Nº 3429/06 y N°4010/12 respectivamente. Que atento a ello, y a los efectos de aunar y coordinar esfuerzos tendientes a reducir la siniestralidad vial en el territorio argentino, LAS PARTES estiman conveniente y oportuno suscribir el presente convenio, conforme a las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO. El presente convenio tiene por objeto acordar la cooperación, coordinación y asistencia técnica institucional necesaria entre LAS PARTES, tendiente a la implementación de un Sistema de REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL, por el que se exija el cumplimiento de la RTO a todos los vehículos que integran las categorías L, M, N y O, en el ámbito jurisdiccional de la DEL MUNICIPIO DE SANTA ROSA CLÁUSULA SEGUNDA: MARCO NORMATIVO. El presente convenio se enmarca en los siguientes términos: Artículo 34º de la Ley N.º 24.449; Artículo 4º inciso n) de la Ley N.º 26.363; Artículos 4º y 57º del Anexo 1 del Decreto N.º 1716/08 reglamentario de la Ley N.º 26.363; Artículo 34º del Anexo 1 del Decreto N.º 779/95 reglamentario de la Ley N.º 24.449, modificado por el artículo 39º del Anexo 1 del Decreto N.º 1716/08 antes referenciado; Anexo J del Decreto N.º 779/95; Disposiciones ANSV N.º 42/2011 y N.º 52/2011 por las cuales se establecen los lineamientos de la Constancia Nacional de Inscripción (C.N.I.); Disposiciones ANSV 382/2014 y 405/2014 por las cuales se establecen los lineamientos de la Etiqueta Autoadhesiva Reflectiva (E.A.R.); Disposición ANSV Nº 554/2012 por la cual se establece el sistema de cálculo del valor de módulos. CLÁUSULA TERCERA: COMPROMISO DE LAS PARTES. 3.1.-COMPROMISOS DE EL MUNICIPIO: EL MUNICIPIO, en el marco del presente convenio, se compromete a: 3.1.1- Implementar en el ámbito de EL MUNICIPIO DE SANTA ROSA, un Sistema de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local, que regule la exigencia y obligatoriedad de la Revisión Técnica Obligatoria, a todos los vehículos de las categorías L, M, N, y O que integren el parque automotor de uso particular, en concordancia con la normativa nacional Leyes Nº 24449 y 26.363 y Decreto 779/95 y 1716/08 y normativa complementaria que al efecto dicte la ANSV en su calidad de autoridad nacional competente en la materia. 3.1.2 Exigir y controlar que todos los vehículos del parque automotor de EL MUNICIPIO que integran las categorías L, M, N, y O, tengan aprobada y vigente la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) para poder circular por la vía pública, dictando al efecto las normas que resulten necesarias y dando publicidad de las mismas. 3.1.3 Proponer y sugerir los sitios, jurisdicciones municipales y/o ámbitos regionales donde resulta conveniente y estratégico la implementación de Talleres de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local. 3.1.4 Coordinar, articular e interceder ante las JURISDICCIONES MUNICIPALES de la PROVINCIA, la implementación de la Revisión Técnica Obligatoria en conformidad con los términos del presente. 3.1.5 Registrar los TRT que oportunamente se habiliten como integrantes del Sistema de RTO de Jurisdicción Local, en el REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISION TECNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCION LOCAL, conforme el procedimiento aplicable al efecto. 3.1.6.- Implementar la CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION —C.N.I.— conforme Disposiciones ANSV N.º 42/2011 y N° 52/2011 y normas complementarias, en su ámbito jurisdiccional y exigir a los TRT que oportunamente se habiliten la implementación de la misma, como instrumento nacional idóneo para registrar la información de los Certificados de Revisión Técnica en la base de datos de la ANSV. A los efectos de coordinar su adecuada implementación se suscribirá el acta complementaria pertinente. 3.1.7.- Exigir y controlar que los TRT comuniquen inmediatamente a la ANSV, por intermedio de la CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION —CNI— en los términos del las Disposiciones ANSV N.º 42/11 y N.º 52/11, la información de los Certificados de Revisión Técnica —CRT— a fin a fin de que la ANSV proceda a su incorporación a su base de datos y control de su vigencia. 3.1.8.- Reconocer, aceptar y aplicar, en todo el ámbito jurisdiccional de EL MUNICIPIO, el modelo único de Certificado de Revisión Técnica (CRT) y de Etiqueta Autoadhesiva Reflectiva (EAR) a ser emitidos por los Talleres de Revisión Técnica que presten el servicio, conforme al formato implementado por la ANSV, en base al modelo aprobado por el CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL. 3.1.9.- Asegurar que los Talleres se encuentren equipados con instrumentos que permitan realizar las revisiones de vehículos de uso particular que integren

las categorías L, M, N y O en conformidad con la normativa nacional aplicable y las que determine la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en su calidad de autoridad nacional competente. 3.1.10 Aceptar las auditorías periódicas que la ANSV establezca, en complementación con las que eventualmente implemente EL MUNICIPIO, tendiente a garantizar el adecuado funcionamiento del sistema. 3.1.11 Aprobar y aplicar un régimen de sanciones para garantizar el adecuado funcionamiento de los Talleres de Revisión Técnica que se habiliten a prestar el servicio en el ámbito de la jurisdicción. 3.1.12 Controlar que en los TRT de Jurisdicción Local registrados, se emita a los usuarios del sistema, la documentación institucional aprobada y homologada por la ANSV, preservando en todo momento la utilización de los logos e insignias institucionales, tendiente a garantizar que cualquier ciudadano o usuario del sistema identifique al TRT como certificado bajo el Sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria. 3.1.13 Dictar las normas que resulten necesarias tendientes a garantizar una adecuada implementación del Sistema de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local. 3.2 COMPROMISOS DE LA ANSV: La ANSV en el marco del presente convenio, se compromete a: 3.2.1.- Prestar la asistencia técnica y jurídica necesaria para la implementación, en el ámbito jurisdiccional de EL MUNICIPIO del Sistema de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local en el marco de la legislación nacional vigente. 3.2.2 Coordinar e instrumentar la implementación de la CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION —C.N.I.— aprobada por Disposición ANSV N.º 42/11 y 52/11. 3.2.3 Garantizar la entrega de los Certificado de Revisión Técnica (CRT) y de Etiqueta Autoadhesiva Reflectiva (EAR) para la adecuada prestación del servicio y funcionamiento de los TRT. 3.2.4 Coordinar controles conjuntos asociados a la verificación de cumplimiento de la Revisión Técnica Obligatoria en la jurisdicción. 3.2.5 Efectuar por sí o por intermedio de quien la ANSV autorice, y en coordinación con la autoridad local competente, las auditorías periódicas y permanentes tendientes a garantizar el adecuado funcionamiento del Sistema, en forma complementaria a los que efectúe EL MUNICIPIO. 3.2.6 Brindar la información que le sea requerida respecto al funcionamiento del sistema en la jurisdicción. CLÁUSULA CUARTA: ACTAS COMPLEMENTARIAS. LAS PARTES podrán suscribir Actas Complementarias tendiente a regular cuestiones complementarias que permita el cumplimiento del presente. A tal efecto se suscribirá un Acta Complementaria tendiente a acordar la implementación de la CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION -CNI-. CLÁUSULA QUINTA: AUTORIDAD NACIONAL COMPETENTE. Las PARTES reconocen a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE, en conformidad con la legislación nacional vigente, como autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria para unidades particulares en los términos de las Leyes N.º 24.449 y N.º 26.363 y Decretos N.º 779/95 y N.º 1716/08. CLÁUSULA SEXTA: AUDITORIA. LAS PARTES acuerdan y reconocen que la ANSV, por si y/o por intermedio de quien ésta designe, podrá efectuar auditorías periódicas y permanentes respecto al funcionamiento del sistema, en complementación con las auditorías y controles que implemente EL MUNICIPIO. CLÁUSULA SEPTIMA: AUTONOMIA DE LAS PARTES. En todas las circunstancias o hechos que se deriven como consecuencia de la aplicación del presente Convenio, LAS PARTES mantendrán la individualidad y la autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas y asumirán particularmente, por lo tanto, las responsabilidades consiguientes. CLÁUSULA OCTAVA: DESIGNACION DE RESPONSABLES. A los efectos de la coordinación de actividades y cumplimiento de lo acordado en el presente convenio, LAS PARTES designan a los siguientes responsables: Por la ANSV: LA DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION INTERJURISDICCIONAL. Por EL MUNICIPIO: LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO, o la dependencia que en el futuro la reemplace. LAS PARTES podrán reemplazar sus representantes, o designar sustitutos, cuando así lo consideren conveniente y necesario, con la única obligación de comunicar ello por escrito a la otra parte. Los responsables designados en el presente, o quienes los sustituyan, desarrollarán sus actividades en el marco del presente, con carácter honorario, sin percibir remuneración alguna. CLÁUSULA NOVENA: VIGENCIA. El presente convenio regirá a partir de la fecha de firma y mantendrá su vigencia por el plazo de DOS (2) años renovable automáticamente, hasta tanto alguna de LAS PARTES manifieste su voluntad de no renovarlo, debiendo en este caso, notificar fehacientemente con un plazo no menor a SESENTA (60) días previo al vencimiento del plazo. CLÁUSULA DECIMA: RESCISION. Cualquiera de LAS PARTES podrá rescindir el presente convenio previa notificación fehaciente a la otra con una antelación no menor a SESENTA (60) días, sin que ello genere derecho a indemnización o resarcimiento alguno a favor de las partes. La rescisión no alcanzará a los trabajos en ejecución, los que se cumplirán íntegramente. CLÁUSULA DECIMA PRIMERA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS. Para el caso de suscitarse alguna controversia en cuanto a la interpretación, aplicación y/o ejecución del presente convenio, LAS PARTES intentaran resolverlo en términos cordiales. De no arribar a una solución satisfactoria para ambas, se someterán a los Tribunales competentes, según corresponda. A todos los efectos, LAS PARTES, constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento, donde tendrán validez todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales, domicilios que se tendrán como vigentes hasta tanto se comunique que fueren modificados mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente de comunicación. En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto, en la __________________________, a los días del mes de de 20__. ANEXO II. ACTA COMPLEMENTARIA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACION SUSCRIPTO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL MUNICIPIO DE SANTA ROSA DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA PARA LA IMPLEMENTACION DE LA CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION –CNI-. Entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO TRANSPORTE, representada por su Director Ejecutivo, el Dr. Pablo MARTINEZ CARIGNANO, con domicilio en Adolfo Alsina N° 756, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominada la “ANSV”, y por otra parte el MUNICIPIO de SANTA ROSA, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Luciano di NÁPOLI, Documento Nacional de Identidad Nº 27.796.467, quien concurre en nombre y representación de la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, en adelante denominado “EL MUNICIPIO”, en conjunto denominadas LAS PARTES, de acuerdo al Convenio de Cooperación Técnico Financiera suscripto entre la ANSV y la ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ACARA), convienen celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA PARA LA IMPLEMENTACION DE LA CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION –CNI-, con el fin de que los Talleres de Revisión Técnica –TRT- habilitados por la autoridad competente, soliciten la inscripción y asiento de los Certificados de Revisión Técnica que expidan, en la base de datos de la ANSV, el que se regirá conforme a los siguientes clausulas: PRIMERA: OBJETO: La presente ACTA COMPLEMENTARIA tiene por objeto la implementación de la CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION -CNI- creada por la ANSV, y cuyo fin es que los Talleres de Revisión Técnica –TRT- habilitados por la autoridad competente, soliciten la inscripción y asiento de los Certificados de Revisión Técnica que expidan, en la base de datos de la ANSV. SEGUNDA: DE LA EXIGENCIA DEL CNI. LAS PARTES acuerdan que la CNI será exigible, a través de una Solicitud Tipo, con carácter previo a la realización de los siguientes tramites vinculados con el sistema de Revisión Técnica Obligatoria, a saber: (i) inscripción y asiento de los Certificados de Revisión Técnica que expidan, en la base de datos de la ANSV. La ANSV podrá modificar, ampliar o reducir la nómina de trámites anteriormente enunciados comunicando ello a LA JURISDICCION. TERCERA: INSTRUMENTACION DEL CNI. La AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a través de la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.C.A.R.A) en su carácter de Ente Cooperador -en los términos de las Leyes Nº 23.283 y 23.412, 26.353 y Decreto 1985/08-, establecerá a los efectos de la instrumentación del CNI, una Solicitud Tipo en virtud de la cual los Talleres de Revisión Técnica Obligatoria habilitados por autoridad competente, efectúen la solicitud de inscripción de los Certificados de Revisión Técnica que expidan de conformidad a la normativa vigente, en la base de datos de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, para la obtención de la CONSTANCIA NACIONAL DE INSCRIPCION creada por Disposición ANSV Nº 42/2011. Dicha Solicitud Tipo será suministrada por el ENTE COOPERADOR ACARA a LA JURISDICCION en la forma, precio y condiciones que oportunamente defina la ANSV. CUARTA: DE LA SOLICITUD TIPO. El producido de la venta de la Solicitud Tipo – Formulario CNI – prevista en la cláusula anterior integrará un Fondo de Cooperación Técnica y Financiera conforme a lo previsto en las Leyes Nº 23.283 y 23.412, el cual se distribuirá una vez deducidos los costos de suministros y honorarios de administración de dicho fondo que percibe el ENTE COOPERADOR ACARA, de acuerdo a lo convenido en las cláusulas novena y décimo tercera del Convenio de Cooperación Técnico Financiera celebrado oportunamente entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y dicho ENTE COOPERADOR, a los efectos de viabilizar la implementación del sistema, de la siguiente manera: 4.1.- Los ingresos recaudados y administrados por el Sistema de Cooperación Técnica y Financiera –ANSV- como consecuencia de la implementación de la CNI en los Talleres de Revisión Técnica Obligatoria de Jurisdicción Local, en el ámbito de LA JURISDICCIÓN hasta, serán de la siguiente manera: Un cincuenta por ciento (50%) del valor neto será destinado por ACARA a los requerimientos que efectúe LA JURISDICCION, para la implementación de acciones y medidas vinculadas a la Seguridad Vial en LA JURISDICCION. El saldo del porcentaje restante para la ANSV tendiente a viabilizar e implementar el sistema, auditar los TRT habilitados y llevar debidamente las bases de datos de los CRT y EAR. Los montos que dichos porcentajes representan, quedarán a disposición de la Jurisdicciones bajo la administración del Ente Cooperador A.C.A.R.A., con el objeto de ser empleado en actividades relacionadas al mejoramiento y fortalecimiento de la Seguridad Vial en LA JURISDICCIÓN una vez deducidos los costos de suministros y honorarios de administración de dicho fondo que percibe el Ente Cooperador. 4.2.- En caso en que LA JURISDICCION suscriba con otras jurisdicciones municipales o provinciales CONVENIOS INTERJURISDICCIONALES y la correspondiente ACTA COMPLEMENTARIA AL CONVENIO INTERJURISDICCIONAL con el objeto de implementar el Sistema de RTO de Jurisdicción Local por el que se exige la Revisión Técnica Obligatoria a los vehículos categoría L, M, N y O principalmente de uso particular, la misma surtirá efecto desde el momento en el cual la ANSV se notifique fehacientemente de tal acuerdo, y preste su conformidad mediante su confirmación a ambas jurisdicciones por notificación por escrito. El producido de la venta de la Solicitud Tipo – Formulario CNI – prevista en el párrafo anterior integrará un Fondo de Cooperación Técnica y Financiera conforme a lo previsto en las Leyes Nº 23.283 y 23.412, el cual se distribuirá una vez deducidos los costos de suministros y honorarios de administración de dicho fondo que percibe el ENTE COOPERADOR ACARA, de acuerdo a lo convenio en las cláusulas novena y décimo tercera del Convenio de Cooperación Técnico Financiera celebrado oportunamente entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y dicho ENTE COOPERADOR, a los efectos de viabilizar la implementación del sistema.

Los ingresos que recaude y administre el Sistema de Cooperación Técnica y Financiera –ANSV- como consecuencia de la implementación de la CNI en los Talleres de Revisión Técnica Obligatoria en oportunidad de la realización de RTO al parque automotor de las jurisdicciones que suscriban al convenio interjurisdiccional y su respectiva acta complementaria se distribuirán en los porcentajes que las partes determinen, una vez deducidos los gastos mencionados en el párrafo anterior. QUINTA: RESPONSABILIDAD. El Estado Nacional no será responsable por los errores o incumplimientos que pudieren derivar de la actuación de los encargados de los Talleres de Revisión Técnica Obligatoria, por no exigir el cumplimiento de las obligaciones que se estipulan en el presente, sin perjuicio de las facultades de contralor y supervisión que pueda ejercer la autoridad competente. SEXTA: ADECUACIÓN NORMATIVA. EL MUNICIPIO se compromete a efectuar todas las adecuaciones normativas necesarias y pertinentes para la implementación y exigencia del CNI en su territorio. SEPTIMA: CONFORMACION DE GRUPO DE TRABAJO. EL MUNICIPIO y la ANSV se comprometen a constituir un grupo de trabajo integrado por representantes de ambas partes, en caso de resultar necesario, con el objeto de definir en el menor plazo posible el proyecto de cronograma, necesidades técnicas y financiera, mecanismos de control y el texto de los instrumentos complementarios que resulten necesarios para la puesta en marcha de lo acordado en la presente acta. Se deja expresa constancia que la implementación de la presente acta no implica para la ANSV erogación alguna en materia de recursos económicos. OCTAVA: PARTICIPACIÓN TÉCNICA DE ACARA. La ANSV comunicará a la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (A.C.A.R.A.), con domicilio en Lima 265, 3º Piso, de la Ciudad de Buenos Aires, lo acordado en la presente acta para la implementación técnica y financiera en lo que a dicha Entidad respecta. NOVENA: VIGENCIA. La presente acta tendrá vigencia por un plazo de dos (2) años contados partir de la suscripción. A su término se renovará automáticamente reservándose las partes el derecho de rescindirlo unilateralmente sin que ello origine responsabilidad alguna, debiendo comunicarlo con una anticipación de tres (3) meses. La rescisión de la presente acta implica la anulación de los acuerdos aprobados en consecuencia del mismo. DÉCIMA: RESCISIÓN. Cualquiera de LAS PARTES podrá dejar sin efecto la presente acta notificándolo fehacientemente a la otra, en cuyo caso tal comunicación deberá efectuarse con una anticipación no inferior a los sesenta (60) días corridos. DÉCIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. LAS PARTES acuerdan que para el caso de suscitarse alguna controversia en cuanto a la interpretación, aplicación y/o ejecución de la presente acta, lo resolverán en términos cordiales. De no arribarse a una solución satisfactoria, en todas las circunstancias o hechos que tengan lugar como consecuencia de la aplicación del presente, se someten voluntariamente a los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad Autónoma de Bs. As., con renuncia expresa a cualquier otra Jurisdicción que les pudiera corresponder. DÉCIMA SEGUNDA: CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS. A todos los efectos legales, LAS PARTES constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento, siendo los mismos válidos hasta tanto sean modificados. En la _______________________________________, a los _________ días del mes de de 20__, se firman dos (2) ejemplares del mismo tener a un solo efecto.”.———————PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Depetris.

CONCEJAL DEPETRIS: Gracias, señora presidenta. Según lo expresado por Secretaría, se pone en tratamiento el dictamen por mayoría de la Comisión Administrativa referente a este tema que nos ocupa. Por lo tanto, solicito a mis pares de los demás Bloques que nos acompañen en la votación positiva. Nada más al respecto. Muchas gracias, señora presidenta.-

PRESIDENCIA: Gracias concejal. Sí, concejal Estavilla tiene la palabra.

CONCEJAL ESTAVILLA: Gracias, señora presidenta. Voy a hacer uso de la palabra, aclaro, en nombre de nuestro Bloque, el Frepam y también del concejal Guerrero de Propuesta Federal. Es para solicitar, se nos conceda la abstención a la hora hacer uso en la votación de este punto, entendiendo que es un tema que consideramos de fondo y requiere, lógicamente, de un análisis, por ahí, mas exhaustivo. Consideramos que no hemos tenido, por ahí, tiempo suficiente de analizar la norma. Hay algunas cuestiones a resolver. El tema de la jurisdicción provincial, cómo se van a implementar los nuevos talleres. Así que, entendiendo la necesidad de un mayor análisis, pedimos que se nos permita abstenernos a la hora de votar.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra la concejala Castañiera.

CONCEJALA CASTAÑIERA: Gracias, señora presidenta. Este despacho que se encuentra en tratamiento, considero que es una buena iniciativa. Pero, me genera algunas dudas al respecto, porque, por un lado, se le otorga amplias facultades al Departamento Ejecutivo; y por el otro lado, crea inseguridad normativa respecto del resto de las localidades de la provincia al ser solo Santa Rosa quien se va a encontrar adherida a este sistema de Revisión Técnica Obligatoria. Por lo cual, a mi entender, se deben hacer las consultas respectivas con el Consejo Provincial de Tránsito para coordinar que este sistema sea aplicado en toda la provincia. Y, por las dudas que me genera todo lo dicho, es que solicito la abstención de votar el mismo.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por mayoría en general y en particular con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Fernández, Grotto, Guaiquián, Lima, Rodríguez Vega y Sueldo; absteniéndose los/as concejales/as Castañiera, Estavilla, Giorgis, Guerrero y Pera Ibarguren, previa autorización del Cuerpo para hacerlo. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.

2. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se excepciona a Alberto Mario BLANCO de lo establecido en el inciso 3) del artículo 41 de la Ordenanza Nº 4422, a fin de efectuar la transferencia a favor de sus hijos de la Referencia C5078 ubicada en el Cementerio Local. Expte Nº 238/2023-1 (CD) Expte Nº 423/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Excepciónase al señor Alberto Mario BLANCO, D.N.I. N.º 10.074.794 titular de la nomenclatura MA-TA-SEM 001-008, Referencia C 5078, ubicada en el Cementerio Local de esta Ciudad, correspondiente a un nicho de carácter privado, de la prohibición establecida en el artículo 41° inciso 3) de la Ordenanza Nº 4422/2011 y sus modificatorias, a fin de prodecer oportunamente a efectuar la transferencia de aquél a favor de sus hijos Misael María Victoria BLANCO, D.N.I. Nº 30.876.571, Yael María de Jesús BLANCO, D.N.I. N° 31.942.765 y Lisandro Nicolás BLANCO, D.N.I. Nº 34.632.696, todas las partes domiciliadas en calle Ceferino Namuncurá Nº 431 de esta Ciudad, a excepción de la señora Yael María de Jesús BLANCO, DNI. Nº 31.942.765 que reside en el país de España, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente y demás constancias obrantes en el Expediente N° 423/2023/1-1 (DE). Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido:Archívese.”.-

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-

3. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se excepciona a Nelly Ortensia EBERHART de lo establecido en los artículos 41 y 42 de la Ordenanza Nº 4422 de transferir a nombre de sus hermanos la Referencia C1977 ubicada en el Cementerio Local. Expte Nº 239/2023-1 (CD) Expte Nº 223/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Excepciónase de la aplicación de los Artículos 41 y 42 segundo párrafo de la Ordenanza Nº 4422/2011y sus modificatorias, a la señora Nelly Ortensia EBERHARDT, DNI Nª 4.153.029, con domicilio en calle Belgrano Sur N.º 487 de esta ciudad; y a sus hermanos, señor Hugo Alberto EBERHARDT y a la señora Virginia Mercedes EBERHARDT, quienes prestaron su conformidad, de transferir a su favor la nomenclatura MA-TA-ESG-002-020 Referencia C1977, titularidad de quien en vida fuere Catalina Gette, madre de los nombrados, ubicada en el Cementerio Local de esta ciudad. Artículo 2º: Conforme la excepción otorgada en el artículo precedente, acéptase la renuncia y devolución de la Referencia descripta en el Artículo 1º de la presente, por los motivos expuesto en los fundamentos de la presente y demás constancias obrantes en el Expediente N.º 223/2023/1-1 (D.E). Artículo 3º: Oportunamente, dese intervención a la Dirección de Rentas para su conocimiento y trámite de baja correspondiente; y a la Subsecretaría de Ambiente y Servicios Públicos a sus efectos. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archíevese”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

4. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Disposición mediante el cual se Aprueba la Reserva en Comisión del Expediente Nº 154/1998-29 (CD) caratulado “S/Demandas Iniciadas al Municipio” y la devolución al Departamento Ejecutivo de los Exptes Nº 4121/2023/1-1, Nº 4263/2023/1-1 y Nº 4109/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de DISPOSICION: “Artículo 1º.- Apruébase la Reserva en Comisión Administrativa y Reglamentaciones del Expediente Nº 154/1998-29 (CD), caratulado “S/Demandas Iniciadas al Municipio”. Artículo 2º.- Apruébase la devolución al Departamento Ejecutivo de los Expedientes que se detallan a continuación: -Expte. Nº 4121/2023/1-1 (DE) caratulado “S/Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales y otros c/ Municipalidad de Santa Rosa s/ Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad”. -Expte. Nº 4263/2023/1-1 (DE) caratulado “S/TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA SA c/ ENACOM y otros s/ proceso de conocimiento”. -Expte. Nº 4109/2023/1-1 (DE) caratulado “S/CUELLAR Elba Haydee contra Hellbusch Kevin y otros s/ daños y perjuicios”. Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo remitirá copia autenticada y oportuna de la sentencia que se dicte en autos una vez adquirida firmeza. Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

5. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se designan espacios verdes en el Barrio Procrear con el nombre Juan Gregorio “Goyo”Lazo y Jorge Satragno. Expte 198/2014-4 (CD).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Desígnase con el nombre de JUAN GREGORIO “GOYO” LAZO al espacio verde ubicado en calle M. Duarte entre calles O. Carman Norte y Edgar Alonso, nomenclatura catastral: Ejido 047-Circunscripción I-Radio M- Manzana 12-Parc. 001-Secc.002-Fracc D-Lote 13. Se adjunta plano como Anexo I. Artículo 2º: Desígnase con el nombre de JORGE SATRAGNO al espacio verde ubicado en calle M. Duarte entre calles Selva Norte y Edgar Alonso, nomenclatura catastral: Ejido 047-Circunscripción I-Radio M- Manzana 13-Parc. 001-Secc.002-Fracc D-Lote 13. Se adjunta plano como Anexo II. Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a la colocación de carteles indicadores de los nombres correspondientes a los espacios verdes mencionados para la identificación por parte de los vecinos y vecinas de la ciudad. Artículo 4º: Comuníquese al SIG – Sistema de Información Georreferenciado -, para la actualización de la base de datos. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Registrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra la concejala Alba Fernández.

CONCEJALA FERNANDEZ: Gracias, señora presidenta. Jorge Satragno fue un santarroseño fuera de serie, por donde se lo mirara. Un virtuoso músico, y un talentoso del saxo y la flauta traversa, que además, le sacó las mejores melodías a todos los instrumentos de viento que ejecutó. Un loco que vivía por y para la música. Tocaba un concierto en sala súper equipada o al aire libre en los jardines de la laguna Don Tomás por las noches, para no molestar a los vecinos del barrio donde vivía, en una vieja casona de sus abuelos en la calle Don Bosco y González. Desde varias cuadras a la redonda, se podían escuchar los originales acordes que creaba, o el repaso que hacía para sus presentaciones. Un regalo para el oído de los amantes del jazz en particular o de la música en general. En aquellos años, muchos le conocían sus horarios. Y, hasta esperaban la hora en que comenzaba a sonar su saxo tenor. Había alcanzado un conocimiento tal en el arte de ejecutar el saxo o la flauta traversa que llegó a un punto en el que, supo que para crecer, tenía que ir a la meca de los mas brillantes estudiosos de la materia. Y no paró hasta conseguir asistir en Boston, Estados Unidos, Music all Small Word, en la Universidad de Música mas grande del mundo. Se instaló en Boston por un tiempo prolongado. A esa ciudad regresó en otras oportunidades, hasta perfeccionar su conocimiento musical a un grado superlativo. En aquellos años, y al regresar, ofreció numerosos conciertos en el Teatro Español, en el Aula Magna de la Universidad Nacional de La Pampa, en el Viejo Galpón, aquí y en General Pico, sólo en concierto; o acompañado por algunos de los músicos pampeanos con los que compartió creaciones y escenarios, entre ellos, Camilo Camilletti, Chispa López – también fallecido -, y Tachi Gaich. En una hermosa nota que hace unos años le hizo el periodista Mario Vega en el diario La Arena, recordó los días que pagó con calabozo por integrar el grupo de seguidores de Silo en los convulsionados días de mil novecientos setenta y cinco que culminaron con el golpe del setenta y seis. Había aparecido grafitis con leyenda de adhesión a la agrupación. Y, la policía no tuvo mejor idea que hacer una razia para detener a un grupo de jóvenes, entre los que estaba Jorge. “Fueron diez días. Y, la verdad, nos cagábamos de risa”, recordó en su diálogo con Vega. En esa misma nota, un repaso de su vida, el periodista narró que en una de sus estancias en Boston, “Jorge decidió casarse con una jóven puertorriqueña”. Algo tuvo que ver el tema de los papeles para poder permanecer en los Estados Unidos. Y, en algún momento algo le hizo un “click” en su cabeza. Algo dejó de ser como era. Del tipo locuaz, parlanchín, alegre que era, pasó a ser un personaje mustio, de pocas palabras. Podría decirse que se refugió en su propio y recóndito mundo. Ya no volvió a ser el que fue. Siguió su intenso diálogo con sus instrumentos. Pero, sin conexión con el mundo exterior. Para decirlo con una frase hecha, “se transformó en una sombra”, de lo que había sido su personalidad extrovertida, jocosa, risueña. Encontró refugio en el Teatro Español, donde se lo podía ver en las noches de funciones, ocupando una butaca en el fondo de la sala, o parado detrás de los pesados cortinados, como asistiendo de incógnito a esas expresiones artísticas que todavía le llenaban el alma, pese a que su relación con el exterior era casi nula. Un día del mes de septiembre de dos mil veinte, fallece en el hospital Evita de Santa Rosa. Su fallecimiento enlutó a todo el ambiente artístico local y a los admiradores de su talento singular, que cosechó innumerables elogios y un gran reconocimiento, incluso, fuera de las fronteras del país. Así se fue del todo, un grande de la música de La Pampa. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejala Alba Fernández. Sí, tiene la palabra el concejal Depetris.

CONCEJAL DEPETRIS: Gracias, señora presidenta. Bueno, hay veces que la vida nos coloca en situaciones particulares. Celebro hoy, estar ocupando esta banca. Y celebro estar imponiendo el nombre de dos espacios verdes de nuestra ciudad, de dos personajes de la ciudad, como fue Jorge Satragno. Nacimos y nos criamos en dos viejas casonas, a doscientos metros una de otra. Fui compañero de primaria, compañero de secundaria. Lo recuerdo. Y, era jovial, alegre, el compañero ideal. El buen pibe ideal para las travesuras y para todo aquello que emprendiéramos en aquellas estudiantina de aquellos años. Luego, seguiríamos su carrera artística, como lo expresara la concejala Alba Fernández. A veces, por los medios periodísticos. Su estadía en Boston. Y, era el triunfo nuestro. Era el triunfo de los pibes del barrio. Era, el “petiso” Satragno que estaba en Boston haciendo y distinguiéndonos. Así que, bueno, realmente, celebro la decisión de Alba Fernández a proponer de poner el nombre de Jorge Satragno a ese espacio. También me quiero referir a Gregorio Lazo. El “Goyo” Lazo. Desaparecido prematuramente. En su corta vida sembró un camino, sobre todo, de superación personal, de trabajo y responsabilidad. Lo recuerdo yo, también de niño. A él y a su familia. Yo iba en mi “bicicletita” por el final de la calle Juan B. Justo, cruzaba la vía, y el alambrado que separaba al barrio Salitral; y la primera casita en ese enjambre de caminitos que estaban en el Salitral y que, iban vinculando las diferentes casas y familias, la primera casa con la que me encontraba era la casa de los Lazo, con su despencita, humilde como el barrio. La conocí a su mamá, a sus hermanas, a sus hermanos, a su papá. Me acuerdo de su abuelo, Francisco Lazo. Eran todas las figuras del Salitral, emblemáticas, de aquella sociedad santarroseña que aún vivía a espaldas de esa barriada popular; y que hoy, felizmente, la estamos recordando paulatinamente. Y, bueno, de allí se fueron cuando erradicaron ese barrio para hacer el complejo recreativo, a los barrios que se instalaron sobre la calle Chile. Y, allí siguieron con su despensa. “Goyo” comenzó a trabajar en el diario La Arena. Fue canillita, si mal no recuerdo. Luego comenzó a formar el Sindicato de Gráficos. Y, casualmente, a instancias de este Sindicato Gráfico, llega una nota de pedido de imposición de un espacio verde. Imagínense que, para quienes lo conocimos, fue una gran alegría poder ser partícipe de esta decisión. Así que, con mucha emoción, me quería referir y honrar la memoria de ambos amigos. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Depetris.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

6. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle UTRACÁN. Expte Nº 237/2023-1 (CD) Expte Nº 4099/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle UTRACAN, vereda Noreste, desde punto de empalme hacia calle Juan Bautista ALBERDI, DOCE (12) metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expediente Nº 4099/2023/1-1 (DE). Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º.- La obra será financiada y ejecutada por la Empresa MATERIALES BUTALO S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º.- La Empresa MATERIALES BUTALO S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º.- Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivos, la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 2486/1999. Artículo 6º.- Comuníquese al Sistema de Información Georreferenciado, S.I.G., para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

7. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se modifica el Artículo 9º inciso e) de la Ordenanza Nº 4226, correspondiente al Servicio de Coches Taxímetros. Expte Nº 277/1997-7 (CD).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Modifícase el artículo 9º inciso e) de la Ordenanza Nº 4226/2010 y sus modificatorias el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 9º.– Los automóviles para ser habilitados para la prestación del Servicio de Coches Taxímetros, tendrán que reunir las siguientes características: a) Características principales: tipo Sedan cuatro o cinco puertas, Berlina cuatro puertas y/o Familiares con puertas corredizas, carrocería metálica cerrada, con baúl, porta equipaje, tapizado estándar, aire acondicionado, modelo CERO (0) Kilómetro nuevo sin uso, a la fecha de solicitar su habilitación. La autoridad de aplicación confeccionará al inicio de cada año calendario un listado por marcas y modelos aceptados por el municipio para la prestación del servicio. b) Capacidad: para la cantidad de pasajeros estará determinada por la cantidad de asientos establecidos en la Licencia de Configuración de Modelo y/o Plano de adaptación aprobado por establecimiento habilitado por la CENT, excluido el del conductor. c) Pintado: Al momento de la promulgación de la presente Ordenanza se respetarán los colores elegidos por sus propietarios para el uso de los automotores afectados al servicio de coche taxímetro. Al reponer la unidad por obsolescencia, o por cualquier otro motivo o cuando se autoricen el ingreso de nuevos prestadores para este servicio, la unidad habilitada deberá ser de color blanco, color que identificará a los futuros taxímetros para la habilitación, pudiendo optarse por el color “gris plata” de no ser posible el primero. d) Letrero: llevar en la parte superior delantera del techo un letrero luminoso con la inscripción “Taxi” con medidas básicas no inferiores a 30 cm. de largo por 10 cm de alto. e) Los automotores utilizados como coches taxímetros no deberán poseer una antigüedad mayor a ocho (8) años, desde su puesta en servicio y, hasta los cinco (5) años de antigüedad, deberán realizar la verificación técnica de manera semestral y desde los cinco (5) años y hasta los ocho (8) años de antigüedad, la verificación técnica deberá realizarse de manera cuatrimestral. e. 1) DISPOSICION TRANSITORIA: Hasta el 31 de diciembre de 2024 se permitirá que los automotores utilizados como coches taxímetros posean una antigüedad no mayor a diez (10) años, sin perjuicio de cumplimentar lo dispuesto en los incisos e) y l) del presente artículo, en lo referido a verificación técnica. f) Tener impreso sobre ambos laterales una bandera amarilla y negra de 95 cm de largo por 25 cm de alto con la palabra taxi en blanco, seguido de un círculo negro de 35 cm de diámetro con el número de habilitación y la leyenda Municipalidad de Santa Rosa y finalizando con una bandera similar a la primera parte de 5 cm de largo por 12 cm de altura. En la parte de atrás del automóvil deberá tener impreso, en color negro, el número de reclamos de la Municipalidad de Santa Rosa, seguido de un círculo negro de 35 cm de diámetro con el número de habilitación y la leyenda Municipalidad de Santa Rosa. g) Estar provisto del correspondiente reloj electrónico, en lugar visible, del tipo y características que determina la presente Ordenanza, la que fijará el lugar en que será colocado de manera de impedir cualquier adulteración o dificultad de lectura de la tarifa o incomodidad para el pasajero; como asimismo las oportunidades en que se efectuará su control a fin de verificar si se ajusta a la tarifa vigente. h) Iluminación clara interior durante las horas de escasa luz natural. i) Contar, para la prestación del servicio nocturno, con la luz roja identificatoria y la correspondiente al aparato taxímetro. j) Afectación exclusiva de la unidad al Servicio Público de Coches Taxímetros. k) La autoridad de aplicación proveerá al licenciatario de una constancia en la cual se consignará nombres y apellidos completos del titular de la licencia, domicilio, numero de licencia y fecha de adjudicación, número de dominio del vehículo, marca, modelo, tipo y modelo año. También deberá constar el número telefónico de reclamos de la Municipalidad de Santa Rosa. Asimismo, también se proveerá una constancia en la cual se consigne nombre y apellido completo, y una foto tipo carnet del conductor del vehículo. Tales constancias deberán estar colocadas en la parte trasera del respaldo del asiento del conductor, pudiendo utilizarse para esta individualización el sistema de códigos tipo QR. l) Aprobar la inspección mecánica al efecto de constatar el correspondiente funcionamiento de seguridad activa y pasiva, la cual será realizada por la autoridad de aplicación o los talleres que ella disponga. Dicha inspección mecánica deberá realizarse al momento de entrar en servicio y cada seis (6) meses para unidades de hasta cinco (5) años de antigüedad y cada cuatro (4) meses para unidades de entre cinco (5) y ocho (8) años de antigüedad. m) Mantener correcta higiene, limpieza y presentación interior. n) No será habilitado automóvil alguno para el servicio, sin previa inspección del automotor y comprobación del buen funcionamiento, como así también reúna óptimas condiciones de seguridad, higiene y estética. o) Deberán poseer matafuego con carga mínima de un (1) kilogramo en perfecto estado de carga y funcionamiento. p) Deberán poseer todos los elementos de seguridad establecidos en la Licencia de Configuración de Modelo y/o los descriptos por el plano de adaptación realizado por establecimiento habilitado por la CENT, mínimamente contar con apoya cabeza en los asientos como así también cinturones de seguridad en los asientos delanteros y traseros. q) Deberán poseer equipo GPS (Sistema de Posicionamiento Global) autorizado por el municipio, y acceso al mismo por parte de éste. r) La Autoridad de aplicación confeccionará anualmente mediante una Disposición, un listado con los automóviles habilitados para ser utilizados como Coche Taxímetro. Dicho listado incluirá a los vehículos que comprende el Artículo 35º. Será obligación del Municipio actualizar anualmente el listado”. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

8. Despacho de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante la cual se asigna el reconocimiento Honorífico del Concejo Deliberante al VECINO/A DESTACADO/A DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.  Expte Nº 85/2004 – 4 (DE).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION:”Artículo 1º: Asígnase el Reconocimiento Honorífico del Honorable Concejo Deliberante al “VECINO DESTACADO DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA” instituido mediante Ordenanza Nº 4498/2011, a los ciudadanos que se detallan a continuación: Gomez, Carlos Daniel; Gutierrez, Pedro Carlos; Konrad, Alexis Oscar; Barrios, Stella Maris, Marin Rubén Hugo; Cudos, Alberto Eduardo y Levintan, Alejandro Raúl. Artículo 2º: El Honorable Concejo Deliberante realizará un acto público a los fines de materializar lo establecido en el Artículo 1º, el que tendrá lugar el día 23 de noviembre del corriente a la hora 20:00 en la Sala de Sesiones del Cuerpo. Artículo 3º: En el transcurso de dicho acto, se procederá a la entrega a sus destinatarios, de un presente y un pergamino alusivo. Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto vigente. Artículo 5º: Dese difusión a los alcances de la presente y formúlense las correspondientes invitaciones a autoridades provinciales, municipales y a la comunidad en general, a través del área de Prensa, Ceremonial y Extensión Legislativa del Honorable Concejo Deliberante. Artículo 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese. Cumplido: archívese”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

9. Despacho de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual son declaradas de Interés Municipal organizaciones y colectivos sociales de la ciudad. Expte Nº 85/2004 – 4 (DE).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º: Asígnase la declaración del Honorable Concejo Deliberante de INTERES MUNICIPAL instituido mediante Ordenanza N.º 4498/2011, a las organizaciones – colectivos que se detallan a continuación: -Asociación Simple Músicas Autoconvocadas Pampeanas Unidas (M.A.P.U.); -Biblioteca Popular Malvinas Argentinas, -Escuela Deportiva “Crecer Juntos”. Artículo 2º: El Honorable Concejo Deliberante realizará un acto público a los fines de materializar lo establecido en el Artículo 1º, el que tendrá lugar el día 23 de noviembre del corriente a la hora 20:00 en la Sala de Sesiones del Cuerpo. Artículo 3º: En el transcurso de dicho acto, se procederá a la entrega a sus destinatarios, de un presente y un pergamino alusivo. Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será imputado a la partida correspondiente del Presupuesto vigente. Artículo 5º: Dese difusión a los alcances de la presente y formúlense las correspondientes invitaciones a autoridades provinciales, municipales y a la comunidad en general, a través del área de Prensa, Ceremonial y Extensión Legislativa del Honorable Concejo Deliberante. Artículo 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese. Cumplido: archívese”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once.-

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