Acta Nº 1509

ACTA Nº 1509. CUARTA SESION ORDINARIA. REUNIÓN Nº 1509

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los trece días del mes de abril de dos mil veintitrés, siendo la hora diez con ocho minutos, da comienzo la Cuarta Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2023, bajo la Presidencia de su titular, concejala Paula Valeria GROTTO, Secretaría a cargo del señor Alfredo Eduardo GARCIA; y con la presencia de los concejales y concejalas José Carlos DEPETRIS. Gustavo Abel ESTAVILLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Claudia Bibiana GIORGIS, Yésica Lorena GUAIQUIÁN, Marcelo Raúl GUERRERO, Pablo PERA IBARGUREN, Mariano Sebastián RODRIGUEZ VEGA y Ana Natalia SUELDO. Se encuentran ausentes con aviso la concejala Nancy Fabiana CASTAÑIERA y el concejal Juan Baustista LIMA.

Conforme una invitación de la Presidencia, la concejala Alba Beatriz Fernández procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto y el público presente a ponerse de pie.

PRESIDENCIA: Invito al vecino Jorge Chapalcaz a utilizar La Voz del Vecino/a en cumplimiento de la Ordenanza 4849.

SR. JORGE CHAPALCAZ (Vecino): Buen día, muchas gracias por invitarme. Perdón si me pongo un poco nervioso. No estoy acostumbrado a hablar en publico. Hace poco presenté una nota por el tema del tránsito en la ciudad de Santa Rosa. Yo veo que es muy desordenado. Esta muy mal. Y creo que la Municipalidad debería establecer una política de corrección, propongo que sea gradual. Es decir, como bien dice la nota que presenté acá en el Concejo Deliberante, se establezca inicialmente un perímetro donde se advierta o se anuncie que, dentro de un mes o un mes y medio, en ese sector, vamos a intentar los santarroseños manejar bien. Es decir, buscar cuatro o cinco calles que establezcan un perímetro, y anunciar un mes y medio antes, por redes sociales, por facebook, por instagram, hacer una campaña pública, diciendo que, en ese sector los santarroseños vamos a empezar a manejar bien. Utilizar videos, por ejemplo. Y pasarlos por youtube, como publicidad. Y mostrar cómo se maneja o cómo se debería manejar bien. Y también aclarar las multas y los valores que se van a aplicar. Yo creo que la sociedad, toda, no esta conforme cómo se vive, no está conforme cómo se transita. Y, creo que lo aceptaría. Por ejemplo, estamos hoy a trece de abril, y podemos anunciar, por ejemplo, el plan de corrección vehicular progresivo y gradual va a empezar, por ejemplo, dentro de dos meses, por ejemplo, entre las calles Villegas, avenida Luro, avenida España. Un círculo mínimo y elemental. Y anunciarlo mucho. Anunciarlo por televisión, como recién les dije. Instistirle a la sociedad y advertirle que, a partir de tal día, las tarjeteras van a estar en la calle y van a multar. ¿Por qué así? Yo propongo que sea así, gradual. Ir ganándole espacios a la sociedad, ir conquistándola de a poco, como si fuese una guerra. Porque es muy grande el desorden que percibo. Es decir, veo una ciudad muy grande. Y, veo que es un problema que nadie se anima a resolver, precisamente por lo grande que es. Por ejemplo, andás en cualquier avenida de acá, en cualquier calle de acá, y en cualquier barrio, en cualquier lugar, manejamos, para ver la paja en nuestro propio, mal. No respetamos nada. Y no se puede vivir así. Porque, eso diariamente, trae accidentes, trae gente herida, gente que se lastima, gente que se mata. Y, yo creo que es algo muy importante la vida y la salud de la gente. Entonces, yo los invito a ustedes, que son políticos y que ven las cosas de una manera distinta, a que lo evalúen si quieren, respetuosamente. Podemos charlar aparte, si quieren, y yo seguir defendiendo la idea en estos breves cinco minutos que tengo. Yo creo que la sociedad lo aceptaría, porque, es algo que la sociedad está reclamando. Yo creo que nadie quiere vivir así. El tema es que hay que empezar por alguna parte. Y, bueno, esto es lo que vengo a proponer a grandes rasgos. A, un gran problema, enfrentarlo de a poco, de modo gradual, ir ganando espacios. Como, tratando de hacer entrar en razón a la sociedad. Porque, para decir las ultimas palabras, para terminar esto, yo a la sociedad la veo muy sensible. Es decir, es difícil imponer autoridad. La gente en la calle es, como que vos a una persona, un policía te trata de corregir, y la mayoría de la gente, hay como una revelación. Pero, creo que si se le habla a la gente, se la puede hacer entrar en razón. Eso es todo. Espero que se haya entendido lo que dije. Y, estoy a disposición de ustedes. Muchas gracias por invitarme. Nada más. Eso es todo.

PRESIDENCIA: Muchas gracias Jorge Chapalcaz. Vamos a continuar con el desarrollo de la Sesión. Tiene la palabra la concejala Lorena Guaiquián.

CONCEJALA GUAIQUIAN: Gracias, señora presidenta. Ayer, doce de abril se cumplieron setenta años de la primera votación democrática realizada por ciudadanos pampeanos. En ella, eligieron a su primer gobernador, don Salvador Ananía y a sus primeros veintiún diputados y diputadas provinciales. Desde este año, dos mil veintitrés, gracias a un Proyecto presentado por el compañero diputado José Adrián González, convertido ese Proyecto en Ley con el voto de sus pares y ya promulgado, el día doce de abril fue instituido como “Día Provincial de la Democracia Pampeana”. En aquel mil novecientos cincuenta y tres, las elecciones generales de la nueva provincia se realizaron bajo el gobierno nacional de Juan Domingo Perón, que había promovido la provincialización del territorio bajo el nombre de “Eva Perón”. En un contexto donde la oposición no se presento a los comicios, el odontólogo Salvador Ananía, candidato del Partido Peronista (PP) obtuvo la gobernación con casi cincuenta y seis mil votos sobre un total de sesenta y tres mil emitidos, y asumió su cargo el cuatro de junio de mil novecientos cincuenta y tres. La Provincialización se logró después de una larga lucha de más de cuarenta años, en los cuales se cumplían sobradamente los requisitos que planteaba la Ley Nº 1532, de creación de los territorios nacionales, sancionada en mil ochocientos ochenta y cuatro. Esa lucha había sido encarnada por numerosos movimientos denominados “provincialistas”, entre los que se cuentan los encabezados por Molas, Marquez y Médici en mil novecientos siete; la Junta Central de mil novecientos trece, el Comité Metropolitano Pro Autonomía de mil novecientos dieciocho, la Unión Provincialista de mil novecientos veintiuno, varios movimientos y actuaciones durante la década del veinte liderados por Alberto Grassi, y, hasta tres proyectos enviados por Hipólito Yrigoyen al Congreso en mil novecientos diecinueve, mil novecientos veintiuno y mil novecientos veintidós. Pero, la coronación de la lucha llegó con la presidencia de Perón. La Ley que transformó a los territorios nacionales de La Pampa y el Chaco en sendas provincias, fue sancionada con el Nº 14037, por la Cámara de Diputados de la Nación, el veinte de julio de mil novecientos cincuenta y uno; y promulgada el ocho de agosto del mismo año. Contó para su sanción con la decisiva participación de Eva, que incluyó una presentación al Senado de la Nación, en su carácter de presidenta del Movimiento Peronista Femenino, y ejerciendo el derecho a peticionar que le daba el Artículo 26 de la Constitución Nacional. Una vez obtenida la provincialización, en mil novecientos cincuenta y dos, se produce la actuación de la convención constituyente y en la fecha citada y que conmemoramos, los comicios. No quiero dejar pasar acá, la importancia de que en esa primera elección, bajo el liderazgo de las políticas efectivizadas por Eva, después de largas luchas de las mujeres progresistas, socialistas y radicales, pero efectivizadas por Eva, las mujeres pampeanas tuvieron un rol decisivo, que se expresa no solo en el numero de votantes, sino en la formación de aquella primera Cámara, con un total de ocho diputadas mujeres. Esas diputadas fueron; Sara Fumagalli, Elena Vega Rodríguez, Alicia Morales, María del Carmen Balent, Ahimer Figueroa, Lorenza Mateos, Amalia González y Nair Catalina Facca Monge. La cifra, que representaba mas del treinta por ciento, luego de los nefastos retrocesos implantados con la caída del peronismo en el cincuenta y cinco, recién se pudo volver a establecer avanzados los años noventa, y mediante una ley de cupo. A partir de la provincialización, y aun mas con la elección del cincuenta y tres, los pampeanos y pampeanas comenzaron a tener un nuevo trata del poder central, que se comprueba en numerosos documentos. No fueron ya, habitantes de un territorio, sino, ciudadanos de una provincia y Nación. La posibilidad de ser provincia brindo entonces un eje aglutinador; un gobierno propio que menguo las tendencias al desmembramiento del territorio que se producían al entrar al sur en el radio de succión económica de Bahía Blanca y el norte del sur de Córdoba y oeste de Buenos Aires. Quiero también marcar en este homenaje al, desde este año, Día Provincial de la Democracia Pampeana, la labor descomunal y a veces olvidada que realizo el gobernador Anania sustentada en dos pilares; la obra publica, necesaria para edificar una infraestructura económica y social acorde a los principios del peronismo y para la modernización de la provincia, y las medidas para el agro y la industria, esenciales para la explotación de las potencialidades del territorio y para su desarrollo futuro. Esto se concreto en la construcción de edificios para la administración publica, escuelas, hospitales, destacamentos de policía, caminos, rutas, pavimentación, obra hidráulica y viviendas. Destinadas al sector agropecuario y la industria, hubo medidas orientadas a la colonización de tierras, el aumento de la producción y el mejoramiento de los costos, la asistencia a los productores, el cuidado de suelos, y la forestación, etcétera. En su gestión se organizaron los poderes provinciales, se desarrollo un plan de aprovechamiento del rio Colorado, y otros proyectos de infraestructura. Se fundaron las bases del posterior Banco de La Pampa, y se inauguró la primera sucursal del Banco Nación en la provincia, posibilitando que se otorguen créditos para la adquisición de tierras rurales para la producción. Ananía fue un estadista que dejo la piel en su investidura hasta poner en riesgo su integridad física en aquel suceso donde recibió tres balazos de un ex colaborador, regresando, aun convaleciente, unos meses después a su cargo. En el golpe del cincuenta y cinco, los militares lo detuvieron y en el contexto de persecución al peronismo paso mas de un año preso. Creo, señora presidenta, concejales y concejalas, que conmemorar este día significa, activar la memoria y poner en valor la lucha por mas democracia. A cuarenta años de democracia ininterrumpida en el país, reivindicar nuestro paso a provincia, aquella primera elección de hace setenta años, la actuación de las mujeres en ese hito, y la de nuestro primer gobernador, Salvador Ananía, es tener en cuenta que la democracia se construye día a día y con actos honrosos y nos debe dar la fuerza para seguir ese camino. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias, concejala Guaiquian. Vamos a continuar con el desarrollo de la Sesión. Por Secretaria se dará lectura a los Asuntos Entrados.

ASUNTOS ENTRADOS.

I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.

I.1.- Nota Nº 029/23 remitida por el Secretario de Hacienda y Abastecimiento de la Municipalidad de Santa Rosa, adjuntado el informe de Horario Extraordinario realizado por Agentes del Departamento Ejecutivo, correspondiente al mes de Enero de 2023. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 313/2023, mediante la cual se ejecuta el anticipo de Rentas Generales a la Cuenta Especial – Programa de Formación de Acopios y Suministros, requerimiento de la Dirección General de Compras y Suministros. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo aconsejando la modificación del Artículo 2º y los Anexos I y II de la Ordenanza Nº 6817, relacionada con la donación de un inmueble al Sindicato de Prensa Zona Sur La Pampa.  Expte Nº 7067/2022/1-1 (DE).

II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.

II.1.- Nota presentada por Dora Rogelia AGUIAR, mediante la cual solicita la transferencia de la Licencia de Taxi, de quien en vida fuera su hijo Elio Gerardo MAMANI, correspondiente al cupo de personas con discapacidad. Pasa la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos

II.2.- Nota presentada por Analía Edith PERATTA, mediante la cual solicita la habilitación comercial provisoria con carácter excepcional a la firma comercial – Distribuidora Soldadura Junín SA. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

II.3.- Nota presentada por Beatriz Fardutto, solicitando que el Concejo Deliberante adhiera a las propuestas de concientización sobre las enfermedades de fibromialgia y fatiga crónica que se visibilizan los días 12 de Mayo de cada año. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-

II.4.- Nota presentada por integrantes del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, solicitando se declare de Interés Municipal las III Jornadas Provinciales del Sector Público, a desarrollarse los días 26 y 27 de Abril del corriente.

PRESIDENCIA: En vista de la proximidad de la fecha de esta actividad, hemos acordado en Labor Parlamentaria, emitir un dictamen que va a ser puesto a consideración del Cuerpo como ultimo punto en el Orden del Dia.

II.5.- Nota presentada por Guillermo Rivoira, solicitando la donación de un terreno para “El Club Amigos por el Newcom”, a fin de desarrollar actividades vinculadas a dicha disciplina. Pasa a la Comision de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

II.6.- Nota presentada por integrantes de la Unión de Trabajadores de la Educación – UTELPa, solicitando se designe con el nombre “Maestro Carlos Fuentealba”, al Pasaje sin nombre que se encuentra entre las calles Selva Norte y Duarte. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.

III.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se excepciona a Susana Beatriz ISASA de lo establecido en el Artículo 72 de la Ordenanza Nº 4422 y sus modificatorias, a retirar los restos de quien en vida fuera Luisa Vicensia GIORLEO alojados en Referencia C 8273. Expte Nº 5179/2022/1-1 (DE). Pasa a la Comision Administrativa y Reglamentaciones.

III.2. Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se excepciona a Ana María ARATA de transferir a su nombre la nomenclatura MA – TA – SE C – 005 – 023, Referencia C 835, ubicada en el Cementerio Local. Expte Nº 3235/2022/1-1 (DE). Pasa a la Comision Administrativa y Reglamentaciones.

IV.- DE LOS PROYECTOS DE COMUNICACIÓN – RESOLUCIÓN Y DISPOSICIÓN.

IV.1.- Proyecto de Disposición presentado por los Concejales y la Concejala del Bloque Frepam, mediante el cual se dispone celebrar un acto el día 24 de Noviembre, fecha aniversario de realización de la Primera Sesión Preparatoria en 1983, hecho que marcó la recuperación ininterrumpida de la vida democrática. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

IV.2.- Proyecto de Disposición presentado por los Concejales y la Concejala del Bloque Frepam, solicitando al DE arbitre los medios necesarios para la reconstrucción y  mantenimiento del espacio verde ubicado desde Avenida Circunvalación Ing. Santiago  Marzo hasta Tomas Mason paralelo  a las calles Caminito y Pichihuinca. Pasa a la Comision de Plaeamiento, Obras y Servicios Publicos.

IV.3.- Proyecto de Comunicación presentado por el Concejal del Bloque Propuesta Federal, mediante el cual le solicita al DE arbitre los medios necesarios para la semaforización de la intersección de las calles Telén y Gral. Acha o la determinación de la calle Gral. Acha como mano única de circulación. Pasa a la Comision de Plaeamiento, Obras y Servicios Publicos.

IV.4.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y las Concejalas del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de Interés Municipal la celebración por el 100º Aniversario del Club Atlético All Boys, a celebrarse el día 22 de Abril del corriente.

Transcripción del Proyecto de RESOLUCIÓN: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la celebración con motivo del 100º Aniversario del Club Atlético All Boys, a celebrarse el día 22 de Abril del corriente. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de La Pampa, organizadora del citado evento. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

PRESIDENCIA: Concejal Rodriguez Vega, tiene la palabra.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias presidenta. Simplemente para hacer una breve mención a la iniciativa propuesta por el Bloque del FREJUPA. Y, en esa linea, lo que se esta proponiendo es, justamente, destacar y declarar de interés municipal, la celebración que hará el Club All Boys, respecto del cumplimiento de los cien años de su fundación. Con lo cual, entendemos por lo menos de este Bloque, y en esa linea solicitamos el acompañamiento del resto de los Bloques, para destacar justamente, la trayectoria de esta institución. Una institución seria, responsable, con mucho compromiso viene trabajando en cada una de las actividades deportivas, sociales. Y en ese sentido, es por lo menos, la idea y la presentación de la iniciativa. En este sentido también, me parece necesario destacar cada uno de los deportistas, cada uno de los dirigentes que han hecho a la institución. Personalmente, soy hincha del Club Belgrano, sería el rival tradicional de esta institucional. El concejal Depetris también me contó eso. Hay otros concejales que viven en Villa Alonso. Digo, ahí también esta la importancia de destacar, desde el rival digamos, la trayectoria de esta institución, del Club All Boys, que va a cumplir sus primeros cien años y, con lo cual, desde este Bloque, presidenta, entendemos la necesidad de esta declaración de interés municipal. Con lo cual, solicito el acompañamiento del resto de los Bloques. Gracias, presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Rodriguez Vega. Tiene la palabra el concejal Estavilla.

CONCEJAL ESTAVILLA: Gracias presidenta. Primero, muy contento que los hinchas de Belgrano reconozcan la importancia de All Boys en la ciudad santarroseña. Pero, más allá de este chiste, podríamos decir, sumarnos como Bloque. Lógicamente vamos a acompañar este pedido que hace el Bloque del PJ. Nos vamos a sumar porque, hay que reconocer el trabajo, en este caso, del Club All Boys en su centésimo aniversario, sino también, acompañar a todas las instituciones del medio que, como All Boys, tienen una inserción importante en la sociedad. Colaboran en el desarrollo de cientos de jóvenes, porque, como decía el concejal, All Boys no es solamente un club de fútbol, si bien esa es su actividad más importante, pero, natación, básquet, pelota, artes marciales, no sé si en estos momentos estará funcionando el jardín, pero también, tiene un jardín inicial para niños y niñas. Así que, como decía recién, reconocer el trabajo que han hecho directivos tras directivos del Club. Y, celebrar los cien años de esta importante institución de nuestra ciudad.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

IV.5.- Proyecto de Resolución presentado por la Concejala del Bloque Comunidad Organizada, mediante el cual insta a cesar el hostigamiento desplegado contra las fuerzas políticas opositoras y se garantice el normal desarrollo de la campaña electoral. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

IV.6.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y las Concejalas del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de Interés Municipal la obra mural “Que no falte ninguna pieza”, de la artista plástica Mónica Arribillaga en colaboración con Carina Carrasco, emplazada en la intersección de las calles Pilcomayo y Juan de Dios Filiberto. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

PRESIDENCIA: Bueno, vamos a dar inicio a la segunda parte de la Sesión con el Orden del Día.

ORDEN DEL DIA.

1. Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se concede la prórroga hasta el 31 de Mayo del corriente para la presentación de la Cuenta de Inversióncorrespondiente al Ejercicio Financiero 2022. Expte Nº 54/2023-1 (CD).  Expte Nº 803/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Concédese al Departamento Ejecutivo, hasta el 31 de Mayo del corriente año, la prórroga solicitada mediante Nota Nº 06/2023, para la presentación de la Cuenta de Inversión correspondiente al Ejercicio Financiero 2022. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

PRESIDENCIA: Concejal Pera, tiene la palabra.

CONCEJAL PERA IBARGUREN: Gracias, señora presidenta. Nosotros en Comisión, habíamos establecido que íbamos a fijar posición en el Recinto sobre este pedido de prórroga del intendente, para la presentación de la Cuenta de Inversión del ejercicio financiero del año pasado. Con relación a eso, desde el Bloque no vamos a acompañar la solicitud de prórroga solicitada por el intendente, en el entendimiento de los argumentos que hemos venido expresando desde hace mucho tiempo, desde los dos o tres años de la gestión del intendente Di Nápoli. Es una constante el incumplimiento de la rendición de cuentas, tanto diarias como mensuales. De hecho, todavía restan entregar algunas rendiciones diarias del dos mil veintiuno; pese a que este Cuerpo Deliberativo, con el voto del oficialismo, aprobó la Cuenta de Inversión dos mil veintiuno; lo que nos parece un error importante. Con relación al ejercicio financiero sobre el cual se presenta la solicitud de prórroga, el del año dos mil veintidós; también restan presentar muchas rendiciones diarias, como así también rendiciones mensuales. Una vez más hago voz del Bloque en el sentido de que, tiene que ponerse al día con la rendición de cuentas. Y, a un incumplidor permanente, no podemos seguir dándole prórrogas para la presentación de la Cuenta de Inversión. Así que, desde el Bloque no vamos a acompañar el pedido. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal. Sí, concejal Rodríguez Vega, tiene la palabra.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias presidenta. Sobre esta iniciativa o este planteo que viene del Departamento Ejecutivo, directamente encuadrándonos en la iniciativa, en la propuesta, en la nota, lo que se está proponiendo acá es, justamente, concederle al Ejecutivo, el plazo hasta el treinta y uno de mayo del corriente para la presentación de la prórroga. Decir que, la nota fue presentada en tiempo y forma el dieciséis de marzo pasado. Con lo cual, y esto antes del treinta y uno de marzo, el límite que tiene el Ejecutivo para presentar la Cuenta de Inversión. Con lo cual, entendemos, por lo menos desde nuestro Bloque, la necesidad de basar en esta línea, entendiendo el cumplimiento del plazo en tiempo y forma por parte del Departamento Ejecutivo en la presentación del pedido de prórroga. Gracias presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Rodríguez Vega.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Fernández, Grotto, Guaiquián, Rodríguez Vega y Sueldo; votando en forma negativa los/as concejales/as Estavilla, Giorgis, Guerrero y Pera Ibarguren. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.

2. Despacho de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se exceptúa de lo establecido en el Título 2, Sección 2.2.3 de la Ordenanza Nº 3274 – Código Urbanístico, a un inmueble Referencia Nº 52419, que será donado a la Asociación “Crecer Juntos” para el desarrollo de sus actividades. Expte Nº 86/2022-1 (CD) Expte Nº 7070/2022/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Exceptúase de lo establecido en el Título 2, Sección 2.2.3 del Código Urbanístico aprobado por Ordenanza Nº 3274/2005. Artículo 2º.- Desaféctase como Espacio Verde y/o Uso Comunitario el inmueble identificado catastralmente como: Ejido 047-Circunscripción III- Radio N – Manzana 41 – Parcela 1- Secc 002- Fracc D- Lote 19, Referencia N.º 52419, Partida N.º 796.580, cuyo croquis de ubicación forma parte de la presente como Anexo I, identificado con la letra B. Artículo 3º.- Dónase a la Asociación Crecer Juntos Personería Jurídica Nº 2273 el inmueble identificado catastralmente como Ejido 047-Circunscripción III – Radio N – Manzana 41 – Parcela 1- Secc 002 – Fracc D – Lote 19, Referencia N.º 52419, Partida Nº 796580, cuyo croquis de ubicación forma parte de la presente como Anexo I, identificado con la letra B, para la construcción de su Sede. Artículo 4º.- La Asociación Crecer Juntos se hará cargo de la totalidad de los gastos y trámites necesarios para formalizar la escritura traslativa de dominio del inmueble a su favor y posterior inscripción en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa. Artículo 5º.- La Asociación Crecer Juntos deberá concretar la inscripción del inmueble a su favor en un plazo de dos (2) años, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la donación. Artículo 6º.- La Asociación Crecer Juntos deberá cumplir con los siguientes cargos – que deberán constar en la escritura traslativa de dominio: a) comenzar la construcción de su Sede en un plazo máximo de 5 (cinco) años, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza y concluir la terminación del inmueble en un plazo máximo de 15 (quince) años; b) permitir el uso de forma gratuita de las instalaciones que construya a la Municipalidad de Santa Rosa, para el desarrollo de actividades institucionales y de uso comunitario, en las condiciones establecidas en el Convenio de Uso, que como Anexo II forma parte de la presente Ordenanza. c) Informar a la Municipalidad de Santa Rosa el inicio y avance de las obras realizadas. Artículo 7º.- Los cargos impuestos deberán constar en la escritura traslativa de dominio; el incumplimiento de cualquiera de ellos y/o el cambio de destino del inmueble, serían causales de reversión de la donación en el estado que se encuentre el inmueble sin derechos a reclamo alguno a la Municipalidad en caso de existir alguna mejora. También será causal de reversión la disolución de la Asociación Crecer Juntos. En caso de reversión, quedará sin efecto la donación se afectará el inmueble identificado catastralmente en el Artículo 2º al dominio público. Artículo 8º.- A partir de la promulgación de la presente Ordenanza el donatario asume el pago de las tasas y/o servicios municipales y del impuesto inmobiliario. Artículo 9º.- Deróguese la Ordenanza Nº 6825/2022. Artículo 10º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese. ANEXO II – CONVENIO DE USO.

En la ciudad de Santa Rosa, a los … días del mes de …. del año 2023, entre la Asociación Crecer Juntos, representado en este acto por ………………. D.N.I. Nº ……………………. en su carácter de ………………………, con domicilio en …………..…. de Santa Rosa, La Pampa, en adelante “LA ASOCIACION”, y por la otra LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, representada en este acto por su Intendente Señor …………………….., D.N.I. Nº ……………… , con domicilio en Avenida San Martín Nº 50 de la misma ciudad, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, y ambos denominados “LAS PARTES”, acuerdan en celebrar el presente Convenio de Uso: ANTECEDENTES: Con fecha ………..… se sancionó la Ordenanza Nº ….…./2023, promulgada el……. de ……………… de 2023, mediante Resolución Nº …./2023, por medio de la cual LA MUNICIPALIDAD DONÓ CON CARGO a “LA ASOCIACION”, el inmueble identificado catastralmente como Ejido 047-Circunscripción III- Radio N – Manzana 41 – Parcela 1, Sección 002- Fracción D – Lote 19, Referencia Nº 52419 Partida Nº 796.580 identificado con la letra B en croquis de ubicación, para la construcción de su Sede, y a los efectos de la donación se estableció una excepción a la Ordenanza Nº 3274/2005, Sección 2.2.3. (Código Urbanístico). En virtud del Artículo 6° inciso b) “LA ASOCIACION” asumió el cargo de permitir el uso en forma gratuita de las instalaciones que construya a LA MUNICIPALIDAD, para el desarrollo de actividades institucionales y de uso comunitario. En consecuencia, LAS PARTES ACUERDAN: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD podrá utilizar el inmueble descripto en ANTECEDENTES, de manera gratuita para la realización de actividades recreativas, deportivas, culturales y/o espectáculos públicos de cualquier índole. El detalle de las actividades enumeradas no es taxativo. SEGUNDA: El presente convenio comenzará a regir, una vez que “LA ASOCIACION” finalice la obra que se obligó a construir. TERCERA: “LA ASOCIACION” no será responsable en ningún supuesto de los daños y/o perjuicios que pueda suceder mientras LA MUNICIPALIDAD utilice las instalaciones, ya sea que los sufran sus dependientes y/o terceros y/o bienes. CUARTA: “LA ASOCIACION” se compromete a realizar todos los trámites y a solicitar todas las habilitaciones y/o autorizaciones a LA MUNICIPALIDAD y a cumplir con todas la Ordenanzas vigentes, a los fines de la construcción y habilitación del inmueble para las actividades a desarrollar en el mismo. QUINTA: En caso de cualquier divergencia, interpretación, aplicación y cumplimiento del presente convenio, LAS PARTES se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa, con asiento en la ciudad de Santa Rosa, renunciando a cualquier otro fuero y/o jurisdicción. LAS PARTES constituyen domicilio en los indicados en el encabezamiento del presente convenio, donde se tendrán por válidas todas las intimaciones y/o notificaciones extrajudiciales o judiciales. En prueba de conformidad se firma tres (3) ejemplares, de un mismo tenor y a un sólo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

3. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle DON BOSCO. Expte Nº 56/2023-1 (CD) Expte Nº 2541/2010/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle DON BOSCO, vereda Norte, desde punto de empalme hacia calle Juan LAVALLE, CUARENTA Y OCHO (48) metros, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expediente Nº 2541/2010/1-1 (DE). Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º.- La obra mencionada en el artículo 1º, será financiada por este municipio y ejecutada por la Empresa que a tal efecto se contrate en el marco de la Ley Nº 38 General de Obras Públicas, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º.- La Empresa contratada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º.- Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivo la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 2486/1999. Artículo 6º.- Comuníquese al S.I.G., Sistema de Información Georreferenciado para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

4. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles  MADRE MARIA, URBANO SEQUEIRA, SAN CAYETANO y RÍO V. Expte Nº 57/2023-1 (CD) Expte Nº 56/2022/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MADRE MARIA, vereda Sur, desde punto de empalme hacia Urbano SEQUEIRA, Urbano SEQUEIRA, vereda Este, entre MADRE MARIA y SAN CAYETANO, SAN CAYETANO, vereda Norte, entre RIO V y Urbano SEQUEIRA, RIO V, vereda Oeste, entre MADRE MARIA y SAN CAYETANO, incluye cruce por Juan SAVIOLI y RIO V, QUINIENTOS VEINTISEIS (526) metros, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en Expediente Nº 56/2022/1-1 (D.E). Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º.- La obra será financiada ejecutada por la Empresa MATERIALES BUTALÓ S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º.- La Empresa MATERIALES BUTALÓ S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º.- Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivo la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 2486/1999. Artículo 6º.- Comuníquese al S.I.G., Sistema de Información Georeferenciado para la acutalización de la base de datos correspondientes. Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

5. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se concede la excepción de lo establecido en la Planilla 4.2.1.1 – de Usos según distritos- Comercio Minorista de la Ordenanza Nº 3274 – Código Urbanístico, a un inmueble ubicado en calle Alberto Grassi Nº 456, Referencia Nº 19027. Expte Nº 38/2023-1 (CD). Expte Nº 38/2023-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Concédese la excepción a lo dispuesto en la Ordenanza N.º 3274/2005 – Código Urbanístico de la Ciudad de Santa Rosa, en lo que refiere a Planilla 4.2.1.1 de Usos según distritos, Comercio Minorista, en el rubro Gimnasios, para el inmueble ubicado en calle A. Grassi Nº 456, cuya nomenclatura Catastral es Ejido 047-1-D-3-0047-008, Referencia Nº 19027. Artículo 2º.- La presente no exime de efectuar ante las oficinas municipales correspondientes, las tramitaciones pertinentes para obtener la habilitación comercial respectiva. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

6. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se concede la excepción a lo establecido en el punto 5.1.7 Tejido Urbano, inc d) Retiro de Fondo de la Ordenanza Nº 3274 – Código Urbanístico, al Local 42 de plano obrante en Expte Nº 314/948, propiedad de Edgardo Martín Montero. Expte Nº 191/2019-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Concédese la excepción al Local Nº 42 de plano obrante en Expte. Nº 314/48 (DE), ubicado en el fondo de parcela identificada catastralmente como: Ejido 047- Circunscripción I – Radio Q – Manzana 13 – Parcela 21, Partida Nº 810.826, Referencia N.º 56.136 propiedad del señor Edgardo Martín MONTERO, respecto a lo establecido en el Código Urbanístico – Ordenanza Nº 3274/2005- 5.1.7. Tejido Urbano inc. d) retiro de fondo. Artículo 2º.- La excepción otorgada en el Artículo 1º tendrá vigencia hasta el cese de la actividad Tintorería-Lavandería, habilitada en la citada referencia, según lo establecido en el punto 4.2.1.1 de planilla uso según distrito. Artículo 3º.- La excepción prevista en el Artículo 1º quedará condicionada al cumplimiento de lo establecido en el Código de Edificación – Ordenanza Nº 1581/1995 – 4.6 Muros. Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

7. Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se crea el Trayecto de Formación Integral de Folklore destinada a las infancias. Expte Nº 120/2010-2 (CD) Expte Nº 854/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Créase el Trayecto de Formación Integral en Folklore, destinado a infancias (saberes en lectoescritura), jóvenes y personas adultas con o sin experiencia previa en la disciplina, que como Anexo I forma parte de la presente, dentro de la Estructura de la Escuela Municipal de la ciudad de Santa Rosa, creada por Ordenanza Nº 4199/2010. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido Archívese. ANEXO I. TRAYECTO DE FORMACIÓN INTEGRAL EN FOLKLORE. El Trayecto de Formación Integral en Folklore es una iniciativa de la Dirección de Educación dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Santa Rosa, provincia de La Pampa. La misma comprende un trayecto de formación integral en música y danza folklórica, incentivando a través de la práctica lúdica y recreativa, el disfrute del movimiento y la musicalidad, propiciando un óptimo desarrollo integral del cuerpo, tanto expresivo como técnico. FUNDAMENTACIÓN: La danza y la música son manifestaciones artísticas y socioculturales que desarrollan temáticas tales como la exploración y conocimiento del propio cuerpo, estimulación y percepción de la movilidad, escucha atenta, rítmica y composición, como así también, los conceptos identidad, revalorización y resignificación cultural, producto de la permanente tradicionalización que evidencia la dialéctica entre “el pasado” y “el presente”. Lo que posibilita conocer y comprender tanto la música como la danza folklórica argentina y latinoamericana, decodificar los mensajes estéticos y la creación de nuevas formas de arte folklórico contemporáneo. Esto redunda en la comprensión del desarrollo de estos lenguajes como un hecho artístico y cultural situado en un contexto socio-histórico determinado, en donde se entrelazan diferentes aspectos individuales y colectivos. En este sentido, el arte folklórico implica múltiples aspectos que conforman una revalorización de conformaciones culturales que han dado representación a expresiones que nos identifican como comunidad y atraviesan diferentes artes y oficios. Unir tradiciones e innovación educativa es el fin de esta formación, que a través de las artes, oficios y estrategias pedagógicas significativas generará espacios de reflexión, aprendizaje, investigación y realización de un acervo cultural propio de cada disciplina. Desde una mirada con perspectiva de género y derechos humanos, la formación específica en lenguajes del movimiento y el lenguaje musical, permite la indagación sobre distintas estéticas y estilos, apartándose de los estereotipos estandarizados y uniformes, cristalización de roles interpretativos establecidos según una relación entre los sexos desde la desigualdad, como así también involucrar las disidencias sexo genéricas, que quedan excluidas en dicha segmentación heteronormativa cis-binaria (construcción de roles “varón” y “mujer”). Esta forma de abordar la danza y la música, propia de la contemporaneidad, propicia la diversidad de cuerpos en escena, la diversidad sexual y de género, la valorización de características propias y únicas, la integración de los aportes de conocimiento que pudieran habilitarse en la práctica en forma constructiva y colaborativa desde las trayectorias personales, sociales, de profesionales y estudiantes. Al mismo tiempo, promueve la reelaboración de los discursos identitarios en el ámbito regional, nacional y latinoamericano, a partir de la jerarquización sociocultural como fuente de creatividad, en pos de recuperar y resignificar los valores de libertad, cooperación mutua y soberanía. ANTECEDENTES: La gestión municipal incorporó el Trayecto en Danza en el año 2013, a partir de la integración de distintos talleres libres que se desarrollaron en torno a las artes escénicas, como danza contemporánea, danza folklórica, teatro y acrobacia. A partir del año 2014, se realiza el diseño curricular de la carrera en base a los antecedentes de los trayectos formativos de Cerámica y Música en el marco de la Escuela Municipal de Santa Rosa (EMSAR) creada por Ordenanza Municipal Nº 4199/2010 y en 2020 se formaliza la Tecnicatura en Interpretación y Composición de Danza Contemporánea a través de la Ordenanza Nº 6415/2020. La creación del presente Trayecto es producto de las demandas sociales y la idea permanente de ofrecer a la comunidad, diversas propuestas educativas que conllevan a potenciar las prácticas existentes y la conformación de nuevas propuestas locales. OBJETIVOS GENERALES: *Propiciar la formación integral a lo largo de la vida, en música y danza folklórica. *Diseñar estrategias para la investigación y fortalecimiento de esta formación y de su impacto en la comunidad. *Planificar y desarrollar espacios y propuestas de socialización y participación ciudadana. *Generar un espacio donde abunde el respeto por la diversidad y la libertad de expresión. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Ciclo de Iniciación: *Generar espacios de aprendizajes lúdicos y significativos de acuerdo a las edades contempladas. *Reconocimiento del propio cuerpo para el desarrollo de las habilidades propioceptivas y motoras. *Potenciar la creatividad aplicando conceptos de ambos lenguajes artísticos. *Promover instancias de prácticas inclusivas y cooperativas. Ciclo de Formación: *Reconocer el propio cuerpo como concepto integral. *Descubrir, a partir de la exploración y la reflexión que otorgan la danza y la música, cómo incentivar la imaginación creadora. *Conocer y poner en práctica la diversidad de danzas y música folklórica argentina. *Evidenciar los estereotipos de género en ambos lenguajes y resignificarlos. *Potenciar la puesta en práctica de interpretación y la composición coreográfica y musical. Ciclo de Recreación: *Incentivar el aprendizaje a través de instancias de recreación y socialización. *Generar prácticas y dinámicas colectivas y colaborativas. *Fomentar el conocimiento y resignificación de las danzas y música folklórica pampeana. *Desarrollar un ambiente de aprendizaje integral que propicie la reflexión permanente a fin de resignificar los constructos sociales cotidianos. PERSONAS BENEFICIARIAS: La Formación Integral en Folklore, está destinada a infancias (saberes en lectoescritura), jóvenes y personas adultas sin experiencia previa en la disciplina. CERTIFICACIÓN: 1) Formación Integral en Folklore – Ciclo de Iniciación, certificado por la Municipalidad de Santa Rosa. 2) Formación Integral en Folklore – Ciclo de Interpretación, certificado por la Municipalidad de Santa Rosa. 3) Formación Integral en Folklore – Ciclo de Recreación, certificado por la Municipalidad de Santa Rosa.

ESTRUCTURA CURRICULAR:


Ciclo InicialCiclo de PreparaciónCiclo Recreativo
Personas destinatarias7 a 13 años14 a 40 años
+ 40 años
Eje estratégico para el desarrollo del aprendizajeLúdico-recreaciónArtísticaRecreación
Organización de las horas de aprendizajeFormación Integral Ciclo de iniciación Música- Danza Carga horaria 1 hora semanal.
Formación Integral Ciclo de interpretación Música- Danza Carga horaria 3 hs semanales.

Formación Integral Ciclo de recreación Música- Danza Carga horaria 1 hora semanal.
Organización de las horas de enseñanzaA las horas asignadas por Ciclos, se le suma una hora reloj para la realización de reuniones de equipo y planificación.
Espacios de SocializaciónUna vez cada dos meses, realización de clases abiertas-peñas que fomenten las actividades de aprendizaje y de impacto social de la formación. Pudiendo adaptar tiempos y espacios de realización según el contexto.

CONTENIDOS: Ciclo de Iniciación: Reconocimiento corporal y espacial. Conciencia corporal. Danzas Folklóricas Argentinas. Percusión corporal. Posición de brazos y manos para la danza. Zapateo y zarandeo. Interpretación de repertorios. Voz cantada. Rítmica. Elementos accesorios. Música pampeana infantil. El juego como eje principal del aprendizaje. Ciclo de Interpretación: Reconocimiento corporal y espacial. Conciencia corporal. Eje y postura. Entrenamiento físico y técnicas aplicadas al movimiento. Rítmica. Repertorio musical. Percusión corporal. Repertorio de Danzas Folklóricas Argentinas. Danzas Folklóricas Pampeanas. Posición de brazos y manos para la danza. Contexto socio histórico y geográfico de la danza y la música. Atuendo. Cancionero y repertorio pampeano. Voz cantada. Recitado. Interpretación y composición. Ciclo de Recreación: Reconocimiento corporal y espacial. Eje y postura. Repertorio de Danzas y Músicas Folklóricas Pampeanas. Cancionero y repertorio pampeano. Contexto socio histórico y geográfico de la danza y la música. Atuendo. Objetos y elementos accesorios. Voz cantada. Improvisación. Danzas populares: tango – milonga, pasodoble, otras. La recreación como instancia de aprendizaje.

CRONOGRAMA:

Pre-Inscripciones/ InscripcionesPrimer CuatrimestreReceso de invierno y actividades especialesSegundo CuatrimestreExámenes
Última semana de diciembre de cada año, para el año siguiente.Marzo a la primera semana de julio.
Posterior al feriado del 9 de julio
Agosto a la primera semana de diciembre.Primera semana de marzo.
Primera semana de febrero de cada año. Matriculación


Última semana de julio Exámenes finales.




Última semana de septiembre. Exámenes finales sin suspensión de clases




Tercera semana de diciembre. Exámenes finales.

ESTRUCTURA ORGÁNICA: Secretaría de Cultura y Educación. Dirección de Educación. EMSAR. Personal de la Dirección de Educación. CARGA HORARIA: SEIS (6) horas. MODALIDAD DE DICTADO: Presencial. LUGAR DE CURSADA:Espacios municipales a disposición. CAPACIDAD: VEINTICINCO (25) personas. MODALIDAD DE INGRESO:

Gratuita. Podrán ingresar todas las personas con o sin experiencia previa, con posibilidad de sorteo público (según capacidad). Presentación de apto físico obligatorio. CONDICIONES DE APROBACIÓN: SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de asistencia a las clases desarrolladas. Adquisición de conocimientos y herramientas prácticas y técnicas para la experimentación e interpretación de música y danza Folklórica.”.

PRESIDENCIA: Concejal Depetris tiene la palabra.

CONCEJAL DEPETRIS: Gracias, señora presidenta. Bueno, el fin de este Proyecto de Ordenanza es, requerir del Trayecto inicial en Folklore destinado a infancias. Es destacable que, desde la creación de la Escuela Municipal se han regulado y dado funcionamiento formal a diversas tecnicaturas; producción de cerámica, danza contemporánea, música popular, formación teatral, formación inicial de malambo, y algunas mas. Esta Ordenanza que habilita el funcionamiento de lo que estamos hablando, viene a abonar en todas estas disciplinas que desde nuestra escuela municipal se vienen brindando a la comunidad, llenando una necesidad, justamente, de la propia comunidad. Así que, en ese sentido, solicito el acompañamiento del resto de los Bloques.

PRESIDENCIA: Gracias concejal.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

8. Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se crean la Diplomatura en Lenguajes del Movimiento, la Diplomatura en Creación y Producción en Artes del Movimiento y el Proyecto de Extensión Comunitaria “Artes del Movimiento”, dentro de la estructura de la Escuela Municipal. Expte Nº 120/2010-2 (CD) Expte Nº 934/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Créanse la “Diplomatura en Lenguajes del Movimiento”, la “Diplomatura en Creación y Producción en Artes del Movimiento” y el “Proyecto de Extensión Comunitaria Artes del Movimiento”, que como Anexos I, II y III forman parte de la presente, dentro de la estructura de la Escuela Municipal de la ciudad de Santa Rosa creada por Ordenanza Nº 4199/2010. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese Publíquese. Cumplido. Archívese.ANEXO I. DIPLOMATURA EN LENGUAJES DEL MOVIMIENTO. La Diplomatura en Lenguajes del Movimiento es una iniciativa de la Dirección de Educación dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación de La Municipalidad de Santa Rosa, La Pampa. La misma comprende un trayecto de formación en investigación y exploración del movimiento a través de diversas herramientas, que propician un óptimo desarrollo integral del cuerpo, tanto expresivo como técnico. FUNDAMENTACIÓN: La danza es una manifestación artística y sociocultural que aborda temas tales como la exploración y conocimiento del propio cuerpo, estimulación y percepción de la movilidad, puesta en práctica y estado particular del cuerpo danzante. Este lenguaje, entendido como un saber particular no se limita a un estilo, sino que abarca diferentes formas y prácticas, permitiendo así la posibilidad del movimiento y la experimentación de elementos de la danza que permiten la creación de producciones propias y diseños exclusivos. Esto redunda en la comprensión del desarrollo de este lenguaje como un hecho artístico y cultural situado en un contexto socio-histórico determinado, en donde se entrelazan diferentes aspectos sociales e individuales. En este sentido, este trayecto educativo permitirá el desarrollo técnico y artístico, a partir de la puesta en práctica, la investigación en el campo del movimiento y la creación coreográfica. Desde una mirada con perspectiva de género y derechos humanos, la formación específica en Lenguajes del Movimiento permite la indagación sobre distintas estéticas y estilos de movimiento, apartándose de los estereotipos estandarizados y uniformes, cristalización de roles interpretativos establecidos según una relación entre los sexos desde la desigualdad, como así también involucrar las disidencias sexo genéricas, que quedan excluidas en dicha segmentación heteronormativa cis-binaria (construcción de roles “varón” y “mujer”). Esta forma de abordar la danza, propia de la contemporaneidad, propicia la diversidad de cuerpos en escena, la diversidad sexual y de género, la valorización de características propias y únicas, la integración de los aportes de conocimiento que pudieran habilitarse en la práctica en forma constructiva y colaborativa desde las trayectorias personales, sociales de profesionales y estudiantes. Al mismo tiempo, promueve la reelaboración de los discursos identitarios en el ámbito regional, nacional y latinoamericano, a partir de la jerarquización sociocultural como fuente de creatividad, en pos de recuperar y resignificar los valores de libertad, cooperación mutua y soberanía. ANTECEDENTES: La gestión municipal incorporó el Trayecto en Danza en el año 2013, a partir de la integración de distintos talleres libres que se desarrollaron en torno a las artes escénicas, como danza contemporánea, danza folklórica, teatro y acrobacia. A partir del año 2014, se realiza el diseño curricular de la carrera en base a los antecedentes de los trayectos formativos de Cerámica y Música en el marco de la Escuela Municipal de Santa Rosa (EMSAR), creada por Ordenanza Municipal Nº 4199/2010 y en 2020 se formaliza la Tecnicatura en Interpretación y Composición de Danza Contemporánea a través de la Ordenanza Nº 6415/2020. En la actualidad se reversiona el diseño curricular de la misma, según relevamiento e interés de la sociedad que se relaciona de una manera u otra con el mundo de la danza. La situación socioeconómica y el uso del tiempo son factores relevantes considerados para el tratamiento de reformulación del plan propuesto, a fin de dar respuesta a la comunidad interesada, ampliar derechos en términos educativos y artísticos, como así también diversificar el público y ofrecer mayores oportunidades. OBJETIVOS GENERALES: *Propiciar conocimientos y experiencias que permitan el desarrollo de intérpretes en la danza mediante la práctica crítica y reflexiva permanentemente. Facilitar herramientas para favorecer espacios de investigación creativa con impacto comunitario. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: *Proporcionar conocimientos prácticos y técnicos, respecto de las relaciones entre el movimiento corporal, la voz y la música como medio de expresión, interpretación y comunicación. *Descubrir, a partir de la exploración, la investigación y la reflexión que otorga la danza, cómo incentivar la imaginación creadora. *Generar un aprendizaje integral en la investigación continua de la danza contemporánea y sus diferentes técnicas y estilos, con impacto comunitario. PERSONAS BENEFICIARIAS: La Diplomatura en Lenguajes del Movimiento, está destinada a todas las personas mayores de DIECISÉIS (16) años, sin experiencia previa en la disciplina, que pretendan formarse de manera autónoma, integral y comunitaria a través de una perspectiva permanente de ampliación de derechos. CERTIFICACIÓN: Diplomatura en Lenguajes del Movimiento, certificado por la Municipalidad de Santa Rosa.

ESTRUCTURA CURRICULAR:

Año
Espacio CurricularHoras Semanales
Régimen
Horas Totales
11.1Técnicas de danza
4Anual144
11.2Técnicas circenses para el movimiento.2.5Anual90
11.3Teatro musical2Anual72
11.4Técnica Complementaria de Entrenamiento Corporal1Anual36


Improvisación y composición coreográfica1.5Anual54
Total396 hs

CONTENIDOS: 1º Año. Técnicas de danza: Conciencia corporal. Posibilidades y límites del movimiento. Técnicas básicas para el desarrollo del Movimiento coreográfico. Trabajo de tronco. Segmentos corporales: superior, medio e inferior. Peso, espacio y musicalidad. Posiciones básicas de brazos y pies para la danza. Rotación. Calidades del movimiento. Diferentes estilos: danza clásica, jazz, danza contemporánea, ritmos urbanos (street dance, hip hop, freestyle, break dance, locking popping, house, ritmos caribeños, flamenco, folklore, tango, tap, k-pop, ballroom, bailes de salón). Técnicas circenses para el movimiento: disociación y coordinación. Eje corporal: equilibrio y desequilibrio. Fuerza y resistencia. Apoyos y traslados. Ejercicio aeróbico. Elementos básicos de acrobacia de suelo. Investigación corporal. Técnicas Aéreas. Clown. Técnicas Complementarias de Entrenamiento Corporal: Preparación física para la danza. Técnicas corporales complementarias. Flexibilidad y elongación. Memoria, secuencias coreográficas. Nociones básicas de anatomía. Nociones básicas de eutonía. Teatro musical: técnica de las disciplinas de canto, danza y actuación. Repertorio. Interpretación. Personajes. Coreografías ligadas a la comedia musical.

CRONOGRAMA:

Pre-Inscripciones/ InscripcionesPrimer CuatrimestreReceso de invierno y actividades especialesSegundo CuatrimestreExámenes
Última semana de diciembre de cada año, para el año siguiente.De marzo a la primera semana de julio.Posterior al feriado del 9 de julioDe agosto a la primera semana de diciembre.Primera semana de marzo.
Primera semana de febrero de cada año. Matriculación


Última semana de julio Exámenes finales




Última semana de septiembre. Exámenes finales sin suspensión de clases




Tercera semana diciembre. Exámenes finales.

ESTRUCTURA ORGÁNICA: Secretaría de Cultura y Educación. Dirección de Educación. EMSAR. Personal de la Dirección de Educación. CARGA HORARIA: TRESCIENTAS NOVENTA Y SEIS (396) horas. MODALIDAD DE DICTADO: Presencial. LUGAR DE CURSADA: Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario, sito en calle Avenida San Martín Oeste, intersección Stieben. CAPACIDAD:VEINTICINCO (25) personas. MODALIDAD DE INGRESO: Gratuita. Podrán ingresar todas las personas, a partir de DIECISÉIS (16) años, sin experiencia previa, que realicen la pre-inscripción en el mes de diciembre, con matriculación en febrero, con posibilidad de sorteo público (según capacidad). Presentación de apto físico obligatorio. CONDICIONES DE APROBACIÓN: SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de asistencia a las clases desarrolladas. Adquisición de conocimientos y herramientas prácticas y técnicas para la experimentación e interpretación de composiciones de arte contemporáneo en danza. ANEXO II DIPLOMATURA EN CREACIÓN Y PRODUCCIÓN EN ARTES DEL MOVIMIENTO. DESCRIPCIÓN: La Diplomatura en Creación y Producción en Artes del Movimiento es una iniciativa de la Dirección de Educación dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Santa Rosa, provincia de La Pampa. La misma comprende un trayecto de formación en investigación y exploración del desarrollo de una realización artística en Artes del Movimiento a través de diversas herramientas, que propician un óptimo desarrollo integral de la producción escénica, performática y/o audiovisual. FUNDAMENTACIÓN: La creación de una Diplomatura en Creación y Producción en Artes del Movimiento dependiente de la Dirección De Educación de la Municipalidad de Santa Rosa, surge a partir del propósito de dar relevancia a la producción y gestión artística local. En este sentido, este trayecto educativo así concebido permitirá el desarrollo técnico y metodológico, a partir de la elaboración, dirección de proyectos artísticos y puestas escénicas exclusivas e innovadoras. El desafío de la propuesta, además de generar experiencias estéticas significativas, es también la formación de profesionales con conciencia crítica y reflexiva sobre la danza y el quehacer artístico, aportando para ello las herramientas que les permitan hacerlo de forma autónoma, creativa y socialmente responsable. Desde una mirada con perspectiva de género y derechos humanos, la formación específica en Interpretación y Composición, permite la indagación sobre distintas estéticas y estilos, apartándose de los estereotipos estandarizados y uniformes, cristalización de roles interpretativos establecidos según una relación entre los sexos desde la desigualdad, como así también involucrar las disidencias sexo genéricas, que quedan excluidas en dicha segmentación heteronormativa cis-binaria (construcción de roles “varón” y “mujer”). Esta forma de abordar la danza, propia de la contemporaneidad, propicia la diversidad de cuerpos en escena, la diversidad sexual y de género, la valorización de características propias y únicas, la integración de los aportes de conocimiento que pudieran habilitarse en la práctica en forma constructiva y colaborativa desde las trayectorias personales, sociales de profesionales y estudiantes. Al mismo tiempo, promueve la reelaboración de los discursos identitarios en el ámbito regional, nacional y latinoamericano, a partir de la jerarquización sociocultural como fuente de creatividad, en pos de recuperar y resignificar los valores de libertad, cooperación mutua y soberanía. En la actualidad se reversiona el diseño curricular de la misma, según relevamiento e interés de la sociedad que se relaciona de una manera u otra con el mundo de la danza. La situación socioeconómica y el uso del tiempo son factores relevantes tomados en cuenta para el tratamiento de reformulación del plan propuesto, a fin de dar respuesta a la comunidad interesada, ampliar derechos en términos educativos y artísticos, como así también diversificar el público y ofrecer mayores oportunidades. ANTECEDENTES: La gestión municipal incorporó el Trayecto en Danza en el año 2013, a partir de la integración de distintos talleres libres que se desarrollaron en torno a las artes escénicas, como danza contemporánea, teatro y acrobacia. Así es como a través de estos espacios se fue forjando la estructura del recorrido de formación artística para que quienes asistían, pudieran contar con una diversidad de abordaje de disciplinas. A partir del año 2014, se realiza el diseño curricular de la carrera en base a los antecedentes de los trayectos formativos de Cerámica y Música en el marco de la Escuela Municipal de la ciudad Santa Rosa (EMSAR) creada por Ordenanza Municipal Nº 4199/2010 y en el año 2020 se formaliza la Tecnicatura en Interpretación y Composición de Danza Contemporánea a través de la Ordenanza Nº 6415/2020. En la actualidad se reversiona el diseño curricular de la misma, según relevamiento e interés de la sociedad que se relaciona de una manera u otra con el mundo de la danza. La situación socioeconómica es otro factor relevante tenido en cuenta para el tratamiento de reformulación del plan propuesto, a fin de dar respuesta a la comunidad interesada. OBJETIVOS GENERALES: *Desarrollar la composición en las artes del movimiento, mediante la práctica crítica, reflexiva y creativa. *Facilitar herramientas de producción y gestión que permitan transitar la integralidad del desarrollo artístico. *Proveer métodos de investigación para que puedan crear y desarrollarse en el ámbito artístico con libertad, responsabilidad e impacto comunitario. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: *Desarrollar conocimientos prácticos y técnicos específicos de la danza. *Decodificar los elementos constitutivos del lenguaje corporal, para su aplicación en las composiciones y futuras producciones escénicas. *Generar un aprendizaje integral y profesional en la composición y producción para el desarrollo de propuestas con impacto comunitario. PERSONAS BENEFICIARIAS: Gratuita. La Diplomatura está destinada a personas mayores de DIECISÉIS (16) años y con experiencia previa en la disciplina. Ante la limitante de cupo específico, tendrán prioridad de ingreso aquellas personas que hayan acreditado la Diplomatura en Lenguajes del Movimiento. Se deberá realizar pre-inscripción en el mes de diciembre (en el caso que se tuviera). Se deberá acreditar experiencia a través de Curriculum Vitae, nota de referencia, artículos, certificados u otro formato. CERTIFICACIÓN: Diplomatura en Creación y Producción en Artes del Movimiento, certificado por la Municipalidad de Santa Rosa.

ESTRUCTURA CURRICULAR:

1° Año

Año
Espacio CurricularHoras SemanalesRégimenHoras Totales
12.1Dirección y Puesta en Escena1Anual36
12.3Técnicas de danza.4Anual144
12.9Recursos escénicos complementarios1Segundo cuatrimestre18
1
Producción y Gestión1Cuatrimestre18


EDI2Cuatrimestre36
TOTAL252 hs

CONTENIDOS: Técnicas de danza: Eje. Apoyos. Desplazamientos. Abordaje del suelo. Niveles. Espacio. Tiempo. Energía. Respiración. Antecedentes y Referentes de la Danza Moderna y Contemporánea. Contracción-release. Caída-Recuperación. Tensión-Relajación. Conocimientos teóricos y prácticos esenciales para el desempeño de la danza. Alineación, rotación, postura, colocación. Perpendicularidad, balance, equilibrio en un pié, giros combinados. Secuencias combinadas de los distintos pasos, flexibilidad. Estilos. Interpretación. Improvisación y Composición Coreográfica: Definiciones. Contexto socio-histórico. Composición en entornos escénicos, performáticos, audiovisuales. Práctica escénica. Interpretación y Composición. Dramaturgia en la Danza. Improvisación. Recursos escénicos complementarios: El escenario. Escenografía. Accesorios y elementos. Máquinas teatrales. Iluminación: Tipos de luminarias, uso y efectos. Sonorización: tipos y efectos. Vestuario: caracterización y maquillaje. Dirección y Puesta en Escena: Composición escénica integral en función de la interpretación y composición coreográfica. Elaboración integral de obras y cuadros coreográficos. Dirección y autoría. Práctica escénica, performática y audiovisual. Análisis de obras. Versionado y adaptaciones. Producción y Gestión: Pre-producción. Financiamiento. Elenco. Mercadeo. Difusión y propaganda. Post-producción. Trabajo autogestivo. Organización asociativa tradicional y cooperativa. Líneas y Programas de desarrollo artístico y cultural. Espacio de Definición Institucional: Propuesta de resolución institucional, que se concretará a partir de intereses de estudiantes y cátedras; a través de seminarios, charlas de reflexión, talleres, conversatorios, entre otras posibilidades, vinculadas a los objetivos de la Diplomatura.

CRONOGRAMA:

Pre-Inscripciones/ InscripcionesPrimer CuatrimestreReceso de invierno y actividades especialesSegundo CuatrimestreExámenes
Última semana de diciembre de cada año, para el año siguienteMarzo a la primera semana de julioPosterior al feriado del 9 de julioAgosto a la primera semana de diciembrePrimera semana de marzo. Exámenes finales.
Primera semana de febrero de cada año. Matriculación


Última semana de julio Exámenes finales




Última semana de septiembre. Exámenes finales sin suspensión de clases




Tercera semana diciembre. Exámenes finales.

ESTRUCTURA ORGÁNICA: EMSAR.Personal de la Dirección de Educación.. CARGA HORARIA: DOCIENTOS CINCUENTA Y DOS (252) Horas reloj. MODALIDAD DE DICTADO: Presencial. LUGAR DE CURSADA. Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario, sito en Avenida San Martín Oeste intersección Stieben. CAPACIDAD:

VEINTICINCO (25) personas. MODALIDAD DE INGRESO: Gratuita. Podrán ingresar todas las personas mayores de DIECISÉIS (16) años con experiencia previa, que realicen la pre-inscripción en el mes de diciembre. Acreditando experiencia a través de la presentación de Curriculum Vitae, nota de referencia, artículos, certificados, entre otras formas. En caso de cupo como limitante, tendrá prioridad las personas que hayan acreditado “Diplomatura en Lenguaje del Movimiento”. CONDICIONES DE APROBACIÓN: SETENTA y CINCO POR CIENTO (75%) de asistencia a las clases desarrolladas. Adquisición de conocimientos y herramientas prácticas y técnicas para la composición y producción de arte contemporáneo en danza. Aprobación de un proyecto de auto gestión con impacto comunitario sostenible y sustentable. ANEXO III. PROYECTO DE EXTENSIÓN COMUNITARIA. ARTES DEL MOVIMIENTO. FUNDAMENTACIÓN: El presente proyecto de extensión tiene por objetivo habilitar y promover canales de interacción en el trabajo con la comunidad y las diversas instituciones educativas que la integran. Se considera que generar vinculaciones con las mismas es un trabajo mancomunado y enriquecedor, que habilita diferentes puntos de diálogo constante, resignificando permanentemente el hacer educativo y artístico, como así también losimpactos y/o incidencias que se desprenden de dicha propuesta. Es de vital importancia también, visibilizar un espacio de formación en las artes del movimiento libre y gratuito, respondiendo a las nuevas necesidades e intereses de la sociedad, posicionándose en el eje central de ampliación de derechos, ESI, diversidades y con perspectiva de género. OBJETIVOS GENERALES: *Promover la interacción entre las comunidades educativas y la Escuela Municipal de la Ciudad de Santa Rosa (EMSAR). *Difundir las ofertas educativas de la Escuela Municipal de la Ciudad Santa Rosa (EMSAR). *Ofrecer un ambiente donde el juego creativo y expresivo sea el protagonista. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: *Descubrir a partir de la exploración del movimiento, la investigación y la reflexión, las diversas posibilidades corporales. *Experimentar instancias lúdicas y de indagación que pronuncien la comunicación interpersonal y grupal, a fin de reforzar los vínculos. *Brindar herramientas para el cuidado del cuerpo. ACTIVIDADES: Las actividades a realizar están diagramadas por temáticas con un tiempo específico de duración, caracterizadas por el trabajo colectivo y colaborativo. Inicio: ejercicios lúdicos, entrada en calor, reconocimiento espacial y corporal.

Desarrollo: actividades con diversas técnicas que comprende a las artes del movimiento, investigaciones del lenguaje, dinámicas corporales en dúos y grupales. Cierre: instancias reflexivas, de relajación, de intercambio y enriquecimiento. MODALIDAD: Encuentros mensuales de DOS (2) horas de duración. RECURSOS NECESARIOS: Espacio amplio o SUM. Parlantes. Colchonetas”.

PRESIDENCIA: Concejal Depetris, tiene la palabra.-

CONCEJAL DEPETRIS: Gracias, señora presidenta. Bueno, la presente Ordenanza y con el mismo tenor de la que acabamos de votar, trata sobre la Dilplomatura del Lenguaje en Movimiento; la Creación y Producción del Arte en Movimiento; y el Proyecto de Extensión Comunitaria Arte en Movimiento. Así que, bueno, es un beneplácito sumar en esta Sesión, dos creaciones a nuestra Escuela Municipal. Así que, bueno, igualmente, solicito la votación del resto de los Bloques.

PRESIDENCIA: Gracias concejal.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

9. Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se modifica el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 6472 que regula el Sistema de Estacionamiento Medido. Expte Nº 58/2023-1 (CD) Expte Nº 440/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 8° de la Ordenanza Nº 6472/2021 que regula el Sistema de Estacionamiento Medido que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 8º.- Quedan exceptuados de los alcances del Sistema de Estacionamiento Medido los vehículos pertenecientes a la Municipalidad de Santa Rosa, a la Policía de la provincia de La Pampa, las ambulancias, y vehículos en operativos de emergencia o prestación de servicios públicos. Asimismo, quedan exceptuados del Estacionamiento Medido los vehículos que transporten o sean conducidos por personas discapacitadas, vehículos que transporten o sean conducidos por Veteranos de Malvinas y los vehículos ecológicos, híbridos y/o eléctricos. La Autoridad de aplicación establecerá los requisitos necesarios para acreditar tales condiciones y registrarlos en el sistema.”. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido Archívese.

PRESIDENCIA: Concejal Depetris, tiene la palabra.

CONCEJAL DEPETRIS: Sí. El presente Proyecto de Ordenanza, propone modificar el artículo 8º de la Ordenanza 6472. Y concretamente, integra el texto, a todos los vehículos especiales, en cuanto a que son, vehículos eléctricos o cualquiera de sus derivados. Así que, solicito el acompañamiento porque entendemos que, es una medida que alienta el uso de estas energías alternativas en cuanto a los motores de explosión; que depuran nuestra ciudad y fomentan su uso y la incorporación, justamente, en nuestras calles. Así que, también solicito el acompañamiento.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.–

10. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Disposición mediante el cual se Aprueba la Reserva en Comisión del Expediente Nº 154/1998-29 (CD) caratulado “S/Demandas Iniciadas al Municipio” y la devolución al Departamento Ejecutivo del Expte Nº 748/2023/1-1 (DE).

—Transcripción del Proyecto de DISPOSICION: “Artículo 1º.- Apruébase la Reserva en Comisión Administrativa y Reglamentaciones del Expediente Nº 154/1998-29 (CD), caratulado “S/Demandas Iniciadas al Municipio”. Artículo 2º.- Apruébase la devolución al Departamento Ejecutivo del Expediente que se detalla a continuación:-Expte. Nº 748/2023/1-1 (DE) caratulado “ROMERO, Eliana Vanesa c/Municipalidad de Santa Rosa y Otros s/daños y perjuicios”. Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo remitirá copia autenticada y oportuna de la sentencia que se dicte en autos una vez adquirido firmeza. Artículo 4º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

11. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de interés municipal el el programa radial “La Pelota”, transmitido por Radio Noticias. Expte Nº 51/2023-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el Programa Radial Deportivo “LA PELOTA”, que se emite hace 26 años ininterrumpidamente por Radio Noticias. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución a la producción del programa.. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”

PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Rodríguez Vega.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias, presidenta. Solamente para manifestar sobre esta iniciativa y los fundamentos de la misma, la necesidad de destacar el desarrollo, la permanencia del Programa “La Pelota”, que se emite por Radio Noticias, de lunes a viernes de diecinueve a veinte. Principalmente, destacando el compromiso, el trabajo y la responsabilidad. Y en ese sentido, se da la permanencia del programa en cada una de sus ediciones. El programa arrancó en el año mil novecientos noventa y siete, con Alberto Pereyra y Claudio Dezeo quien hoy continua siendo parte del staff del programa, de la conducción; también junto a Fabricio Koller y Mario Vega que hoy desarrollan en cada emisión, cada semana, este programa que, desde hacer veintiséis años de vigencia, se ha convertido en una referencia de deportes, en lineas generales. Recuerdo que, en cada emisión, cada uno de los periodistas cubrían las distintas disciplinas. Y, ahora han devenido, principalmente, en el desarrollo del fútbol en cuanto a la cobertura; sumando también, en el ultimo tiempo, que me parece importante para la promoción de la actividad, el futbol femenino, con una columna exclusiva. Ustedes lo pueden escuchar sincronizando la radio de lunes a viernes. También, realizando las fiestas anuales que ya son tradicionales para el deporte y el reconocimiento de los deportistas de nuestra provincia. Con lo cual, me parece necesario que, desde este Concejo podamos reconocer la trayectoria del programa “La Pelota” que se emite por Radio Noticias. En este sentido, presidenta, solicito el acompañamiento del resto de los Bloques. Y, esa es la iniciativa y la propuesta. Muchas gracias.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Rodríguez Vega. Sí, concejala Giorgis, tiene la palabra.

CONCEJALA GIORGIS: Sí, señora presidenta. En el mismo sentido. Para, acompañar desde el Bloque del FREPam esta iniciativa de reconocimiento de los veintiséis años de trayectoria del programa La Pelota. Un programa que, en lo personal y en lo familiar, hemos sido desde el primer momento, oyentes; con los inicios, como decía Mariano de Claudio Dezeo y Alberto Pereyra; y luego la incorporación de Fabricio Koller y finalmente, de Mario Vega; en el entendimiento de, algo que conversábamos antes en la Sesión, de los cien años del club All Boys. Es decir, esta cuestión de la importancia del deporte en el área social, en la contención social de nuestros niños, niñas y jóvenes. La gran colaboración que, con mucho esfuerzo, realizan las instituciones deportivas para contribuir al Estado en esta tarea social. Y, que importante que haya medios y programas que, específicamente, difundan estas actividades. Más allá de lo competitivo, como pueden ser los eventos deportivos de fútbol, que son a los que más se dedica La Pelota. Pero, también a compartir las vivencias de esos dirigentes, a veces, las problemáticas de las dirigencias de las instituciones deportivas. A, transmitir las alegrías y las no alegrías de los protagonistas, de los chicos cuando salen de la cancha luego del partido de fútbol, o luego de algún tipo de competencia. La cuestión mas institucional si se quiere, como es toda la actividad de la Liga Cultural de Fútbol. Bueno, en fin, un abanico importante de temáticas que involucran a muchas familias de la ciudad de Santa Rosa y también, de localidades vecinas. En lo particular, estando en la Cámara de Diputados, y propiciando algunos proyectos que tenían que ver con cobrarles a quienes se llevan grandes dineros de la ciudad y del país, como son las compañías de telefonía celular, multas por las estafas a los usuarios; nuestro proyecto, justamente, le daba el destino a esos recursos de las instituciones deportivas, de los clubes, entendiendo esta necesidad. Bueno, La Pelota, en ese momento, como otros medios dedicados al deporte, también nos acompañaron con la difusión de estas iniciativas que, lamentablemente no se lograron concretar como leyes. Pero, siguen siendo una buena propuesta y una necesidad para fortalecer a las instituciones que tienen que ver con el deporte. Y, en esto, los medios de comunicación, y este programa en particular, así como otros que también se dedican al relato deportivo, tienen mucho influencia. Por eso, nos parece justo que, institucionalmente desde el Concejo, también valoremos este trabajo.

PRESIDENCIA: Gracias concejala.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

12. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de interés municipal la obra del artista plástico Juan Manuel Giménez. Expte Nº 52/2023-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la Obra del artista plástico Juan Manuel Giménez. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución al artista Juan Manuel Giménez. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra la concejal Guaiquian.

CONCEJALA GUAIQUIAN: Gracias, señora presidenta. Hemos visto en estos últimos años, muchos tapiales o fachadas de nuestra ciudad que han sido embellecidas con ciertas pinturas murales que, contribuyen a dar ese colorido. Y, no solamente ese colorido, sino también, identidad a nuestra ciudad. identidad estética, significación cultural. Y, esas pinturas dentro de la diversidad, hermana con nuestra identidad, con ese pensamiento que tenemos como sociedad. Siempre nos interpelan a pensar, ese tipo de intervenciones que realiza. Producen un lazo social, político, entre aquel artista que se dispone a pintar, a hacer esa intervención y el ciudadano aquel que lo aprecia, o bien, lo puede llegar a intervenir. Y, uno de los artistas que mas profundamente viene en esta práctica es Juan Manuel Giménez. Juan es un autodidacta, que participa, continuamente, de diferentes encuentros profesionalizándose, aprendiendo, investigando, tomando acción también con otros tipos de muralistas. Y, se dedica a realizar este tipo de intervenciones en nuestra ciudad. Es muy interesante lo que establece el Ministerio de Cultura de la Nación para fomentar, en parte, el muralismo, manifestando que, el muralismo fue un movimiento artístico indigenista que fue asociado a la revolución mexicana de mil novecientos diez, que con el tiempo se fue expandiendo progresivamente a todo el mundo y especialmente a latinoamérica y potenció el rol político de los y las artistas, trabajadores y trabajadoras de la cultura, que interpelando su realidad a través de esta expresión artística, promueven una visión critica del presente y de la historia. Me parece muy loable, muy importante, poder resaltar eso. También, este tipo de intervenciones desarrollan una importante función educativa como una herramienta para poder conocer, reflexionar, acerca de los acontecimientos que se van sucediendo dentro de la vida social. Y es un movimiento que ha crecido dentro de nuestro país; y se ha ido consolidando. Por esas razones, señora presidenta, solicito el acompañamiento al resto de los Bloques. Muchas gracias.

PRESIDENCIA: Gracias concejala Lorena Guaiquian.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

13. Despacho de la Comisión de Derechos Humanos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se crea el Espacio por la Memoria, Verdad y Justicia en el ámbito del Concejo Deliberante. Extpte Nº 53/2023-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Créase el “Espacio por la Memoria, Verdad y Justicia”, en el ámbito del Concejo Deliberante. Artículo 2º.- En el “Espacio por la Memoria, Verdad y Justicia”, se colocarán expresiones artísticas, pinturas, fotografías, esculturas, que reflejen en Terrorismo de Estado en la última dictadura cívico militar. Artículo 3º.- El “Espacio por la Memoria, Verdad y Justicia”, se ubicará en el ingreso del edificio del Concejo Deliberante. Artículo 4º.- Las obras productos de donaciones pasaran a integrar el acervo patrimonial del Concejo Deliberante.” Artículo 5º.- Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

PRESIDENCIA: Le voy a solicitar al concejal Pera Ibarguren que venga a ocupar el sitial de Presidencia, así voy a fundamentar.

De conformidad con lo solicitado por la Presidencia en el marco del articulo 19 inciso 5) del Reglamento Interno de este Cuerpo, el concejal Pera Ibarguren procede a ocupar el lugar de la Presidencia, mientras que su titular procede a ubicarse en una de las bancas.

VICEPRESIDENCIA: Concejala Grotto tiene la palabra.

CONCEJALA GROTTO: Gracias, señor vicepresidente. Bueno, vengo en estos momentos a fundamentar el Proyecto de creación de este espacio de la Memoria, la Verdad y la Justicia que hemos generado por el ingreso correspondiente a este Concejo Deliberante en la avenida San martín. Como todos los años, venimos trabajando intensamente para revalorizar esta semana por la Memoria, la Verdad y la Justicia que transcurrimos hacia fines del mes de marzo. Surgió la posibilidad a partir de que, justamente, el artista que recién homenajeamos, nos donara un cuadro que hoy esta exhibido en este lugar, buscándole un espacio para poder mostrar ese arte y lo que significaba ese cuadro, se nos ocurrió generar este espacio, este lugar, que justamente es la casa del pueblo, como otra actividad diferente para revalorizar esta semana que, tanto nos significó a los argentinos y a las argentinas, sobre todo en este marco, donde estamos cumpliendo este año cuarenta años ininterrumpidos de democracia: Que, sabemos lo que costó volver a recuperarla. Y, habiendo quedado tan lejos ya, en la historia, nos parecía importante que ocupara ese lugar donde tantas personas transcurren, ingresan y por ahí, tanta gente joven que viene también a este Concejo, pudiera generar un debate a partir de allí. También instamos a los artistas que quieran exponer su arte más allá que donen o no sus obras, puedan estar exhibidas ahí. Incorporamos también el listado de las víctimas del terrorismo de Estado para tenerlos siempre presentes. Y, bueno, por supuesto, seguir buscando a los niños y niñas que ya hoy son adultos y que todavía continúan con su identidad oculta y nosotros y nosotras seguimos buscándolos. Me enorgullece formar parte de este Cuerpo Deliberativo en el cual estamos todas y todos de acuerdo en seguir sosteniendo las banderas de la Memoria, la Verdad y la Justicia; y seguir luchando contra ese sector de la sociedad que niega eso que nos pasó; y que nos parece tan dañino que eso pase. Así que, agradezco mucho al resto de los compañeros y compañeras concejales que nos han acompañado en esta iniciativa. Y, solicito que ahora lo plasmemos con el acompañamiento a la Ordenanza en cuestión. Muchas gracias.

VICEPRESIDENCIA: Gracias concejala Grotto. La invito nuevamente a seguir presidiendo esta Sesión.

De acuerdo a lo expuesto por el vicepresidente, la concejala Grotto procede a ubicarse nuevamente en el sitial de la Presidencia ocupando su cargo y el concejal Pera Ibarguren procede a ubicarse en su respectiva banca.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

14.- Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de interés municipal las III Jornadas Provinciales del Sector Público, a desarrollarse los días 26 y 27 de Abril del corriente. Por Secretaría se da lectura.

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal las “III Jornadas Provinciales del Sector Público”, a desarrollarse en la ciudad de Santa Rosa los días 26 y 27 de Abril del corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de La Pampa, organizadora del citado evento. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diez con cincuenta y ocho minutos.

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