Radio de Prestación de ciertos servicios municipales.

Radio de Prestación de ciertos servicios municipales.

Resolución N° 95/1985
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 14 de Enero de 1985.

ARTICULO 1º.- Considerar incluidos en el radio de cobro de los servicios de Alumbrado, Limpieza, Barrido y Conservación de la Vía Pública, así como de la tasa por Inspección a Propiedades No Edificadas en los casos que corresponda, a los inmuebles comprendidos en el sector delimitado por las calles Trenel-Avda. Circunvalación S. Marzo (frente sudoeste) Telén-Unanue-Guatraché-Luis A. Ferrando-Bernasconi y San Luis. En los casos que no se detalla frente, deben considerarse
ambos.

ARTICULO 2º.- Considerar como Zona Preventiva R4, a los efectos del cobro de la tasa por Inspección a Propiedades No Edificada a los inmuebles comprendido en la calle Telén, entre Avda.
Circunvalación S. Marzo y Unanue, frente sudeste.

ARTICULO 3º.-Considerar incluidos en el radio de cobro de los servicios de Limpieza y Conservación de la vía Pública a los inmuebles situados sobre el frente sudeste de la calle Telén, entre Unanue y Utracán, y de los servicios de limpieza, Conservación de la vía Pública y Alumbrado, a los inmuebles situados sobre el frente sudoeste de la calle Utracán entre Avda. Pte. Juan D. Perón y Telén.

ARTICULO 4º.- El cobro de las tasas correspondientes a lo establecido en los artículos anteriores, procederá a partir del 01/01/85, a través de una emisión especial de facturación cuyo vencimiento se fijará oportunamente.

ARTICULO 5º.- Regístrese, publíquese, pase a conocimiento de la Dirección de Servicios Públicos y Dirección de Rentas y cumplido, archívese.

Adolfo MOLAS Eduardo Feliz MOLTENI
Secretario de Obras y Intendente Municipal
Servicios Públicos

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