Rendiciones de Viáticos. Normas.

Rendiciones de Viáticos. Normas.

Resolución N° 829/87
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 10 de Abril de 1987.

ARTICULO 1º.- Las rendiciones de viáticos deberán realizarse ante el Despacho de la Secretaría que lo comisionó.

ARTICULO 2º.- Dentro de los noventa y seis (96) horas de concluída la misma, cada Despacho deberá enviar a Tesorería las planillas de anticipo de viáticos y rendición, acompañada con la documentación respectiva si correspondiera ( Ej.: facturas de combustible, pasajes, etc.).

ARTICULO 3º.- Vencido este plazo, Tesorería comunicará por nota al Secretario que corresponda, para que autorice la deducción del anticipo de su sueldo – hasta que rinda.-

ARTICULO 4º.- Regístrese por Mesa de Entradas notifíquese y cumplido: ARCHIVESE.

Felix Daniel MARIANI Eduardo Feliz MOLTENI
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social

Agr. Adolfo MOLAS
Secretario de Obras y
Servicios Públicos

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