Abono anual gratuito para escolares.

Abono anual gratuito para escolares.

Resolución N° 8/1984 Dictada por el Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa el 27 de Abril de 1984.
ARTICULO 1º.- Las empresas concesionarias del transporte colectivo automotor de pasajeros actuantes en el ejido de la ciudad de Santa Rosa, podrán otorgar un abono anual gratuito a los escolares de familias de escasos recursos, concurrentes a establecimientos estatales.
ARTICULO 2º.- El abono será otorgado por las empresas concesionarias a los alumnos que acrediten estudiar en escuelas situadas a ocho o más cuadras de distancia de sus respectivos domicilios. A estos efectos, será suficiente un certificado extendido por la autoridad del Establecimiento Educativo.
ARTICULO 3º.- Entiéndese por escolares a los asistentes a escuelas de nivel preprimario, primario y secundario, incluso los de escuelas nocturnas.
ARTICULO 4º.- El abono indicará las fechas de vigencia, las que deberán coincidir con las del comienzo y finalización de cada ciclo lectivo. De no estar determinada al comienzo del año escolar la fecha de finalización, se colocará como provisoria la del día diez de diciembre de cada año.
ARTICULO 5º.- El abono será válido si es presentado por escolares con guardapolvo, excepto en los casos de aquellos alumnos que concurran a establecimientos donde tal requisito no es exigible.
ARTICULO 6º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo, y cumplido, archívese.
María Teresa R. de MAYER Secretaria H. Concejo Deliberante – Presidente H. Concejo Deliberante Ing. Nestor M. BOSIO

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