Normas para el pago del derecho de inscripción de títulos.

Normas para el pago del derecho de inscripción de títulos.

Resolución N° 770/1984
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 31 de Mayo de 1984.

ARTICULO 1º.- Para la liquidación de los derechos por inscripción de títulos, inciso c) del artículo correspondientes a los derechos de catastro, dentro del Capítulo de Derechos de Construcción, deberá tenerse en consideración el valor vigente a la fecha de confección del título.

ARTICULO 2º.- El artículo anterior deberá aplicarse siempre que el trámite de inscripción se inicie dentro de los noventa (90) días corridos a partir del día inmediato siguiente al de la fecha del
título.

ARTICULO 3º.- La presente Resolución será aplicada en aquellos casos de títulos con fecha anterior al 15 de mayo de 1984 inclusive.

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, y pase a conocimiento de la Dirección de Rentas y Secretaria de Obras Servicios públicos (División Catastro).

Felix Daniel MARIANI Eduardo Felix MOLTENI
Secretario de Gobierno, Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social

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