Registro de Agrimensores de la Municipalidad de Santa Rosa.

Registro de Agrimensores de la Municipalidad de Santa Rosa.

Resolución N° 468/1984
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 16 de abril de 1984.

ARTICULO 1º.- A partir de la fecha, se abrirá un registro de Agrimensores, en el que deberán estar inscriptos todos los profesionales de dicha especialidad, que operen en la ciudad de Santa Rosa.

ARTICULO 2º.- Los mismos abonarán un arancel anual por inscripción y/o renovación de la Matrícula Municipal, que se establecerá en la Ordenanza Tarifaria respectiva.

ARTICULO 3º.- Fíjase un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la presente, para que dichos profesionales den cumplimiento a lo establecido en el artículo 1° de esta Resolución.

ARTICULO 4º.- Oportunamente se fijará el plazo para el pago de lo establecido en el artículo 2°.

ARTICULO 5º.- Regístrese, publíquese y pase a conocimiento de la Dirección de Obras Públicas y Dirección de Rentas. Cumplido: Archívese.

Agr. Adolfo MOLAS Eduardo Feliz MOLTENI
Secretario de Obras y Intendente Municipal
Servicios Públicos

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