Pago de tasas y contribuciones en cajas recaudadoras municipales. Normas

Pago de tasas y contribuciones en cajas recaudadoras municipales. Normas

Resolución N°1791/1984
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 17 de Octubre de 1984.

ARTICULO 1º.- A partir del 1°/11/84, las Cajas Recaudadoras Municipales aceptarán únicamente el pago de las facturas por tasas y contribuciones que se encuentren “vencidas”, salvo en los casos que a continuación se mencionan:

  1. Pagos en cuotas hasta tanto se implante su pago a través del Banco.
  2. Usuarios que deseen beneficiarse con el descuento del diez por ciento (10%) sobre el 6°

bimestre, siempre y cuando el mismo se efectice con el vencimiento del bimestre anterior.
c) Algún otro caso especial, previa intervención de la Dirección de Rentas.

ARTICULO 2º.- Regístrese, publíquese, comuníquese a las respectivas dependencias y cumplido: Archívese.

Felix Daniel MARIANI Eduardo Felix MOLTENI
Secretario de Gobierno, Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social

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