Secciones Compras y Stock del Parque Automotor. Reglamento. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6202/2019

Secciones Compras y Stock del Parque Automotor. Reglamento.

DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6202/2019

Resolución Nº 1671/1981 Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 23 de junio de 1981.
ARTICULO 1º.- Aprobar el reglamento confeccionado para las Secciones Compras y Stock del Parque Automotor, dependiente de la División Compras y Suministros (Central), de la Contaduría General.
ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, tome conocimiento Contaduría, División Compras y Suministros y Secciones Compras y Stock del Parque Automotor. Cumplido: Archívese.
Mario L. MANFREDI Agrim. OSVALDO G. DI PEGO
Secretario de Gobierno, Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social R E G L A M E N T O SECCIONES COMPRAS Y STOCK – PARQUE AUTOMOTOR Las Secciones Compras y Stock del Parque Automotor dependerán directamente de la División Compras y Suministros (Central), de la Contaduría General y funcionarán de la siguiente manera:
PERSONAL

  1. Un Jefe de Sección Compras
  2. Un Jefe de Sección Stock
  3. Un Agente Administrativo
  4. Un Auxiliar Comprador
  5. Un Auxiliar Depósito
  6. El Jefe de la Sección Compras será el único responsable de la tramitación de las compras, debiendo conformar la totalidad de las mismas. Toda solicitud de compras será tramitada únicamente cuando conste la conformidad del Señor Director de Servicios Públicos.
  7. La Sección Compras recibirá las solicitudes de provición conformadas por el Señor Director de Servicios Públicos.
  8. Cuando la compra a efectuar no supere el monto de Pesos Trescientos Mil ($300.000), la misma se efectuará directamente, teniendo en cuenta el registro de proveedores habilitado al efecto, asignando dicha compra en forma rotativa. Para montos mayores deberá efectuarse el correspondiente pedido de precios a sobre cerrado, a tres comercios del ramo como mínimo, de acuerdo al Registro antes citado.
  9. Confeccionará la orden de compra directa:

Para montos de hasta Pesos Trescientos Mil ($300.000) y casos de suma urgencia debidamente justificados por el Director de Servicios Públicos, entregará copia de la misma al proveedor y retirará los elementos. Posteriormente la orden será firmada por el Secretario o el Intendente.
Para casos superiores a los nombrados confeccionará orden de compra y seguirá el procedimiento habitual.
5) Para casos de cotización previo desarmado y a los efectos de evitar costos que surjan de dicha tarea se procederá a con tratar las reparaciones, teniendo en cuenta el Registro de Proveedores para el rubro correspondiente.
6) Habilitará un Registro de Proveedores de Bienes y Servicios, debiendo mantenerlo actualizado.
7) La Sección Stock será la única responsable directa de los bienes acopiados en depósito y su permanente actualización.
8) Recibirá de los proveedores los materiales y bienes con destino a depósito, previo control de los mismos, dando ingreso a los registros correspondiente.
9) Las entregas de stock serán autorizadas mediante vales debidamente conformados por el Director de Servicios Públicos.
10) Efectuará el control diario de entrega y existencia de combustibles y lubricantes despachados y en stock en el Parque Automotor.
11) El Jefe de Stock deberá remitir en tiempo y forma que determina la Reglamentación en vigencia, los informes correspondientes de los bienes a su cargo, a la División Bienes patrimoniales dependiente de la Contaduría General.
12) Los Jefes de Secciones mencionados informarán al Contador General toda novedad que afecte el normal desenvolvimiento de sus funciones.

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