Reglamentando la Ordenanza Nº 487/1988 ( Abonos mensuales de pasajes).

Reglamentando la Ordenanza Nº 487/1988 ( Abonos mensuales de pasajes).

Resolución N° 1551/88
Sancionada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 8 de Agosto de 1988.

ARTICULO 1º.- El abono mensual consistirá en un talonario con tiquets troquelados y numerados que permitan su extracción del mismo. En cada tiquet deberá constar las siguientes leyendas.

  1. Nombre y dirección de la empresa.
  2. Tipo de boleto (Unico o Escolar).
  3. Abono Mensual
  4. Ordenanza N° 487/88.
  5. Fecha de expiración del abono.
  6. Número de tiquet.

ARTICULO 2º.- Los talonarios de abonos mensuales deberán tener como mínimo una cantidad de veinticinco (25) viajes, pudiendo la empresa ofrecer talonarios de otras cantidades superiores de alternativas para el usuario.-

ARTICULO 3º.- El abono de boleto único gozará de una bonificación mínima de un veinte por ciento (20%), y el correspondiente al boleto escolar una bonificación mínima de un treinta por ciento (30%).-

ARTICULO 4º.- Los abonos tendrán vigencia por cuarenta (40) días a partir de la fecha de emisión. Una vez vencido el plazo los tiquets no utilizados podrán ser entregados en parte de pago al nuevo abono, considerándose a tal efecto el valor del tiquets al efecto de su expedición.-

ARTICULO 5º.- Los convenios celebrados de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° deberán ser presentados ante el Departamento Ejecutivo dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la
concreción de los mismos.-

ARTICULO 6º.- Los convenios preverán que el usuario no sufra el corte del beneficio en caso de incumplimiento de las partes pérdidas de vigencias del mismo.-

ARTICULO 7º.- La Secretaría de Gobierno, Hacienda y Acción Social a través de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Santa Rosa, será el organismo de aplicación de la Ordenanza N° 487/88 y la presente reglamentación, debiendo producir una evaluación mensual del sistema en orden a lo previsto en el artículo 5° de la Ordenanza de referencia.-

ARTICULO 8º.- Regístrese, pase a conocimiento de la Dirección de Tránsito y Transporte, publíquese. Cumplido: ARCHIVESE.-

Cr Omar MARTINEZ ALMUDEVAR Dr. Manuel Justo BALADRON
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social

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