Licencia ordinaria anual de funcionarios Municipales.

Licencia ordinaria anual de funcionarios Municipales.

Resolución Nº 1346/1984
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 20 de Agosto de 1984.-

ARTICULO 1º.- Artículo 1º.-Modificado por Resolucion nº 2078-92. Los funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal tendrán derecho a una licencia para descanso anual de treinta (30) días corridos con goce de haberes que se otorgará por año calendario vencido, siempre que la antigüedad en el cargo no sea inferior a seis (6) meses, en cuyo caso la licencia será proporcional, computándose a razón de una doceava parte por cada mes do fracción de quince (15) días o mayor.

ARTICULO 2º.- A los fines de la antigüedad exigida por el artículo anterior, se computará la que acredite el funcionario en el ejercicio de otros cargos de la Administración Pública Provincial y/o
Municipal, cuando no exista solución de continuidad en la ocupación de los mismos con relación al de este régimen.

ARTICULO 3º.- Por razones de servicio, el Intendente Municipal, podrá postergar o transferir al año siguiente la licencia del funcionario.

ARTICULO 4º.- La licencia para descanso anual podrá fraccionarse a pedido del funcionario y se interrumpe por maternidad o enfermedad del mismo, prosiguiendo a la finalización de las otorgadas por dichas causas.

ARTICULO 5º.- Los funcionarios a que se refiere el artículo 1º, tendrán derecho a las licencias instituidas para el personal permanente por los artículos 127, 133, 143 -inc.a) y 147 -inc. a) y b)
de la Ley Nª 643, con arreglo a las disposiciones concordantes.

ARTICULO 6º.- La licencia para descanso anual de los funcionarios comprendidos en la presente Resolución, será otorgada por el Intendente Municipal, debiendo formularse la solicitud diez (10) días antes de la fecha propuesta para la iniciación. Previa comprobación de la antigüedad acreditada se le notificará la resolución que se adopte, con cinco (5) días de anticipación al comienzo de su licencia.

ARTICULO 7º.- Regístrese, comuníquese y cumplido: Archívese.

Félix Daniel MARIANI Agr. Adolfo MOLAS Eduardo F. MOLTENI
Secretario de Gobierno, Secretario de O.y Intendente Municipal
Hacienda y A. Social Serv. Públicos

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