Resguardo de vehículos municipales fuera del horario de servicio.

Resguardo de vehículos municipales fuera del horario de servicio.

Resolución Nº 12/76
Dictada por el Intendente Municipal
el día 14 de enero de 1976.

ARTICULO 1º.- A partir del día de la fecha, todos los vehículos propiedad de esta Comuna, fuera del horario de servicio, deberán permanecer en resguardo en el Parque Automotor o patio municipal,
según el caso.

ARTICULO 2º.- Regístrese, fórmese expediente, tomen conocimiento Secretarías de Obras y Servicios Públicos y de Gobierno, Hacienda y Acción Social; Inspección General; Supervisión General; Oficina de Compras y Suministros; Matadero y Parque Automotores. Cumplido, archívese.

Héctor Oscar FERNANDEZ Fernando DOMINGUEZ
a/c Secretaría de Intendente Municipal
Obras y Serv. Públicos

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