Ordenanza Nº 6992/23

Obra de gas natural en calles Jorge Luis BORGES, Luis PASTEUR y LOPE DE VEGA

 SANTA ROSA (L.P.), 30 DE NOVIEMBRE DE 2023.

El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Jorge Luis BORGES, vereda Noreste, desde punto de empalme hasta Luis PASTEUR; Luis PASTEUR, vereda Noreste, desde Jorge Luis BORGES hacia Juan Facundo QUIROGA; LOPE DE VEGA, vereda Sureste, desde Jorge Luis BORGES hacia Juan Facundo QUIROGA incluye cruce por LOPE DE VEGA, DOSCIENTOS SEIS (206) metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expediente Nº 3423/2023/1-1 (DE).

Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.

Artículo 3º.- La obra será financiada y ejecutada por la Empresa MATERIALES BUTALO S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.

Artículo 4º.- La Empresa MATERIALES BUTALO S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de   obra, debiendo    responder   por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.

Artículo 5º.- Se   deja   constancia   que    previo   a   iniciar    los   trabajos respectivos, la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 2486/1999.

Artículo 6º.- Comuníquese al Sistema de Información Georreferenciado, S.I.G., para la actualización de la base de datos correspondientes.

Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 244/2023-1 (CD) y Expte. Nº 3423/2023/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.

GARCÍA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Abog. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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