Ordenanza Nº 6986/23

Declaración de la Emergencia Sanitaria en la ciudad de Santa Rosa

SANTA ROSA (L.P.), 30 DE NOVIEMBRE DE 2023.

El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º.- Declárase la Emergencia Sanitaria en la ciudad de Santa Rosa comprendiendo integralmente los sistemas de agua potable, desagües cloacales, desagües pluviales y sistemas de escorrentías de precipitaciones, balance hídrico de napas freáticas y disposición final de residuos sólidos urbanos con el objetivo de proporcionar celeridad y ejecutividad a los procedimientos administrativos necesarios para implementar las medidas pertinentes a fin de resguardar la salud de la población.

Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la adquisición de bienes de capital, bienes de consumo y contratación de servicios, en los términos del Artículo 34° inciso c) subinciso 1 de la Ley Provincial Nº 3 de Contabilidad y, a la contratación de obras en los términos del Artículo 9 inciso c) de la Ley General de Obras Públicas Nº 38 y sus modificatorias sin necesidad de intervención del Consejo Municipal de Obras Públicas, necesarias para resolver la situación de emergencia sanitaria declarada en el Artículo 1° precedente.

Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo deberá remitir al Concejo Deliberante rendiciones adicionales, informando los bienes de capital, de consumo y de servicios, contratados durante la emergencia declarada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza.

Artículo 4º.- La emergencia Sanitaria declarada en el Artículo 1° tendrá vigencia desde el 1º de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2025, pudiendo las contrataciones formalizadas hasta esa fecha prever plazos de cumplimiento superiores a la misma.

Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 123/2015-1 (CD) y Expte. Nº 4023/2015/1-2 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.

GARCÍA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Abog. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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