ORDENANZA Nº 6254/2019

Donación de un inmueble a la "FEDERACION DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA"

SANTA ROSA (L.P.), 08 DE NOVIEMBRE DE 2019.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.

Artículo 1º: Desaféctase como Espacio Verde y Dónase a la “FEDERACION DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA”, Personería Jurídica Nº 1145 (D.G.S.P.J. Y R.P.C.), un inmueble identificado catastralmente como: Ejido 047- Circunscripción III- Radio J- Manzana 24- Parcela 3, Partida Nº 668227 y Referencia Nº 29140, con una superficie de 13.176,91 m2, y de acuerdo a documentación obrante a fs. 15, 16 y 17 del Expte. Nº 231/2017-1 (HCD), para la construcción del Centro Provincial de Capacitación.

Artículo 2°: Finalizado el proyecto de mensura, la “FEDERACION DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA”, se hará cargo de la escrituración del inmueble a su favor, corriendo con los gastos de la tramitación de dominio.

Artículo 3°: Se impone al donatario el cumplimiento de la carga de permitir el uso en forma gratuita de las instalaciones a construir, para el desarrollo de actividades institucionales y comunitarios, en la forma y condiciones estipuladas en el convenio de uso que, como Anexo I, forma parte de la presente; y dar comienzo en el plazo de Cinco (5) años, a partir de la promulgación de la presente, a los trabajos para la construcción de su sede, respetando lo establecido en las Leyes de la Provincia de La Pampa Nº 1914 Ley Ambiental Provincial y 2624 – Ley Provincial de Bosques – en lo relativo a conservar los caldenes existentes en el inmueble. En la escritura traslativa de domino deberá constar explícitamente el cargo impuesto por la presente Ordenanza.

Artículo 4º: El no cumplimiento de cualquiera de las imposiciones contenidas en la presente, como así también el cambio en el destino o la disolución de la “FEDERACION DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA”, será causal suficiente para que la Municipalidad de Santa Rosa ejerza el derecho de reversión de la presente donación.

Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 231-1/2017 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

ANEXO I

En la ciudad de Santa Rosa, a los …… días del mes de ….. del año 2019, entre la Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Ingeniero. Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, en adelante “La Municipalidad” por una parte, y por la otra la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, representado en este acto por el/la Sr/a …………….. DNI …………………… En adelante “El Donatario”, convienen celebrar el presente CONVENIO DE USO, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL DONATARIO se compromete a permitir a LA MUNICIPALIDAD, la utilización de las instalaciones construidas sobre el terreno donado, para el desarrollo de actividades institucionales y de capacitación para LA MUNICIPALIDAD , las que deberán programarse y comunicarse con una anticipación no menor a 72 horas, para ser coordinadas con las que desarrolle el donatario que prestará conformidad.

SEGUNDA Para todos los efectos legales a los que pudiera dar lugar el presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta ciudad, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle, y constituyen domicilios especiales: LA MUNICIPALIDAD en Avenida San Martín Nº 50 y EL DONATARIO en calle …………………………… ambos de la ciudad de Santa Rosa.

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

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