ORDENANZA Nº 6194/2019

Modificación de la Ordenanza Nº 4750/2012, sobre fondos para organizaciones no gubernamentales. DEROGADA POR LA ORDENANZA N° 6539/2021

SANTA ROSA (L.P.), 16 DE AGOSTO DE 2019.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.

ARTICULO 1º: Modifícase el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 4750/2012 que quedará redactado de la siguiente manera:

¨Artículo 10º: La rendición de la distribución de fondos anual deberá realizarse hasta el 30 de noviembre de cada año, plazo que vencerá de manera automática sin necesidad de requerimiento o interpretación alguna. Respecto del procedimiento para efectuar las rendiciones deberá tenerse en cuenta:

  1. Los documentos a presentar como respaldo de las erogaciones se basaran en facturas originales y/o equivalentes que cumplan los requisitos establecidos en la RG 1415/03 de la AFIP, sus modificatorias y complementarias.
  2. No obstante, toda factura o documento equivalente que no reúna tales requisitos será aceptada como comprobante fehaciente de la contratación siempre que permita individualizar la operación realizada y la entidad jurídica de las partes intervinientes.

Esta autorización tendrá el carácter de excepcional y deberá ser solicitada y fundamentada por la autoridad que la realiza, en cada caso. Sólo podrán tomarse estos comprobantes hasta un 20 % del monto del subsidio.
c) Los documentos que se presenten como respaldo deberán corresponder a operaciones contratadas y abonadas en el año calendario de la distribución de los fondos, independientemente, de la fecha en que estos se hayan percibido. Se incluirán, además, las efectuadas en el mes de diciembre del último año inmediato anterior.
d) En cuanto a la pertinencia de los comprobantes agregados, respecto de la finalidad para la que fueron otorgados los fondos, deberá tener concordancia con la Resolución o Disposición que lo estableció.¨

ARTICULO 2º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido. Archívese.

Expte. Nº 221/2011-1 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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