ORDENANZA Nº 5747/2017
Cesión en comodato a la Policía Federal Argentina de un espacio en la TERMINAL de ÓMNIBUS de la ciudad
SANTA ROSA (L.P.), 09 DE NOVIEMBRE DE 2017.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.
Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder en comodato a la Policía Federal Argentina un espacio en la TERMINAL de ÓMNIBUS de la ciudad de Santa Rosa sita en Av. Luro y Corrientes de esta ciudad identificado con la letra A en el plano que como ANEXO forma parte del Contrato de Comodato referido en el Artículo siguiente de la presente.
Artículo 2°: Apruébese el modelo de Contrato de Comodato que como Anexo I forma parte de la presente, autorizando al Departamento Ejecutivo a suscribir el mismo, con las formas y alcances previstos en aquél.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 221/2017/1-1 (HCD) y 2592/2017/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.
CONTRATO COMODATO
Entre la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Ing. Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, DNI N° ………………., constituyendo domicilio a efectos del presente en Av. San Martín N° 50 de la Ciudad Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en adelante “LA COMODANTE”, por una parte; y LA Policía Federal Argentina, representada en este acto por …………….., DNI Nº …………………, con domicilio en ……………, en adelante “LA COMODATARIA”, y ambas conjuntamente referenciadas como “LAS PARTES”, convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “LA COMODANTE” da en comodato gratuito a “LA COMODATARIA” un espacio en la Terminal de Omnibus de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, el cual se identifica con la letra “A”, según plano adjunto que forma parte del presente Contrato como ANEXO. “LA COMODATARIA” acepta y recibe, en este mismo acto, el bien otorgado en uso en el estado en que se encuentra, lo que declara conocer y aceptar.
SEGUNDA: El presente Contrato de Comodato será válido por el término de CINCO (5) años, y comenzará su vigencia a partir de la fecha de su suscripción, renovándose automáticamente por igual período de tiempo salvo que sea rescindido en forma expresa por alguna de ¨LAS PARTES” . Las partes se reservan el derecho de rescindirlo en cualquier momento, sin que ello genere responsabilidad alguna para ninguna de ellas, en tanto se notifique dicha decisión a la otra parte en forma fehaciente y con un plazo de SESENTA (60) días corridos de antelación a la fecha en que se pretenda la devolución del inmueble objeto de este convenio.
TERCERA: “LA COMODATARIA” se obliga a destinar el inmueble objeto de este contrato, exclusivamente para el desarrollo de sus tareas de control, revisión y requisa de equipajes, encomiendas y pasajeros que transiten por la Terminal de âmnibus de la ciudad de Santa Rosa.
CUARTA: Queda prohibido a “LA COMODATARIA” efectuar en el inmueble construcciones fijas de carácter permanente y/o modificar las existentes sin la previa autorización de “LA COMODANTE”. Las construcciones y mejoras introducidas quedarán en propiedad del otorgante, sin derecho a indemnización de ninguna especie al concluir el Contrato por la causa que fuere, comprometiéndose la COMODATARIA a restituir el espacio en el mismo estado en que lo recibe.
QUINTA: “LA COMODATARIA” deberá mantener por su cuenta y cargo el inmueble en perfecto estado de conservación, higiene y presentación, debiendo acatar inmediatamente todas las indicaciones que en tal sentido le hiciera “LA COMODANTE”.
SEXTA: Los servicios de energía eléctrica, gas, telefonía e internet, y cualquier otro servicio que solicite, serán a nombre y a cargo exclusivo de “LA COMODATARIA”, no asumiendo deuda alguna por dichos conceptos por períodos devengados con anterioridad a la firma del presente contrato.
SÉPTIMA: Queda prohibido a “LA COMODATARIA” transferir o ceder total o parcialmente los derechos emergentes del presente Contrato, ni arrendar, ni subarrendar el espacio cedido; salvo autorización previa y por escrito de “LA COMODANTE”, bajo pena de solicitar la restitución inmediata del inmueble objeto del presente, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna de parte de la misma, ni de los terceros involucrados.
OCTAVA: Las partes se comprometen a poner máximo empeño en resolver de común acuerdo toda controversia que pudiera originarse con motivo del presente. Para el caso de conflicto derivado del presente CONTRATO, las PARTES acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.
NOVENA: “LA COMODANTE” se reserva el derecho de inspeccionar el inmueble en forma periódica, debiendo “LA COMODATARIA” comunicarle cualquier daño o desperfecto que ocurriera en el mismo dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de producido, ya sea por su culpa, por el hecho de terceros, por caso fortuito o fuerza mayor. Los daños producidos por culpa de “LA COMODATARIA” y/o terceros, que por cualquier motivo se encuentren en el inmueble con autorización de “LA COMODATARIA”, serán a cargo exclusivo de la misma.
DÉCIMA: “LA COMODATARIA” asume expresamente toda responsabilidad derivada del uso del espacio cedido, de su funcionamiento y del desarrollo de la actividad que en ella se realicen. “LA COMODATARIA” se compromete a contratar y mantener en vigencia durante toda la duración del presente Contrato de Comodato, un seguro de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.
DÉCIMA PRIMERA: En caso de incumplimiento por parte de “LA COMODATARIA” de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente contrato, deberá restituir el el espacio cedido a “LA COMODANTE” en forma inmediata sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna; sin perjuicio del derecho de “LA COMODANTE” de accionar judicialmente por los daños y perjuicios que pudiere ocasionarle.
DÉCIMA SEGUNDA: Todas las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente contrato serán remitidas a los domicilios especiales que figuran en el epígrafe de este Contrato, donde serán válidas todas las notificaciones.
En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, a los ……. días del mes de ……………… de 2017.-

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