Ordenanza Nº 5744/2017

Otorgamiento de un crédito a la Sra. PIERALIGI NATALIA ISABEL, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica

SANTA ROSA (L.P.), 10 DE NOVIEMBRE DE 2017.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 5744/2017

Artículo 1°: APRUEBASE el otorgamiento de un crédito de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL ($ 145.000,00), a la Señora PIERALIGI, NATALIA ISABEL D.N.I. N° 29.074.351, CUIT Nº 27-29074351-1 domiciliada en calle Delfín Gallo Nº 1293, de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto productivo “Retacería-Telas Naisa”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica, reglamentada por Decreto N° 266/16 y de la Resolución Municipal Nº 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial N° 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 2°: El préstamo otorgado será reintegrado en un plazo de 6 años, pagaderos en SETENTA Y DOS (72) cuotas mensuales y consecutivas, con un periodo de gracia de VEINTICUATRO (24) meses para el inicio del pago del capital.

ARTÍCULO 2º MODIFICADO POR LA ORDENANZA Nº 5988/2018, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

Artículo 2º: El préstamo otorgado será reintegrado en un plazo de CUATRO (4) años, pagaderos en CUARENTA Y OCHO (48) cuotas mensuales y consecutivas, con un período de gracia de DOCE (12) meses para el inicio del pago del capital.

Artículo 3°: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%).

Artículo 4°: El crédito otorgado se respaldará con garantía prendaria de primer grado de privilegio que se constituirá -previo al desembolso de los fondos- sobre un automotor de titularidad registral de la Sra. PIERALIGI, NATALIA ISABEL D.N.I. N.º 29.074.351, CUIT Nº 27-29.074.351-1, Marca VOLKSWAGEN-Modelo VOYAGE 1.6 L/13 Confortline P – Dominio MWN 699 – Modelo Año 2013, inscripto por ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional Santa Rosa Nº 2, y como fiador personal el Sr. FERREIRO, MARCOS NICOLAS, D.N.I. Nº 25.851.260, CUIL Nº 20-25851260-0, agente de la Administración Pública Provincial.

ARTÍCULO 4º MODIFICADO POR LA ORDENANZA Nº 5988/2018, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

Artículo 4º: El crédito otorgado se respaldará con fianza personal, constituyéndose en fiador el Sr. MARCOS NICOLAS FERREIRO, D.N.I. Nº 25.851.260, CUIL Nº 20-25851260-0M quién presenta recibo de haberes actualizados y la documentación requerida por la normativa mencionada.

Artículo 5º: La beneficiaria, PIERALIGI, NATALIA ISABEL D.N.I. Nº 29.074.351 CUIT Nº 27-29074351-1, deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía hipotecaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo y c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual.

Artículo 6°: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas.

Artículo 8°: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto.

Artículo 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 223/2017-1 (HCD) y 3575/2017/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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