ORDENANZA Nº 5740/2017

Regulación de las operaciones de carga y descarga en el área delimitada por las siguientes arterias Avda. PEDRO LURO - Avda. ESPAÑA/URUGUAY - JOAQUÍN V. GONZÁLEZ-ALSINA/MARCELO T. de ALVEAR

SANTA ROSA (L.P.), 27 DE OCTUBRE DE 2017.

El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular las operaciones de carga y descarga en el área delimitada por las siguientes arterias:

    • Avda. PEDRO LURO – Avda. ESPAÑA/URUGUAY –
    JOAQUÍN V. GONZALEZ-ALSINA/MARCELO T. de ALVEAR.

Artículo 2º.- Quedan prohibidas en dicha área las operaciones de carga y descarga en general y en el horario comprendido entre las 07:30 a las 14:00 hs y de las 16:00 a las 23:00 hs de los días hábiles y sábados, salvo en los espacios donde se encuentren demarcados sectores específicos para tales operaciones y con las limitaciones que se especifican en la presente Ordenanza.

Artículo 3º.- En los espacios demarcados como específicos para operaciones de carga y descarga se permitirá durante las 24 horas la detención de vehículos para efectuar dichas operaciones cuya longitud sea igual o menor a ocho metros (8m.) y su altura igual o menor a tres metros (3m.).

ARTÍCULO 3º MODIFICADO POR LA ORDENANZA Nº 6320/2020, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

Artículo 3º.- En los espacios demarcados como específicos para operaciones de carga y descarga se permitirá la detención de los vehículos para las operaciones mencionadas en el presente artículo durante los horarios de 07:30 a 10:00 horas y 15:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes y Sábados de 07:00 a 10:00 horas, cuya longitud sea igual o menor a ocho (8) metros y su altura igual o menor a tres (3) metros.

Artículo 4º.- La detención para operaciones de carga y descarga en las zonas delimitadas no podrá exceder el plazo máximo de veinte (20) minutos.

Artículo 5º.- Los vehículos de longitud mayor a ocho metros (8 m.) y alturas superiores a los tres metros (3 m.) podrán realizar operaciones de carga y descarga en el horario comprendido entre las 23:00 hs y 07:30 hs del día siguiente.

Artículo 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 289-1/2009 (HCD) y 4245/2017-1/1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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