Ordenanza Nº 5705/2017

Obra de refuerzos de ramales de alimentación de gas a Santa Rosa sobre la AVDA. ALFREDO PALACIOS y hacia la localidad de Toay sobre la calle TITA MERELLO

SANTA ROSA (L.P.), 22 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 5705/2017

Artículo 1°: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra de Refuerzos de Ramales de Alimentación de Gas a Santa Rosa sobre la AVDA. ALFREDO PALACIOS desde calle Francisco Niotti hasta la calle Pablo Tueros y hacia la localidad de Toay sobre la calle TITA MERELLO desde calle Utracán, según planos operativos obrantes en el Expte. Nº 2920/2017/1-1 (DE).

Artículo 2º: La obra será ejecutada y financiada por la Empresa Camuzzi Gas Pampeana, quien deberá:

* Cumplir en todos sus términos la Ordenanza Nº 2486/99 y Resolución Nº 513/99 y los pagos correspondientes a la ocupación del espacio público y a la reparación del pavimento afectado por la obra.

* Solicitar interferencias de Agua y Cloacas a la Dirección de Agua y Saneamiento Municipal, de Gas a Camuzzi Gas Pampeana y de Teléfono a Telefónica Argentina y CPEtel de la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda.

* Adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la Empresa Camuzzi Gas Pampeana, quién deberá responder civil y penalmente.

* Tomar las medidas necesarias para una correcta compactación del suelo y asimismo dejar las veredas y calzadas en iguales condiciones al estado anterior a la ejecución de la obra.

* Dar aviso del comienzo de las obras con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas y a la finalización de las mismas.

* Dar aviso a la Dirección de Tránsito y Seguridad Municipal de los días, horarios y lugares donde se ejecutarán los trabajos, en caso de que se lo requiera.

* Dar aviso a los vecinos antes del comienzo de las obras, de los inconvenientes que se pueden tener con la ejecución de las mismas.

* Dar cumplimiento a los lineamientos que a continuación se detallan, establecidos por la Dirección de Vialidad y Logística Municipal respecto a las tareas de remoción de la carpeta asfáltica y colocación de base granular.

* El corte de la carpeta asfáltica deberá realizarse mediante líneas rectas y preferentemente perpendiculares y paralelas al sentido de circulación vehicular.

* La posterior remoción de la carpeta asfáltica, material de base y suelo existente, deberá realizarse de modo tal de no dañar los sectores pavimentados que no van a ser removidos.

* Luego de la instalación de cañerías, deberá rellenarse con suelo debidamente compactado y posteriormente colocar material granular de base (tosca) nuevo en espesor de 15 cm. Correctamente compactado en condición de humedad óptima.

* Deberá retirar todo tipo de escombro y suciedad dejando en óptimas condiciones el sector de la obra a fin de que la Dirección de Vialidad y Logística proceda a la repavimentación del mismo.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. Nº 177-1/2017 (HCD) y 2920/2017/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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