Ordenanza Nº 5679/2017

Subsidio de los Servicios Públicos, a viviendas que se encuentren frente a cuencos captadores de agua y en arterias viales con tapones hidráulicos por escorrentía de agua de lluvia

SANTA ROSA (L.P.), 17 DE AGOSTO DE 2017.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 5679/2017

Artículo 1º: Subsidiase el CIEN POR CIENTO (100%) de los Servicios Públicos a cargo de la Municipalidad de Santa Rosa o sus Entes descentralizados, a las referencias municipales que correspondan a viviendas residenciales que se encuentren radicadas frente a cuencos captadores de agua construidos por el Estado hasta un radio de doscientos (200) metros de los mismos, a excepción de los Servicios Públicos de Agua Potable y Servicios Sanitarios.

Artículo 2º: Subsidiase el CIEN POR CIENTO (100%) de los Servicios Públicos a cargo de la Municipalidad de Santa Rosa o sus Entes descentralizados, a las referencias municipales que correspondan a viviendas residenciales que se encuentren radicadas en arterias viales donde se producen tapones hidráulicos por escorrentía superficial de agua de lluvia, hasta una distancia de doscientos cincuenta (250) metros lineales de los mismos, a excepción de los Servicios Públicos de Agua Potable y Servicios Sanitarios.

Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a subsidiar Tasas por Servicios Públicos en otras situaciones que surjan como consecuencia de la Emergencia Hídrica y Sanitaria de la Ciudad.

Artículo 4º: Los titulares y/o poseedores de las referencias municipales incluidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza, deberán acreditar su condición de beneficiarios de acuerdo a los requisitos que establezca la reglamentación.

Artículo 5º: Los beneficiarios se mantendrán hasta tanto se realicen las obras que garanticen la eliminación de los tapones hidráulicos por escorrentía superficial de agua de lluvia, o la erradicación de los cuencos aliviadores de agua, según sea la situación particular de cada beneficiario.

Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. Nº 73-1/2017 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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