ORDENANZA N° 5628/2017
Modelo de Contrato de Comodato a suscribirse entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte
SANTA ROSA (L.P.), 27 DE ABRIL DE 2017.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.
Artículo 1º: Apruébase en todos sus términos, el modelo de Contrato de Comodato a suscribirse entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, que como Anexo II forma parte de la Presente, sobre el espacio identificado con la letra “A” en el plano que se adjunta como Anexo I en integra la Presente, en la Terminal de Ómnibus, sita en Av. Luro y Corrientes, de la ciudad de Santa Rosa.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el contrato referido en el Artículo 1º, como así también los convenios futuros que deriven del mismo. Dicha autorización se extiende en las formas y los alcances previstos en el modelo de Contrato de Comodato en cuestión.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 93-1/2017 (HCD) y 1336/2017/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE.
Valeria Otero González – A/Cargo de Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

CONTRATO DE COMODATO
Entre la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Ing. Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, DNI N° 22.701.197, constituyendo domicilio a efectos del presente en Av. San Martín N° 50 de la Ciudad Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en adelante “LA COMODANTE”, por una parte; y la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, representada en este acto por su Subdirector Ejecutivo, Lic. Pablo CASTANO LUCERO, DNI Nº 20.647.584, constituyendo domicilio a los fines del presente en la calle Maipú 88 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “LA COMODATARIA”, y ambas conjuntamente referenciadas como “LAS PARTES”, convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “LA COMODANTE” da en comodato gratuito a “LA COMODATARIA” un espacio en la Terminal de âmnibus de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, el cual se identifica con la letra “A”, según plano adjunto que forma parte del presente Contrato como Anexo I. “LA COMODATARIA” acepta y recibe, en este mismo acto, el bien otorgado en uso en el estado en que se encuentra, lo que declara conocer y aceptar.
SEGUNDA: El presente Contrato de Comodato será válido por el término de VEINTICUATRO (24) meses, y comenzará su vigencia a partir de la fecha de su suscripción, renovándose automáticamente por igual período de tiempo salvo que sea rescindido en forma expresa por alguna de “LAS PARTES”. Las partes se reservan el derecho de rescindirlo en cualquier momento, sin que ello genere responsabilidad alguna para ninguna de ellas, en tanto se notifique dicha decisión a la otra parte en forma fehaciente y con un plazo de SESENTA (60) días corridos de antelación a la fecha en que se pretenda la devolución del inmueble objeto de este convenio.
TERCERA: “LA COMODATARIA” se obliga a destinar el inmueble objeto de este contrato, exclusivamente al uso que demande el cumplimiento de los objetivos, funciones, facultades y deberes que le asigna su Estatuto aprobado por el Decreto Delegado N° 1388/1995, modificado por su similar Decreto N° 1661/2015.
CUARTA: Queda prohibido a “LA COMODATARIA” efectuar en el inmueble construcciones fijas de carácter permanente y/o modificar las existentes sin la previa autorización de “LA COMODANTE”. Las construcciones y mejoras introducidas quedarán en propiedad del otorgante, sin derecho a indemnización de ninguna especie al concluir el Contrato por la causa que fuere, comprometiéndose la COMODATARIA a restituir el espacio en el mismo estado en que lo recibe.
QUINTA: “LA COMODATARIA” deberá mantener por su cuenta y cargo el inmueble en perfecto estado de conservación, higiene y presentación, debiendo acatar inmediatamente todas las indicaciones que en tal sentido le hiciera “LA COMODANTE”.
SEXTA: Los servicios de energía eléctrica, gas, telefonía e internet, serán a cargo exclusivo de “LA COMODATARIA”, no asumiendo deuda alguna por dichos conceptos por períodos devengados con anterioridad a la firma del presente contrato.
SÉPTIMA: Queda prohibido a “LA COMODATARIA” transferir o ceder total o parcialmente los derechos emergentes del presente Contrato, salvo autorización previa y por escrito de “LA COMODANTE”, bajo pena de solicitar la restitución inmediata del inmueble objeto del presente, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna de parte de la misma, ni de los terceros involucrados.
OCTAVA: Las partes se comprometen a poner máximo empeño en resolver de común acuerdo toda controversia que pudiera originarse con motivo del presente. Para el caso de conflicto derivado del presente CONTRATO, las PARTES acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.
NOVENA: “LA COMODANTE” se reserva el derecho de inspeccionar el inmueble en forma periódica, debiendo “LA COMODATARIA” comunicarle cualquier daño o desperfecto que ocurriera en el mismo dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de producido, ya sea por su culpa, por el hecho de terceros, por caso fortuito o fuerza mayor. Los daños producidos por culpa de “LA COMODATARIA” y/o terceros, que por cualquier motivo se encuentren en el inmueble con autorización de “LA COMODATARIA”, serán a cargo exclusivo de la misma.
DÉCIMA: “LA COMODATARIA” se compromete a contratar y mantener en vigencia durante toda la duración del presente Contrato de Comodato, un seguro de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.
DÉCIMA PRIMERA: Todas las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente contrato serán remitidas a los domicilios especiales que figuran en el encabezado de este Contrato, donde serán válidas todas las notificaciones.-
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, a los ………. días del mes de ……………….. de 2017.
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