Ordenanza Nº 5619/2017
Donación de un inmueble al Sindicato Obreros y Empleados de la Carne de la Provincia de La Pampa
SANTA ROSA (L.P.), 31 DE MARZO DE 2017.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5619/2017
Artículo 1º: Modifícase la Ordenanza Nº 4509/2011, modificada por Ordenanza Nº 4898/13, la que quedará redactada de la siguiente manera:
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Artículo 1º: Dónase al Sindicato OBREROS Y EMPLEADOS DE LA CARNE de la Provincia de La Pampa, el inmueble que se designa catastralmente como Ejido 047 Circunscripción II, radio k, Manzana 6A, Parcela 1; para la construcción de su sede gremial y salón de usos múltiples e instalaciones deportivas y recreación destinados al uso de sus afiliados. A los efectos de la presente donación exceptuase al Código Urbanístico de la Ciudad de Santa Rosa, Ordenanza Nº 3274/2005, Sección 2.2.3. y desafectase como Espacio Verde el inmueble identificado en el primer párrafo.
Artículo 2º: El sindicato OBREROS Y EMPLEADOS DE LA CARNE se hará cargo de los trámites y gastos tendientes a formalizar la escritura traslativa de dominio a su favor y su posterior inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa. Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo toda diligencia del trámite que resulte necesaria a los fines de la regularización dominial del inmueble identificados en el Artículo 1º.
Artículo 3º: Se impone al donatario, el cumplimiento de la carga de permitir el uso en forma gratuita del salón de usos múltiples y de las instalaciones deportivas y recreativas para el desarrollo de actividades comunitarias y recreativas, en los términos estipulados en el Convenio de Uso, que como Anexo I, forma parte integral de la Ordenanza cuyo plazo de finalización será el 30 de Marzo de 2019, de los trabajos de construcción de las instalaciones detalladas en el Artículo 1º de la Presente. En la escritura traslativa de dominio deberá constar explícitamente el cargo impuesto por la presente.
Artículo 4º: El incumplimiento de cualquiera de las imposiciones contenidas en la Presente, como también cualquier cambio en el destino de dichas instalaciones o la disolución del sindicato o pérdida de su Personería Jurídica y/o gremial, serán causal suficiente para que la Municipalidad de Santa Rosa ejerza el derecho de reversión de la presente donación”.
Artículo 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 66-1/2010 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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