Ordenanza Nº 5575/2017

Otorgamiento de un crédito al Sr. MINUTTA Esteban Federico, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica

SANTA ROSA (L.P.), 10 DE MARZO DE 2017.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 5575/2017

Artículo1º: RATIFÍCASE la Resolución Nº 039/2017 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:

    Artículo 1º: APROBAR el otorgamiento de un crédito de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00), al Sr. MINUTTA, Esteban Federico, D.N.I. Nº 27.599.976, domiciliado en calle Juan XXIII Nº 673, de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto “Panadería”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica , reglamentada por Decreto Nº 266/16 y de la Resolución Municipal Nº 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial Nº 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.

    Artículo 2º: El préstamo otorgado será reintegrado en SETENTA Y DOS (72) cuotas mensuales y consecutivas, en un plazo de 6 años, con un período de gracia de VEINTICUATRO (24) meses.

    Artículo 3º: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%).

    Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía hipotecaria que se constituirá – previo al desembolso de los fondos – sobre un inmueble de titularidad registral, en un 50% del beneficiario Sr. MINUTTA, Esteban Federico, D.N.I. Nº 27.599.976, en condominio, en un 50%, con el Sr. MINUTTA, Darío César, D.N.I. 23.495.760, siendo la “Usufructuaria” del bien la Sra. AUDISSIO, Estela Maris, L.C. Nº 6.424.287, PARTIDA Nº 734.679, inscripto por ante Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, Matrícula II 55931, por un monto total de mercado de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA ($ 867.150.00).

    ARTÍCULO 4º MODIFICADO POR ORDENANZA Nº 5672/2017, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

    Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía hipotecaria que se constituirá – previo al desembolso de los fondos – sobre un inmueble de titularidad registral, en un 50% del beneficiario Sr. MINUTTA, Esteban Federico, D.N.I. Nº 27.599.976, en condominio, en un 50%, con el Sr. MINUTTA, Darío César, D.N.I. 23.495.760, siendo la “Usufructuaria” del bien la Sra. AUDISSIO, Estela Maris, L.C. Nº 6.424.287, PARTIDA Nº 734.679, inscripto por ante Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, Matrícula II 55931, por un monto total de mercado de PESOS SETECIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 730.386,00).

    Artículo 5º: El beneficiario, MINUTTA, Esteban Federico D.N.I. Nº 27.599.976 deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía hipotecaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo y c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual.

    Artículo 6º: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.

    Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas.

    Artículo 8º: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto.”

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. Nº 12-1/2017 (HCD y 4955/2016/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

Twitter Facebook Contáctanos