Ordenanza Nº 5574/2017
Otorgamiento de un crédito a la Sra. BARONA Adriana Raquel, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica
SANTA ROSA (L.P.), 10 DE MARZO DE 2017.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5574/2017
Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución Nº 040/2017 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
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Artículo 1º: APROBAR el otorgamiento de un crédito de PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL ($ 415.000,00), a la Sra. BARONA, Adriana Raquel D.N.I. Nº 16.455.172, CUIT Nº 27-16455172-0, domiciliada en calle Alsina 25, de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto “Elaboración y Comercialización de Milanesas”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica , reglamentada por Decreto Nº 266/16 y de la Resolución Municipal Nº 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial Nº 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 2º: El préstamo otorgado será reintegrado en SETENTA Y DOS (72) cuotas mensuales y consecutivas, en un plazo de 6 años, con un período de gracia de VEINTICUATRO (24) meses.
Artículo 3º: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%).
Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria que se constituirá – previo al desembolso de los fondos – sobre: 1) Un automotor de titularidad registral del Sr. TANOS, Miguel Ángel, D.N.I. Nº 13.836.175, Marca Chevrolet – Modelo Sonic – Dominio LSF579 – Modelo Año 2012, inscripto por ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional Santa Rosa Nº 2, por un monto total de mercado de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 231.000,00) y 2) Los bienes muebles que se detallan en Anexo I que forma parte de la presente Resolución, por un valor total de mercado de PESOS TRESCIENTOS TRECE MIL ($ 313.000,00), lo que hace un total del monto de la garantía de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 544.000,00).
Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria que se constituirá – previo al desembolso de los fondos – sobre: 1) Un automotor de titularidad registral del Sr. TANOS, Miguel Ángel, D.N.I. Nº 13.836.175, CUIL Nº 20-13836175-7, DOMINIO LSF 579 , Marca Chevrolet – Modelo Sonic – Modelo Año 2012, inscripto por ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional Santa Rosa Nº 2, por un monto total de mercado de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 231.000,00); 2) Los bienes muebles que se detallan en Anexo I que forma parte de la presente Resolución, por un valor total de mercado de PESOS TRESCIENTOS TRECE MIL ($ 313.000,00), lo que hace un total del monto de la garantía de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 544.000,00); 3) y como fiador personal el Sr. TANOS, Miguel Ángel, D.N.I. Nº 13.836.175, CUIL Nº 20-13836175-7, agente Jubilado de la Administración Pública Provincial.
Artículo 5º: La beneficiaria, BARONA, Adriana Raquel D.N.I. Nº 16.455.172, CUIT Nº 27-16455172-0 deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía prendaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo y c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual.
Artículo 6º: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.
Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas.
Artículo 8º: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto.”
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte. Nº 13-1/2017 (HCD y 4953/2016/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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