Ordenanza N° 5559/2016
Modificación de la ORDENANZA Nº 4410/2011, Reglamento General de las Comisiones Vecinales, en los Artículos 6º Y 7º correspondientes al TÍTULO 2º. DE LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO
SANTA ROSA (L.P.), 01 DE DICIEMBRE DE 2016.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.
ARTICULO 1º: Modifícase la Ordenanza Nº 4410 TITULO 2 DE LA CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO – CAPÍTULO 1 DE SUS INTEGRANTES en su Artículo 6º, el que quedará redactado de la siguiente manera:
¨Artículo 6º: Las Comisiones Vecinales, estarán integradas por todos los vecinos y vecinas, mayores de dieciséis (16) años, con domicilio en la circunscripción territorial correspondiente. Los menores de dieciséis (16) años, podrán participar en el trabajo de las Comisiones Vecinales y formar Subcomisiones de Apoyo que los reglamentos internos determinen, pero no gozarán de los derechos establecidos en el Artículo siguiente, excepto el de voz”.
ARTÍCULO 2º: Modifícase la Ordenanza Nº 4410 TITULO 2 DE LA CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO – CAPÍTULO 1 DE SUS INTEGRANTES en su Artículo 7º el que quedará redactado de la siguiente manera:
¨Artículo 7º: DERECHOS: Los integrantes de una Comisión Vecinal mayores de dieciséis (16) años, tienen el derecho a elegir y de ser elegidos, y poseen voz y voto en las Asambleas. Las vecinas y vecinos menores de dieciocho (18) años tendrán las limitaciones a su capacidad establecidas en el Ordenamiento Jurídico vigente”.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 91-1/1989 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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