Ordenanza Nº 5427/2016
Incorporación a la Ordenanza Nº 3808/07 (sobre prohibición de consumo de tabaco en todos los espacios cerrados de acceso al público), del Artículo 2º bis, dejándose además sin efecto su Artículo 3º
Santa Rosa (L.P.), 30 de Mayo de 2016.El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de
ORDENANZA N° 5427/2016
Artículo 1º: Incorpórese a la Ordenanza Nº 3808/07, el Artículo 2º bis cuya redacción es la siguiente:
- “Artículo 2º bis : La excepción prevista en el inciso a) del Artículo 2º no alcanza a las confiterías bailables y pubs.”
Artículo 2º: Déjase sin efecto el Artículo 3º de la Ordenanza 3808/07.
Artículo 3º: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de los treinta (30) de su promulgación.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 65/1988 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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