Ordenanza Nº 5402/2016
Modificación de artículos de la Ordenanza Nº 3218 - Código de Espectáculos Públicos y sus Locales -
SANTA ROSA (L.P.), 14 DE ABRIL DE 2016.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5402/2016
Artículo 1º: Reemplázase el inciso d) del Artículo 7, de la Ordenanza Nº 3218/04 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Informe técnico de Seguridad e Higiene emitido por profesionales especialistas en la materia y visado por el Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de La Pampa”.
Artículo 2º: Dejase sin efecto el inciso p) del artículo 7 del Código de Espectáculos Públicos y sus Locales sancionado mediante Ordenanza Nº 3218/04.
Artículo 3º: Dejase sin efecto el inciso k) del artículo 78, de la Ordenanza Nº 3218/04, por requerir un elemento obsoleto e inexistente.
Artículo 4º: Dejase sin efecto el inciso l) del artículo 78, de la Ordenanza Nº 3218/04.
Artículo 5º: Reemplázase el Artículo 99, de la Ordenanza Nº 3218/04 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los propietarios o responsables de los negocios de espectáculos que así lo exijan, deberán contratar personal de seguridad con la Policía de la Provincia de La Pampa, y/o con agencias de seguridad privada habilitadas en el marco de la Ley Provincial 825/1984 y su Decreto Reglamentario 1027/1985, pudiendo ser requerido además por la autoridad de aplicación la contratación de personal adicional toda vez que las características del evento lo justifiquen”.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.
Expte. Nº 26-4/1996 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISEIS.
María Cecilia Roigé, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Jorge Domínguez, Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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