Ordenanza Nº 5232/2015
Ingreso a la planta permanente de empleados de la Municipalidad de Santa Rosa, de aquellos agentes que prestan tareas bajo el régimen de la Resolución Nº 247 y la Ordenanza Nº 579/1989
Ordenanza N° 5232: Santa Rosa, 24 de Abril de 2015.El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Determínase el ingreso a planta permanente de empleados de la Municipalidad de Santa Rosa, a aquellos agentes que se encuentren prestando tareas bajo el régimen de la Resolución Nº 247 y Ordenanza 579/89, ello conforme los requisitos que establece la presente ordenanza.
Artículo 2º: Son requisitos para el ingreso a planta permanente en los términos de la presente ordenanza: a) poseer hasta 60 años inclusive; b) contar con una antigüedad mínima de seis (6) meses computados al 31 de Diciembre de 2014; c) poseer estudios primarios culminados a la fecha de promulgación de la presente; d) presentación de Certificado de Buena Conducta actualizado expedido por la Policía de la Provincia de La Pampa; e) presentación de Certificado de Reincidencia expedido por el Registro Nacional de Reincidencias; y f) presentar Certificado de Libre Deuda actualizado otorgado por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios.
Artículo 3º: Dispónese el pase a planta permanente de los agentes detallados en el Anexo I, el que se hará en tres (3) etapas. La primera de ellas se realizará el 1º de Agosto de 2015, de acuerdo a la nómina establecida en Anexo II y las restantes en el mes de Agosto de 2016 y Agosto de 2017, respectivamente.
Artículo 4º: Los ingresos establecidos en el Anexo II se dispondrán de la siguiente manera:
- Agentes que no pudieron concretar su pase a planta permanente en el año 2012, por no reunir los requisitos solicitados oportunamente.
- Los restantes agentes, en razón de su mayor antigüedad.
Artículo 5º: A los fines de implementar lo dispuesto por la presente Ordenanza, créanse las siguientes vacantes:
- 8 vacantes categoría 7
- 43 vacantes categoría 14
- 42 vacantes categoría 16
Artículo 6º: si el ingresado no cumplimentara debidamente la documentación en el término de sesenta (60) días corridos a partir de la promulgación de la presente, no se efectivizará el pase a planta permanente.
Dicho agente podrá ingresar en las próximas etapas siempre y cuando dé cumplimiento en tiempo y forma a los requisitos solicitados en el Artículo 2º de la presente. El departamento Ejecutivo reasignará la vacante a otro agente perteneciente a la nómina que como Anexo I forma parte de la presente; e informará al Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 7º: Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza la Secretaría de Hacienda y Abastecimiento de la Municipalidad.
Artículo 8º: Se considerará notificación suficiente de la asignación del ingreso y correspondiente categoría, la publicación del acto administrativo pertinente en el Boletín Oficial Municipal.
Artículo 9º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a las partidas específicas del presupuesto correspondiente. Contaduría General realizará las reestructuras necesarias al presupuesto vigente a los efectos de atender las erogaciones previstas.
Artículo 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 182-2/2007 (HCD) y 5579/2012/1-2 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 30 de Abril de 2015.-
Exptes. N° 182/2007/2-2 HCD y 5579/2012/1-2 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 515/2015.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 30 de abril de 2015.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil doscientos treinta y dos (5232/2015).
María Andrea Torales A/C, Despacho General.-
ANEXO I






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