Ordenanza Nº 4991/2013

Salón de Usos Múltiples para el desarrollo de actividades religiosas, culturales y deportivas, orientadas a las niñas, niños y jóvenes del Barrio Santa María de La Pampa

Ordenanza N° 4991: Santa Rosa, 20 de Diciembre de 2013.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º: Desaféctase como espacio verde y/o uso comunitario el inmueble de Dominio Público Municipal, identificado catastralmente como: Ej. 047 – Circ. I – Rad. e – Mza.32 – Parc. 1, Ref. Nº 45.573, Partida Nº 764.334, que fuere donado al Obispado de Santa Rosa, para la construcción de un Salón de Usos Múltiples, para el desarrollo de actividades religiosas, culturales y deportivas, orientadas a las niñas, niños y jóvenes del Barrio Santa María de La Pampa y Grupo Scouts, mediante Ordenanza Nº 4536/11, en función a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6058/2011/1-1.
Artículo 2º: El Plazo de cinco (5) años estipulados en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 4536/11, en virtud de las circunstancias expuestas en las actuaciones respectivas, comenzará a regir a partir de la promulgación de la presente.
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo toda diligencia de trámite que resulte necesaria a los fines mencionados en el Artículo 1º, y a los requeridos por Ordenanza Nº 4536/11, y que conforme lo establece el Artículo 1810 del Código Civil se giren las presentes actuaciones al Registro de la Propiedad Inmueble para que, con las constancias administrativas, proceda a realizar la inscripción correspondiente.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.

Expte. N° 239-1/2011 (HCD) y 1079/2010/1-1 y 6058/2011/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 27 de Diciembre de 2013.-
Exptes. N° 239/2011/2-1 HCD y 1079/2010/1-1 y 6058/2011/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1476/2013.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Lic. Jose Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 27 de Diciembre de 2013.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil novecientos noventa y uno (4991/2013).
Romina Isola, Despacho General.-

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