Ordenanza Nº 4921/2013

Pase a planta permanente de agentes

Ordenanza N° 4921: Santa Rosa, 27 de Septiembre de 2013.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º: Modifícase el Anexo I de la Ordenanza Nº 4731/2012 el que quedará redactado conforme el Anexo I de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Dispónese el pase a planta permanente de los agentes mencionados en el Anexo II de la presente ordenanza.
Artículo 3º: Dispónese que las agentes CANALE Marta Noemí Leg. 78805 y CUEVAS Alicia Marcela Leg. 78815 que en la actualidad se encuentran encuadradas en el régimen previsto por Ordenanza Nº 4168 de Jornada de Tiempo Reducido, pasen a prestar revista en el régimen Ley 643 categoría 16, en cuanto se encontraren a la fecha cumpliendo la jornada laboral completa.
Artículo 4º:Dispónese que el agente HERRERA Carlos Alberto Leg. 72177, contratado bajo el régimen de Ley 643, pase a revistar en planta permanente en categoría 16.
Artículo 5º: A los fines de implementar los dispuesto por los artículos 2, 3 y 4 créanse la cantidad de:
3 categorías 7
13 categorías 14
13 categorías 15
40 categorías 16 Artículo 6º: Si el interesado no cumplimentara debidamente la documentación en el término de 60 días a partir de la promulgación de la presente, no se efectivizará el pase a planta permanente. Dichos agentes podrán ingresar en la próxima etapa siempre y cuando den cumplimiento en tiempo y forma a los requisitos solicitados en el artículo 3º de la Ordenanza 4731/2012.
Artículo 7º: Los ingresos establecidos en el Anexo II y en los artículos 3 y 4, serán en forma retroactiva al 1º de septiembre del corriente año.
Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. Nº 182/2007 (HCD) y 5579/2012/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
Susana Ines Garcia de Vistarop, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Ángel Baraybar – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 27 de Septiembre de 2013.-
Exptes. N° 182/2007/2-1 HCD y 5579/2012/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1043/2013.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Lic. Mauricio Germán Márquez, Secretario de Desarrollo Local; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano; Arq. Miguel Angel García, Secretario de Cultura, Educación y Gestión Cultural; C.P.N. Ricardo H. Mendiara, Secretario de Desarrollo Social.-
Dirección General de Administración: 27 de Septiembre de 2013.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil novecientos veintiuno (4921/2013).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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