Ordenanza Nº 4314/2010

Comodato a la Institución "Club Social y Deportivo Sol Naciente"

Ordenanza N° 4314: Santa Rosa, 27 de Diciembre de 2010.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder, en comodato, a la Institución “Club Social y Deportivo Sol Naciente”, Persona Jurídica Matrícula Nº 1890 (Resolución 372/08 DGSPJyRPC) parte del inmueble que se designa catastralmente como: Ejido 047, Circunscripción I, radio h, Manzana 59, Parcela 1; Referencia municipal Nº 39732, Partida Nº 743.025, de conformidad con los términos y alcances del Contrato de Comodato que, como ANEXO A, forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo 2º: Apruébase el modelo de Contrato de Comodato y sus respectivos ANEXO I y ANEXO II, que como ANEXO A forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Exptes. Nº 291-1/2010 (HCD) y 3056/2010/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.

ANEXO A

CONTRATO DE COMODATO

En la ciudad de Santa Rosa a los ………………. días del mes de ………………………del año 2010, entre la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA (Provincia de La Pampa) con domicilio en Avenida San Martín n° 50, representada en este acto por el Señor Intendente Dr. Francisco Javier TORROBA DNI N° …………… en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y por la otra, el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO SOL NACIENTE, Persona Jurídica Mat. 1890 (Res. 372/08 DGSPJy RPC) representando en este acto por su Presidente Sr………………………………………DNI………………………….., en adelante “EL CLUB”, convienen celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD entrega en comodato parte del inmueble que se designa catastralmente como:
Ejido 047; Circ. I; radio h; Manzana 59; Parcela 1; Referencia Municipal 39.732, Partida 743.025, de conformidad con el croquis que como ANEXO I se acompaña y forma parte integrante del presente contrato, para ser utilizado como sede y predio para el desarrollo de las actividades propias del objeto social del Club Social y Deportivo Sol Naciente y al servicio comunitario del Barrio, debiendo destinarse para desarrollar actividades deportivas, recreativas, culturales y sociales .-
SEGUNDA: El presente contrato tendrá una vigencia de diez (10) años contados a partir de la firma del presente, prorrogable automáticamente por cinco (5) años. Dicho plazo podrá limitarse o reducirse a pedido del EL CLUB, por voluntad de ambas partes, o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por EL CLUB conforme el presente contrato de comodato.-
TERCERA: EL CLUB se obliga expresamente a mantener el objeto para el cual le fue cedido en comodato el predio, como así también a la realización de las obras comprometidas y al desarrollo de las actividades consignadas en la Planificación de Obras y Actividades Deportivas y Socio Culturales que conforman la propuesta formulada por la LA MUNICIPALIDAD y que como ANEXO II se acompaña y forma parte del presente contrato. Las obras e instalaciones que se introduzcan en el predio deberán contar con la conformidad previa y por escrito de LA MUNICIPALIDAD y cumplir con las obligaciones técnicas y reglamentarias previstas en las respectivas ordenanzas.
CUARTA: El CLUB se compromete a desarrollar en el predio objeto del presente contrato de comodato las actividades deportivas, recreativas, culturales y sociales tendientes a incentivar el hábito de la actividad física y favorecer la pertenencia al Club de Barrio con sentido comunitario, integrando aquellos niños y jóvenes que por su condición socio-económica no pudieran abonar la cuota mensual.-
QUINTA: El CLUB se obliga a permitir a LA MUNICIPALIDAD la utilización gratuita del predio y sus instalaciones, para el desarrollo de las actividades deportivas, recreativas, culturales y sociales, institucionales y comunitarias propias de LA MUNICIPALIDAD y/o las que se ejecuten en forma conjunta con Comisiones Vecinales u otras entidades intermedias, las que deberán programarse y comunicarse con una anticipación no menor de cuarenta y ocho (48) horas para coordinarlas con las que desarrolle EL CLUB el cual deberá prestar conformidad.-
SEXTA: EL CLUB asume expresamente la responsabilidad derivada del uso del predio, el funcionamiento y desarrollo de actividades deportivas, recreativas, culturales y sociales, institucionales y comunitarias. A tal fin deberá contratar, en el plazo de cinco (5) días contados de la firma del presente contrato de comodato, un seguro de responsabilidad civil, accidentes personales y/o muerte, que cubra a sus miembros y socios, a sus dependientes, a las personas que realicen los trabajos de mejoras y a los usuarios del predio y/o sus instalaciones y/o el desarrollo de las actividades realizadas en el mismo. Será requisito indispensable que la póliza respectiva reúna las condiciones necesarias para dejar indemne ante cualquier contingencia la responsabilidad de las partes de presente contrato, debiendo ser aceptada por LA MUNICIPALIDAD.-
SEPTIMA: El CLUB deberá cumplir con todo los requisitos y documentación requeridos por la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas, de conformidad con las ordenanzas vigentes, para su habilitación y realización de las actividades a desarrollar en el predio.
OCTAVA: El CLUB deberá mantener en legal forma la vigencia de su personeria jurídica, acreditando anualmente dentro de los cinco (5) primeros dias de cada año ante la MUNICIPALIDAD esta circunstancia, mediante la presentación de la certificación extendida por la Dirección General de Superintendencia de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio. Asimismo, durante la vigencia del presente contrato deberá comunicar a LA MUNICIPALIDAD la nómina actualizada de sus autoridades con mandato vigente.
NOVENA: Queda expresamente establecido que todo el personal dependiente de EL CLUB deberá estar inscripto y registrado ante los organismos respectivos, debiendo contar con la pertinente cobertura asegurativa prevista por la Ley 24557 (Ley de Riesgos de Trabajo). Se deja expresamente establecido que no existe vinculo o relación contractual de ninguna indole (laboral, locación de servicios, locación de obra, etc) entre el personal de EL CLUB y LA MUNICIPALIDAD.-
DECIMA: En caso que EL CLUB no cumpliera con cualquiera de las obligaciones asumidas en este contrato, quedará constituido en mora en forma automática sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna y LA MUNICIPALIDAD podrá requerir la inmediata restitución del bien inmueble, sin perjuicio de su derecho de accionar por daños y perjuicios, estableciéndose una multa diaria hasta la efectiva restitución del inmueble al comodante, exigible por vía ejecutiva.-
DECIMA PRIMERA: Al vencimiento del plazo del contrato EL CLUB deberá restituir a LA MUNICIPALIDAD el inmueble. Caso contrario, quedará constituido en mora automáticamente, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, siendo pasible de la multa prevista en la cláusula DECIMA.-
DECIMA SEGUNDA: Al vencimiento del plazo de conformidad a la cláusula segunda, o la caducidad del mismo por incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CLUB, todas las mejoras introducidas en el predio (construcciones, instalaciones, plantaciones, etc.) quedarán integradas al patrimonio municipal y no generaran derecho a resarcimiento, indemnización y/o compensación de ninguna índole a favor de EL CLUB.-
DECIMA TERCERA: Este contrato no puede ser cedido por EL CLUB a terceras personas, siendo suficiente causal para requerir la restitución del inmueble por parte de LA MUNICIPALIDAD conforme el presente contrato.-
DECIMA CUARTA: EL CLUB no impedirá el ingreso de nuevos socios por motivos étnicos, religiosos, ideològicos, polìticos, gremiales, condición socio económica, nacionalidad, orientación sexual o característica físicas.-
DECIMA QUINTA: Para todo los efectos legales a los que pudiera dar lugar el presente contrato, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta ciudad, renunciando a cualquier otro fuero ojurisdicción que pudiera corresponderles, y constituyen sus respectivos domicilios especiales : LA MUNICIPALIDAD en San Martin nro. 50 y EL CLUB en calle Alemania 112 Plan 3000 ambos de esta ciudad de Santa Rosa Previa lectura, en prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto, en el lugar y fecha indicados al inicio.-
ANEXO II PLANIFICACION DE OBRAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y SOCIO-CULTURALES 1. OBRAS:

  1. CERCADO PERIMETRAL: con cimientos y mampostería de 2 m. de altura, con paredes de adobones y columnas de hormigón armado cada 5 m. y unión de encadenado perimetral. Sobre el mismo alambrado de púas de 3 hilos. TIEMPO ESTIMADO: desde la firma del Contrato, en un plazo no mayor de 18 meses.
  2. RIEGO: Colocación de bomba sumergible, cañería y estructura de riego desde la perforación ya existente, con materiales de tricapa resistentes a alto tránsito y amplitud térmica. TIEMPO ESTIMADO: desde la firma del Contrato, en un plazo no mayor de 18 meses..
  3. ILUMINACION DE SEGURIDAD (1ª etapa) con bases de hormigón, columnas de hierro y farolas. TIEMPO ESTIMADO: desde la firma del Contrato, 6 meses.

DE CANCHAS (2ª etapa) con bases de hormigón, columnas de hierro y reflectores, TIEMPO ESTIMADO: desde la firma del contrato, 4 años.
4. SALON DE USOS MULTIPLES. Construcción de mampostería, de hormigón armado y cerámico, de medidas que permitan desarrollar actividades deportivas bajo techo (voley, basquet, etc.) y demás dependencias: oficina sanitarios, cocina, depósito, con los requisitos necesarios estipulados y recomendados por la Oficina Municipal competente.
PLAZO ESTIMADO: desde la firma del Contrato, 5 años.
5. VEREDAS: Exteriores, perimetrales, medidas mínimas y materiales según especificaciones y recomendaciones de la Oficina Municipal competente. TIEMPO ESTIMADO: Desde la finalización del cerco perimetral (1), 18 meses.
6. PARQUIZACION: de baja, media y elevada altura, interior y exterior perimetral. TIEMPO ESTIMADO: Desde la firma del Contrato.
2. ACTIVIDADES DEPORTIVAS:

  1. FUTBOL MASCULINO en categorías infantiles (ya en actividad).
  2. FUTBOL FEMENINO en categorías infantiles. A partir de ABRIL 2011.
  3. VOLEY MASCULINO Y FEMENINO, en cancha al aire libre. A partir de ABRIL de 2011.-
  4. BASQUET, GIMNASIA ARTISTICA Y CESTOBAL, a desarrollar bajo techo. A partir de la disponibilidad del S.U.M.
  5. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES:
  6. KERMES DE LA ESTACION. A desarrollar en el comienzo de cada estación del año (verano, otoño, invierno y primavera) consistente en actividades lúdico-recreativas comunitarias dirigidas a la familia (niños, adultos y adultos mayores) durante una jornada completa al aire libre.
  7. TALLERES, variados, de índole cultural, artístico, de manualidades, oficios, etc. para diferentes franjas etarias. A partir de la disponibilidad del S.U.M.

Santa Rosa, 30 de Diciembre de 2010.-
Exptes. N° 291/2010/2-1 H.C.D y 3056/2010/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1185/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social; Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano;.-
Dirección General de Administración: 30 de Diciembre 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil trescientos catorce (4314/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

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