Ordenanza Nº 4273/2010
Obra de gas natural calles SIN NOMBRE, vereda noreste, SIN NOMBRE vereda sureste, SIN NOMBRE vereda suroeste, desde punto de empalme hacia SIN NOMBRE
Ordenanza N° 4273: Santa Rosa, 22 de Octubre de 2010.El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calles SIN NOMBRE, vereda Noreste, Manzana 5, frente a parcelas 13, 14, 15, 16, 17 y 18, SIN NOMBRE, vereda Sureste, Manzana 5, frente a parcelas 7 y 18, SIN NOMBRE, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia SIN NOMBRE, Manzana 5, frente a parcelas 7, 8, 9, 10, 11 y 12, SIN NOMBRE, vereda Noreste, desde Punto de Empalme hacia calle SIN NOMBRE, Manzana 31 A, frente a parcela 5, 6, 7 y 8, 1350 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. Nº 5109/2010/1-1.-
Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-
Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural, comprendida en la Zona mencionada en el artículo 1º, que será ejecutada y financiada por la Empresa BK Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.
Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo incorporará al cobro la Contribución de mejoras a los vecinos “no adherentes” en la forma y condiciones que determine el Consorcio respectivo.-
Artículo 6º: Comuníquese al SIG – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos.-
Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
EXPTE. N° 269-1/2010 (HCD) y N° 5109/2010/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 25 de Octubre de 2010.-
Exptes. N° 269/2010/2-1 H.C.D y 5109/2010/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 928/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Elida Noemí Deanna, Secretaria de La Producción, A/C Sec.O. S. Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 25 de Octubre de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil doscientos setenta y tres (4273/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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