Ordenanza Nº 4264/2010

Mano única de circulación vehicular en sentido norte - sur a la calle LARREA, entre Emilio MITRE y calle René PARADA y a la calle JUNCAL en sentido sur - norte, entre calle René PARADA y calle Emilio MITRE

Ordenanza N° 4264: Santa Rosa, 08 de Octubre de 2010.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Establézcase mano única de circulación vehicular en sentido Norte – Sur a la calle LARREA entre Emilio MITRE y calle René PARADA y a la calle JUNCAL en sentido Sur – Norte entre calle René PARADA y calle Emilio MITRE.
Artículo 2º: Proyéctese y dispóngase la materialización del cruce de la Avenida Arturo Umberto ILLIA en sentido Sur – Norte entre calle colectora Sur y la bajada a la calle René PARADA deacceso a la calle JUNCAL.
Atículo 3º: Establézcase la Prohibición de Estacionar y Detenerse en la calle Larrea sobre el lateral Este, entre calle PICHI HUINCA y calle René PARADA.-
Artículo 4º.- Establézcase la Prohibición de Estacionar y Detenerse en la calle JUNCAL sobre el lateral Este, entre calle Emilio MITRE y calle PICHI HUINCA.
Artículo 5º: Procédase a señalizar las Prohibiciones de Estacionar y Detenerse establecidas en los Artículos 3ºy 4º precedentes y colocar los postes esquineros en ambas calles en los cruces correspondientes a los tramos donde se establece la mano única conforme a lo dispuesto en el artículo 1º.-
Artículo 6º: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 5º.
Artículo 7º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondente.-
Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Expte. Nº 179-1/2010 (HCD) Y 5327/2010/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 13 de Octubre de 2010.-
Exptes. N° 179/2010/2-1 H.C.D y 5327/2010/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 899/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Ing. Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 13 de Octubre de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil doscientos sesenta y cuatro (4264/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.

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