Ordenanza Nº 4238/2010
Sentido único de circulación obligatoria. Modificación del Artículo 5º de la Ordenanza 4201/2010
Ordenanza N° 4238: Santa Rosa, 10 de Septiembre de 2010.El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 5º de la Ordenanza Nº4201/2010, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 5º: Establécese sentido único de circulación obligatoria en sentido Sur – Norte a la calle CARDENAL, y en sentido Norte – Sur a la calle CHURRINCHE entre las calles SIETE COLORES y HORNERO, y entre las calles CALANDRIA y JILGUERO.”
Artículo 2º: Deróguese el artículo 6º de la Ordenanza Nº4201/2010.
Artículo 3º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 149-1/2010 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 23 de Septiembre de 2010.-
Exptes. N° 149/2010/2-1 H.C.D y 1903/2010/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 833/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Ing.Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 23 de Septiembre de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil doscientos treinta y ocho (4238/2010).
María Andrea Torales A/C Despacho General.-
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