Dirección de Rentas. Creación, Organigrama y Funciones. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Dirección de Rentas. Creación, Organigrama y Funciones.


DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

ORDENANZA Nº 39/1976 Sancionada y promulgada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 27 de Octubre de 1976.
ARTICULO 1º.- Créase la Dirección de Rentas, la cual dependerá de Contaduría General del Municipio.
ARTICULO 2º.- Apruébase el organigrama de la Dirección de Rentas que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º.- Apruébase el Manual de Funciones, que como Anexo II forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento todas las dependencias de la Comuna y cumplido ARCHIVESE.
Cr. Luis Cesar CAMILETTI Luis Cesar ARAMBURU
Secretario de Gobierno, Hacienda Capitán
y Acción Social Intendente Municipal ANEXO I ANEXO II MANUAL DE FUNCIONES DE LA DIRECCION DE RENTAS MISION:
Es el organismo a través del cual se canaliza el cálculo y facturación de los derechos, tasas, permisos y contribuciones que fije la reglamentación comunal, interpretándola y fijando las normas reglamentarias de aplicación.
RELACION JERARQUICA: Estará a cargo de un Director, que deberá ser profesional en Ciencias Económicas, quien dependerá jerárquicamente del Contador General. Del Director de Rentas dependerán los Departamentos de: Servicios Municipales y Pavimento; Marcas, Señales y Abasto; y Ajustes y Liquidaciones Impositivas; cada uno de los cuales estará a cargo de un jefe que dependerá directamente del Director.
Del Departamento de Servicios Municipales y Pavimento dependerán las divisiones de: Servicios Municipales y de Pavimento y Propiedades no Edificadas.
Del Departamento de Ajustes y Liquidaciones Impositivas dependerán las divisiones de: Derechos, Tasas y Permisos y Multas e Indexación.
Cada una de las Divisiones estará a cargo de un Jefe que dependerá jerárquicamente del Jefe de Departamento correspondiente.
FUNCIONES:
DEL DIRECTOR DE RENTAS:

  1. Planificación de las tareas a realizar en la Dirección, Coordinación y Control de las actividades en los distintos Departamentos a su cargo, asignando además funciones cuando correspondiere.
  2. Guarda de los bienes que según inventario estén a su cargo.
  3. Asesorar en forma directa al Contador General en lo relativo a su Dirección.
  4. Visación y control de proyectos de resoluciones y ordenanzas relacionadas con asuntos de la Dirección.
  5. Interpretación de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva y demás reglamentaciones fiscales.
  6. Cumplimiento de funciones delegadas en forma general o especial por el Contador General.
  7. Analizar las normas fiscales vigentes y estudio de posibles reformas.
  8. Programación anual de las actividades a desarrollar por la Dirección.
  9. Coordinación y control del personal a su cargo.
  10. Preparar proyecto de presupuesto anual de la Dirección.
  11. Podrá requerir, cuando lo considere necesario, el asesoramiento directo de las distintas direcciones en aspectos específicos de cada una y relativos a la materia impositiva.

En el cumplimiento de las funciones establecidas, el Director será secundado por los Jefes de Departamentos.
DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS MUNICIPALES Y PAVIMENTO:

  1. Asesorar en forma directa al Director en lo relativo al Departamento.
  2. Cumplimiento de funciones delegadas en forma general o especial por el Director.
  3. Liquidación de las tasas correspondientes a Servicios Municipales, por cada propiedad y de acuerdo a los montos que estipule la correspondiente Ordenanza Impositiva.
  4. Registrar las valuaciones de las construcciones realizadas de acuerdo a los expedientes girados por la Dirección de Obras Públicas, a efectos de actualizar la condición el bien.
  5. Registrar toda habilitación de comercios en las hojas cuentas a efectos de liquidar los recargos correspondientes por limpieza de acuerdo a disposiciones vigentes.
  6. Confección y apertura de toda hoja cuenta que surja de la incorporación de nuevas parcelas al radio servido por prestación de servicios municipales.
  7. Informar a la Oficina Judicial los deudores morosos para su cobro por vía de apremio.
  8. Informar todo expediente girado por otras dependencias de la Municipalidad.
  9. Atención de público en ventanilla, pase de recibos a Recaudación para su cobro y evacuar las distintas consultas que se realizan.
  10. Citar a los señores contribuyentes notificándolos de las deudas que mantienen pendientes en la Municipalidad y/o de propiedades que quedan comprendidas a los nuevos radios incorporados a la prestación de distintos servicios.
  11. Informar los pedidos de duda sobre los inmuebles solicitados por particulares, escribanos, abogados, oficios girados por los distintos Juzgados, etc.
  12. Tomar conocimiento de toda modificación del estado parcelario, registrándose títulos, boletos de compra-venta, declaratoria de herederos, etc., de acuerdo a lo informado por la Oficina de Catastro; como asimismo toda subdivisión, mensura y unifi cación.
  13. Servirá de nexo coordinador con el Centro de Sistematización de Datos, siendo responsable de la información suministrada.
  14. Prorratear y liquidar toda obra pública realizada por la Municipalidad por Administración o Licitación (pavimento, construcción, desagües cloacales, acordonamiento y colocación de columnas de alumbrado) y apertura de las correspondientes hojas cuentas.
  15. Notificar la deuda a cada propietario y por propiedad afectada por las mejoras citadas en el artículo anterior.
  16. Confeccionar la liquidación mensual, semestral o como en cada caso corresponda para su cobro por la Oficina de Recaudación.
  17. Confeccionar el listado de los deudores con la cuota que deban abonar para ser entregado al cobrador domiciliario para su control.
  18. Confeccionar la rendición diaria al cobrador domiciliario para su posterior entrega del dinero percibido en la Oficina de Recaudación.
  19. Confección de la rendición mensual de la cobranza efectuada por el cobrador a domicilio para su liquidación de porcentaje por Tesorería.
  20. Contabilizar los pagos en los registros habilitados a tal efecto y por los distintos conceptos.
  21. Liquidación de la tasa de Inspección a propiedades no edificadas de acuerdo a los montos que estipule la correspondiente ordenanza impositiva.

Serán funciones del Jefe de Departamento el cumplimiento de las funciones 1 a 21.
Lo serán del Jefe de División Servicios Municipales las funciones 3 a 13.
Lo serán del jefe de División Pavimento y Propiedades no Edificadas, las funciones 7 a 21.
DEL DEPARTAMENTO DE MARCAS, SEÑALES Y ABASTO:

  1. Asesorar en forma directa al Director en lo relativo al Departamento.
  2. Cumplimiento de funciones delegadas en forma general o especial por el Director.
  3. Otorgar guías de campaña a los productores, ferieros, acopiadores, etc.
  4. Otorgamiento de certificaciones de propiedad de animales en general, existentes en el ejido municipal.
  5. Se llevará un registro de firmas de todas las personas o sociedades que realicen operaciones relacionadas con compra-venta de ganado, cueros, lanas, etc.
  6. Otorgamiento de Boleto de Señal para distinguir ganado menor, los cuales se anotarán en el Registro de Boletos de Señal llevado al efecto.
  7. Inscripción de Boletos de Marca cuyos propietarios se encuentran ubicados en jurisdicción municipal.
  8. Control de Deudores Prendarios y comunicaciones al Registro Prendario de la Nación en los casos pertinentes.
  9. Control de cueros entregados por Matadero Municipal con respecto a las guías otorgadas para transporte de los mismos.
  10. Otorgamiento de las guías de lana.
  11. Llevar un registro de Entrada y Salida de guías y un Registro de Certificado.
  12. Contestar oficios de Juzgados de 1ª Instancia para trámites sucesorios.
  13. Otorgar permisos para marcar o señalar animales que se encontraren dentro del ejido municipal.
  14. Actuar como agente de retención en el Impuesto a las Actividades Lucrativas en lo referente a movimiento de ganado hacia afuera de la Provincia.
  15. Atención de consultas al público.
  16. Archivo de guías y certificados, permisos de marca, de señal, etc. y toda actuación con referencia al Departamento.
  17. Recepcionar la información proveniente del encargado de Matadero en lo referente a faenamiento realizado en el mismo.
  18. Calcular y facturar de acuerdo a las tasas de Matadero, faenamiento, inspección veterinaria y demás servicios que la comuna presta, el manipuleo y comercialización de la carne.

Serán funciones del jefe de Departamento el cumplimiento de las funciones 1 a 18.
DEL DEPARTAMENTO DE AJUSTES Y LIQUIDACIONES IMPOSITIVAS:

  1. Asesorar en forma directa al Director en lo relativo al Departamento.
  2. Cumplimiento de funciones delegadas en forma general o especial por el Director.
  3. Llevar actualizado el Padrón de Comercio, Industria y Profesionales.
  4. Llevar actualizado el Libro de Censo Comercial e Industrial.
  5. Llevar actualizado el Registro de Cesación de Actividad de Comercios.
  6. Realizar el cálculo de las tasas de inspección, seguridad e higiene, inspección y contraste de pesas y medidas, derecho de ocupación o uso de espacios públicos y toda otra imposición análoga que fije la Ordenanza Impositiva anual.
  7. Verificación de derechos de Cementerio aplicados por la Oficina de Cementerio.
  8. Cálculo de los derechos de construcción de acuerdo a los informes técnicos de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
  9. Recepción, revisión y control del bordereau de espectáculos públicos, con la respectiva intervención, previa a la recaudación.
  10. Información al público en lo referente a derechos de oficina.
  11. Calcular y facturar la concesión de los locales y puestos del Mercado,, como asimismo el uso de cámaras frigoríficas.
  12. Calcular y facturar los aranceles mensuales por derechos de la Estación Terminal de Omnibus.
  13. Facturar los derechos de oficina correspondientes a trámites para la obtención de carnets de conductores.
  14. Calcular e informar la actualización de créditos impagos a favor del Municipio según lo establecido en la Ordenanza Nª 28/76 de la Intendencia de Santa Rosa.

Serán funciones del jefe de Departamento Ajustes y Liquidaciones Impositivas el cumplimiento de las funciones 1 a 14.
Lo serán del Jefe de División Derecho, Tasas y Permisos el cumplimiento de la función 3 a 10.
Lo serán del Jefe de División Multas e Indexación el cumplimiento de la función 11 a 14.

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

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