Ordenanza Nº 3845/2008

Obra Alumbrado Público en calle Antonio Armesto entre Quemú Quemú y Catriló, de esta Ciudad

Ordenanza N° 3845.- Santa Rosa, 05 de Diciembre de 2008.-
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:
Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Antonio Armesto entre Quemú Quemú y Catriló, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 9436/2008 (DE).
Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.
Artículo 3°: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente.
Artículo4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte Nº 104-1/2008 (HCD) y 436/2008/1-1 (DE).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 10 de Diciembre de 2008.-
Exptes. N° 104/08 H.C.D y 9436/08 D.E.
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 230/2008.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; e Ing. Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 10 de Diciembre de 2008.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil ochocientos cuarenta y cinco (3845/2008).
Alicia G. de Roveda, A/C Despacho General.

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