Ordenanza Nº 3843/2008

Modificación del Artículo 112º, Capítulo Vigésimo Tercero de la Ordenanza Municipal Número 3626/2006 - Ordenanza Tarifaria 2007

Ordenanza N° 3843/2008. Santa Rosa, 05 de Diciembre de 2008.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º: Modifícase el Artículo 112º, Capítulo Vigésimo Tercero, de la Ordenanza Municipal Número 3626/06 (Ordenanza Tarifaria 2007), de la siguiente forma:
ARTÍCULO 112°
23 001 1 Por servicio de faena y certificación sanitaria en la planta de faena de animales menores, por cabeza:
23 001 a Tránsito provincial:
23 001 a 1 111 Ovinos hasta 18 kgs./usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 9,00 23 001 a 1 121 Ovinos más de 18 y hasta 30 Kgs./usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 10,50 23 001 a 1 131 Ovinos màs de 30 Kgs./usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 16,50 23 001 a 1 112 Ovinos hasta 18 Kgs./usuarios no productores (intermediarios, comerciantes, etc.) y usuarios productores de màs de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 12,00 23 001 a 1 122 Ovinos más de 18 y hasta 30 Kgs./usuarios no productores (intermediarios, comerciantes, etc.) y usuarios productores de mas de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 16,00 23 001 a 1 132 ovinos más de 30 Kgs./usuarios no productores (intermediarios, comerciantes, etc.) y usuarios productores de más de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 21,00 23 001 a 1 211 Caprinos:usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 9,00 23 001 a 1 221 Caprinos:usuarios no productores (intermediarios, comerciantes,etc.) y usuarios productores de mas de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 14,50 23 001 a 1 311 Porcinos hasta 15 Kgs./ usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 11,00 23 001 a 1 321 Porcinos más de 15 y hasta 65 Kgs./usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 22,00 23 001 a 1 331 Porcinos más de 65 y hasta 150 Kgs./usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 28,00 23 001 a 1 341 Porcinos más de 150 Kgs./usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 31,00 23 001 a 1 312 Porcinos hasta 15 Kgs./ usuarios no productores (intermediarios, comerciantes, etc.) y usuarios productores de más de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 14,00 23 001 a 1 322 Porcinos más de 15 y hasta 65 Kgs./usuarios no productores (intermediarios, comerciantes, etc.) y usuarios productores de más de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 36,50 23 001 a 1 332 Porcinos más de 65 y hasta 150 Kgs./usuarios no productores (intermediarios, comerciantes, etc.) y usuarios productores de más de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 55,00 23 001 a 1 342 Porcinos más de 150 Kgs./usuarios no productores (intermediarios, comerciantes, etc.) y usuarios productores de más de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 60,00 23 001 a 1 511 Conejos:usuarios productores de carbne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 1,20 23 001 a 1 521 Conejos:usuarios no productores (intermediarios, comerciantes,etc.) y usuarios productores de más de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 1,20 23 001 a 1 611 Aves:usuarios productores de carne hasta 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 1,20 23 001 a 1 621 Aves:usuarios no productores (intermediarios, comerciantes,etc.) y usuarios productores de más de 10 cabezas mensuales (promedio anual) $ 1,20 23 002 Derecho por depósito en cámara de frío, posterior a las 48 hs. de faenados los animales y no retirados del establecimiento, por res y por día:
23 002 1 1 Cerdos (capones): $ 20,00 2 Cerdos (lechones): $ 18,50 3 Ovinos y caprinos: $ 15,50 4 Conejos y nutrias: $ 5,00 Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Archívese.-

Expte. N° 404-2/06 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 09 de Diciembre de 2008.-
Exptes. N° 404/06 II Cuerpo H.C.D y 6872/06 D.E.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 225/2008.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; y Elida Noemí Deanna, Secretaria de La Producción.-
Dirección General de Administración: 09 de Diciembre de 2008.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil ochocientos cuarenta y tres (3843/2008).
Alicia G. de Roveda, A/C Despacho General

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