Ordenanza Nº 3787/2007
Obra de gas natural en calles Federico Chopin y Jorge Selva
Ordenanza N° 3787/2007. Santa Rosa, 12 de Noviembre de 2007.El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:
Artículo 1º: Reconócese, dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/85, y su modificatoria ordenanza N° 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calle Federico Chopin, vereda Sur, entre Teófilo de la Colina y Jorge Selva y Jorge Selva, vereda Oeste, entre Federico Chopin y Avda. Alfredo Luis Palacios, según memoria descriptiva y plano operativo obrante en fojas 2 y 10 y demás documentación obrnte en Expediente. Nº 6906/07 (D.E.).-
Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-
Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural, comprendida en la Zona mencionada en el Artículo 1°, que será ejecutada y financiada por la Empresa Contrucciones Civiles S.H. corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-
Artículo 4º: La Empresa Construcciones Civiles S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.
Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo incorporará al cobro la Contribución de Mejora al vecino “no adherente” en la forma y condiciones que determine el Consorcio respectivo.-
Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente los fondos que se recauden en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. N° 297-1/07 (H.C.D.) y 6906/07 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.-
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 20 de noviembre de 2007 Exptes. N° 297/07 (H.C.D) y 6906/07 (DE).
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 1109/2007.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Sr. Sandro Oscar Astengo, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.
Dirección General de Administración: 20 de noviembre de 2007.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil setecientos ochenta y siete (3787/2007).
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.
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