Ordenanza Nº 3741/2007
Obra de gas natural calle Congreso
Ordenanza N° 3741/2007: Santa Rosa, 24 de agosto de 2007.El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:
Artículo 1º: Reconócese, dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/85, y su modificatoria Ordenanza N° 1108/92, al consorcio formado por vecinos de calle Congreso, vereda Sur, desde Avda. Santiago Marzo hacia Martín L. King, 120 metros, según plano operativo obrante en fojas 9 y memoria descriptiva obrante en fs. 11 y demás documentación obrante en expediente Nº 5066/07 (DE).-
Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-
Artículo 3º: Declárase, de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural, comprendida en la zona mencionada en el Artículo 1°, que será ejecutada y financiada por la Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-
Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.
Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo incorporará al cobro la Cotribución de Mejoras a los vecinos “no adherente” en la forma y condiciones que determine el Consorcio respectivo.
Artículo 6°: El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente los fondos que recauden en virtud de lo dispuesto en el Artículo anterior.
Artículo 7: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. N° 213/07 (H.C.D.) y 5066/07 (DE).
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