Ordenanza Nº 3591/2006

Obra de gas natural en calle Álamos de Primavera vereda suroeste, desde Crisólogo Larralde hacia Moisés Lebenshon y Crisólogo Sarralde

Ordenanza N° 3591/2006. Santa Rosa, 29 de septiembre de 2006.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º. – Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de la calle Alamos de Primavera vereda suroeste, 60,00 metros desde Crisólogo Larralde hacia Moisés Lebenshon y Crisólogo Sarralde, vereda Sureste, 75 metros desde Alamos de Primavera hacia Ezio Walter Robustelli , según planos operativos de fs. 7 y memoria descriptiva de fs. 9, y demás documentación obrante en el Expte. Nº 6238/06 (DE).
Artículo 2º.- Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en las citadas ordenanzas, conforme al Plano Nº 22194700/05, autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.
Artículo 3º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural comprendida en la zona mencionada en el artículo 1º, que será ejecutada y financiada por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Toay Ltda. (C.O.T.O.) corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.
Artículo 4º.- La Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Toay Ltda.(C.O.T.O.) deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.
Artículo 5°.- El Departamento Ejecutivo incorporará la Contribución de Mejoras al vecino “no adherente” en la forma y condiciones que determine el consorcio respectivo.
Artículo 6º.- El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente los fondos que recauden en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nrs. 302-1/2006 (H.C.D.) y 6238/2006 (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SEIS.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 23 de Octubre de 2006.
Exptes. N° 302/2006 (H.C.D) y 6238/2006 (DE).
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 1601/2006.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Sr. Sandro Oscar Astengo, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.
Dirección General de Administración: 23 de Octubre de 2006.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil quinientos noventa y uno 3591/2006).
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.

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