Ordenanza Nº 3500/2006

Obra de gas natural en calle Río de la Plata, vereda norte entre Antártida Argentina y Jujuy

Ordenanza N° 3500/2006. Santa Rosa, 19 de mayo de 2006.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1°.- Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza 204/85 y su modificatoria Ordenanza N° 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calle: Río de la Plata, vereda Norte, frente a las parcelas 9 a 12, entre Antártida Argentina y Jujuy, de acuerdo a planos operativos de fs. 8 y memoria descriptiva de fs. 10 y demàs documentación obrante en el Expte. Nº 1656/06 (DE).-
Artículo 2º.- Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al Plano Nº 22192800/05, autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. –
Artículo 3º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural, comprendida en la Zona mencionada en el artículo 1°, que será ejecutada y financiada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda. corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-
Artículo 4º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo convenientemente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.
Artículo 5°.- El Departamento Ejecutivo incorporará al cobro la Contribución de mejora al vecino “no adherente” en la forma y condiciones que determine el consorcio respectivo.
Artículo 6°.- El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente los fondos que se recauden en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nrs. 127-1/2006 (H.C.D.) y 1656/06 (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SEIS.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 24 de mayo de 2006.
Exptes. N° 127/2006 (H.C.D) y 1656/2006 (DE).
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 632/2006.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Ing. Jaime Leonardo Sterin, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.
Dirección General de Administración: 24 de mayo de 2006.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil quinientos (3500/2006).
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.

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