Ordenanza Nº 3369/2005

Obra de gas natural de alta presión para dotar a la estación de servicio registrada a nombre de Carlos Pessi S.R.L., ubicada en la intersección de calles Chile y Florentino Ameghino

ORDENANZA N° 3369/2005. Santa Rosa, 29 de julio de 2005.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural de Alta Presión con el objeto de dotar de dicho servicio a la Estación de Servicio registrada a nombre de “Carlos Pessi S.R.L., ubicada en la intersección de calle Chile y Florentino Ameghino, de esta Ciudad, tendido que se efectuará por calles:
Emilio Civit, entre Avenida de Circunvalación Santiago Marzo y José Luro; José Luro entre Emilio Civit y Juan Bautista Alberdi; Juan Bautista Alberdi, entre José Luro y Enrique Valerga; Enrique Valerga entre Juan Bautista Alberdi y Florentino Ameghino; y Florentino Ameghino desde su intersección con calle Enrique Valerga hasta el ingreso a la Estación de Servicio GNC, en un todo de acuerdo al anteproyecto en fs. 14 del Expediente N° 3358/05 (DE).
Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural, prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. obrante en el Expediente antes citado.
Artículo 3º.- La presente obra será para uso exclusivo de la estación de Servicio Carlos Pessi S.R.L.
Artículo 4º.- La obra será financiada Carlos Pessi S.R.L., y ejecutada por la Empresa Sixto Cañulef S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerias u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de los permisos correspondientes. Las reparaciones del pavimento serán ejecutadas por esta Municipalidad con cargo a la Empresa Carlos Pessi S.R.L., quién abonará oportunamente los derechos de ocupación de vereda, calzada y reposición de pavimento. Asimismo la Empresa Ejecutora realizará la obra teniendo en cuenta las interferencias de servicios y cumpliendo todas las normas referentes a apertura de zanjas y tapado de las mismas.
Artículo 5º.- La Empresa Sixto Cañulef S.R.L. deberá solicitar el permiso correspondiente para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar al diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo convenientemente, y arbitrar las medidas necesarias de seguridad y balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocacionar a terceros.
Artículo 6º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese Cumplido: Archívese.

Exptes. N° 245/05 (H.C.D.) y 3358/05(D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL CINCO.
Juan Carlos Suarez, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Prof. Griselda Noemí Giuliano, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 05 de agosto de 2005.-
Exptes. N° 245/05 (H.C.D) y 3358/05(D.E).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Resolución N° 1161/2005-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Ing. Jaime Leonardo Sterin, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 05 de agosto de 2005.-
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil trescientos sesenta y nueve (3369/2005).-
Alicia G. De Roveda, A/C Despacho General.-

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