Ordenanza Nº 3331/2005

Facilidades para el pago - Modifícase el tercer párrafo del Artículo 35 de la Ordenanza N° 237/1986

ORDENANZA N° 3331. Santa Rosa, 20 de mayo de 2005.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º.- Modifícase el tercer párrafo del Artículo 35 de la Ordenanza N° 237/1986, ordenado 1990, Resolución N°2240/90 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 35: El término para completar el pago no podrá exceder:

  1. Financiación máxima de hasta 10 años para propietarios de único inmueble con ingresos familiares que superen el doble y hasta el triple de la remuneración fijada para la categoría 2 del escalafón municipal, previo estudio socioeconómico fundado.
  2. Financiación máxima de hasta 5 años para propietarios de único inmueble con ingresos familiares que superen el triple y hasta el cuádruplo de la remuneración fijada para la categoría 2 del escalafón municipal, previo estudio socioeconómico fundado.
  3. Financiación máxima a otorgar de tres años, para aquellos contribuyentes que no se encuadraren en los incisos anteriores o en el Artículo 35 bis.

Artículo 2º.- Modifícase el inciso 3) del Artículo 35 bis de la Ordenanza N° 237/86, texto ordenado 1990, Resolución N°2240/90 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“3) La Dirección de Rentas, en atención a lo determinado por la Dirección de Acción Social, otorgará un plan que podrá establecerse hasta un máximo de 25 años, de conformidad al sistema vigente de facilidades de pago.”-
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 44/85 IV Cuerpo (H.C.D).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CINCO.
Juan Carlos Suarez, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Prof.Griselda Noemí Giuliano, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 02 de junio de 2005.-
Exptes. N° 44/85 IV Cuerpo (H.C.D) y 6684/04 II Cuerpo (D.E.).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Resolución N° 937/2005-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Cr. Pablo Oscar Larrañaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 02 de junio de 2005.-
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil trescientos treinta y uno (3331/2005).-
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.-

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