Ordenanza Nº 3325/2005
Obra de gas natural de alta presión con el objeto de dotar de dicho servicio a la Estación de Servicio registrada a nombre de "CARLOS PESSI S.R.L."
ORDENANZA N° 3325. Santa Rosa, 06 de mayo de 2005.El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:
Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural de Alta Presión con el objeto de dotar de dicho servicio a la Estación de Servicio registrada a nombre de “CARLOS PESSI S.R.L.” ubicada en calle 1° de Mayo y R. B. Díaz, de esta ciudad, tendido que se efectuará por calle Marcelo T. de Alvear desde 25 de Mayo hasta Remigio Gil y Raúl B. Díaz, desde Marcelo T. de Alvear hasta 1° de Mayo y continuando por ésta hasta el ingreso a la Estación de GNC en un todo de acuerdo con el anteproyecto de fs. 4 del expediente N° 7538/04 (D.E.).-
Artículo 2°.- Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural, prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. obrante a fs.4 del expediente n° 7538/2004 (DE).-
Artículo 3°.- La presente obra será para uso exclusivo de la Estación de Servicio CARLOS PESSI S.R.L..-
Artículo 4°.- La obra será financiada CARLOS PESSI S.R.L. y ejecutada por la Empresa SIXTO CAÑULEF S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de los permisos correspondientes. Las reparaciones del pavimento serán ejecutadas por esta Municipalidad con cargo a la Empresa CARLOS PESSI S.R.L., qun abonará oportunamente los derechos de ocupación de vereda, calzada y reposición de pavimento. Asimismo la Empresa ejecutora realizará la obra teniendo en cuenta las interferencias de servicios y las condiciones establecidas para el cruce subterráneo de vías conforme las reglamentaciones de Ferroexpreso Pampeano S.A. obrantes en Expediente N°7538/04 (D.E.) y cumpliendo todas las normas referentes a apertura de zanjas y tapado de las mismas.-
Artículo 5°.- La Empresa SIXTO CAÑULEF S.R.L. deberá solicitar el permiso correspondiente para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo convenientemente, y arbitrar las medidas necesarias de seguridad y balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.-
Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese.Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. N° 122-1/05 (H.C.D) y 7538/04(D.E).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CINCO.
Juan Carlos Suarez, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Prof.Griselda Noemí Giuliano, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 24 de mayo de 2005.-
Exptes. N° 122/2005 (H.C.D) y 7538/04(D.E).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Resolución N° 905/2005-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Ing. Jaime Leonardo Sterin, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 24 de mayo de 2005.-
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil trescientos veinticinco (3325/2005).-
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.-
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