Ordenanza Nº 3301/2005

Prórroga de 365 días el plazo - Adhesión a la Ley N° 2150 en su Artículo 20º

Santa Rosa (L.P.), 8 de abril de 2005.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º.- Adhiérase a la Ley N°2150 en su Artículo 20, por el cual se prorroga en 365 días el plazo dispuesto en el Artículo 7 del Decreto N° 176/91, ratificado por Ley N° 1375, a partir de la fecha de finalización de la prórroga dispuesta por Ley N° 2088.-
Artículo 2°.- Ratifícase en todos sus términos el Artículo 2° de la Ordenanza N° 1016/92.-
Artículo 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. N° 1/92 (H.C.D) y 1465/92 II Cuerpo (D.E).-

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.
Juan Carlos Suarez, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Prof. Griselda Noemí Giuliano, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 08 de abril de 2005.-
Exptes. N° 1/92 (H.C.D) y 1465/92 II Cuerpo (D.E).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Resolución N° 683/2005-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Cr. Pablo Oscar Larrañaga Secretario de Hacienda y Abastecimiento, Ing. Jaime Leonardo Sterin, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 08 de abril de 2005.-
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil trescientos uno (3301/2005).-
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.-

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

Twitter Facebook Contáctanos