ORDENANZA Nº 3225/2004

Mano única de circulación obligatoria de nor-oeste a sur-este, en el Pasaje J. J. Castelli

Dada en Sala de Sesiones el 8 de Julio de 2004.

Artículo 1°: Establécese la circulación de una sola mano, de Nor-Oeste a Sur-Este, en el pasaje J.J. CASTELLI, en el trayecto comprendido entre las calles Bolivia y Autonomista.
Artículo 2°: Prohíbese el estacionamiento sobre la acera derecha, en el sector referido en el Artículo 1 °.
Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo procederá a la señalización correspondiente.
Artículo 4°: Comuniqúese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 185/04 (H.C.D.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL CUATRO.
C.P.N. Sergio I.A. DRAQUE Presidente H. Concejo Deliberante

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