Creación del Banco Municipal de Santa Rosa

Creación del Banco Municipal de Santa Rosa

ORDENANZA N° 32/1973
Sancionada y promulgada por el Honorable C Deliberante de Santa Rosa
el 1° de Octubre de 1973.

ARTICULO 1º.- Créase el Banco Municipal de Santa Rosa.

ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo gestionará ante el Banco Central de la República Argentina las condiciones que establece la Carta Orgánica del Régimen de la Ley de Bancos para el funcionamiento de una entidad bancaria de la Municipalidad de Santa Rosa.

ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo conjuntamente con el Honorable Concejo Deliberante designará una comisión de organización que estudiará el mecanismo del Banco Municipal cumplimentando el artículo 40°, inciso 9° de la Ley 269/61 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.

ARTICULO 4º.- A los fines previstos el Departamento Ejecutivo tomará las providencias necesarias para asignar la partida correspondiente para el ejercicio 1974, en oportunidad de considerarse el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos de la Municipalidad de Santa Rosa.

ARTICULO 5º.- El Departamento Ejecutivo hará un estudio exhaustivo de factibilidad para que el Banco Municipal funcione como entidad mixta.

ARTICULO 6º.- Dar preferente prioridad a la presente Ordenanza dado el impulso económico que representará para la Municipalidad de Santa Rosa.

ARTICULO 7º.- El Departamento Ejecutivo hará llegar en su oportunidad un informe detallado de las conclusiones a que arribe.

ARTICULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro General de Ordenanzas, publíquese y archívese.

LUIS FERRANDO FERNANDO DOMINGUEZ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

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