ORDENANZA Nº 3168/2004

Derogación y modificación de artículos de la Ordenanza Nº 1326/1993, vinculada a la habilitación y localización de espectáculos públicos

Dada en sala de sesiones el 22 de diciembre de 2003.

Artículo 1º.- Derógase los Artículos Nº 61 y Nº 65 de la Ordenanza Nº 1326/93.
Artículo 2º.- Modifícase el Artículo Nº 62 de la Ordenanza Nº 1326/93,el cual quedará redactado de la siguiente manera:
´´Artículo 62°.- Los menores de hasta 17 años podrán asistir a matinée bailable, cuyo horario de finalización no podrá extenderse mas allá de la 24 horas. El ingreso de mayores de 17 años será restringido y bajo control y responsabilidad del propietario del local´´.
Artículo 3º.- Modifícase el Artículo Nº 70 de la Ordenanza Nº 1326/93, que quedará redactado de la siguiente manera:
´´Artículo 70°.- Los espectáculos a presentarse en estos locales estarán sujetos a la Inspección y aprobación del Organo que designe el Departamento Ejecutivo, estableciéndose como horario máximo para su funcionamiento hasta la Hora 06,00 del día siguiente – CONFITERIAS BAILABLES, CABARET, WISKERIAS, NIGHT CLUB, BAILES POPULARES, SALONES DE FIESTA, PEÑAS, CAFÉ CONCERT, CLUBES, ASOCIACIONES, ENTRETENIMIENTOS ELECTRONICOS Y DEMAS AFINES, TEATROS, PARQUE DE DIVERSIONES, CIRCOS Y ACTIVIDADES AFINES-.
Los comercios y rubros incluídos en este Artículo podrán reabrir y/o iniciar sus actividades a partir de la Hora 08,00´´.
Artículo 4º.- Modifícase el Artículo Nº 93 inc e) de la Ordenanza Nº 1326/93, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
´´Artículo Nº 93 inc e).- En la puerta de entrada y con caracteres bien visibles, deberá fijarse un letrero que al margen del propio nombre del local establezca su condición de CONFITERIA BAILABLE y la prohibición de acceso a menores de 17 años, excepto lo dispuesto en el Artículo Nº 62´´.
Artículo 5º.- Las modificaciones dispuestas en los Artículos 1º, 2º, 3º y 4º tendrán vigencia por el término de ciento veinte (120) días corridos a partir del 12 de enero de 2004.
Artículo 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 26/96 (H.C.D) y 9163/93 (D.E).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES.
Sergio A. DRAQUE
Presidente
H. Concejo Deliberante

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