Mano única de circulación obligatoria de las calles colectoras de la Avenida Arturo Illía

Sentido único circulación en calles colectoras Avda Arturo Illía

ORDENANZA Nº 3121/2003, aprobada por el Honorable Concejo Deliberante el 6 de noviembre de 2003.-

Artículo1º.-. RATIFICASE la Resolución Nº 1214/2003 del Departamento Ejecutivo, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1°: Establécese sentido único de circulación en las calles colectoras de la Avda. Arturo illía en el tramo comprendido por la Avda. Manuel Belgrano y Avda. de Circunvalación Ing. Santiago Marzo, de esta Ciudad de acuerdo al siguiente detalle:
Colectora norte – calle Rene PARADA, de liste a Oeste Colectora Sur. de Oeste a Este.
Artículo 2º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir de la finalización de las obras que se ejecutan en dicho sector y la señalización correspondiente.
Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo realizara las campanas de di Fusión y prevención necesarias para el conocimiento de lo normado por la presente Ordenanza.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Gustavo Fernández Mendía
Presidente
H. Concejo Deliberante

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